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DECRETO 108/2022, de 28 de julio, por el que se modifica la disposición adicional única, primera convocatoria, del Decreto 79/2021, de 30 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la Administración Local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas.
DOE Número: 221
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 17 de noviembre de 2022
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
Rango: DECRETO
Descriptores: Residuos. Subvenciones.
Página Inicio: 56248
Página Fin: 56253
Permalink ELI: http://doe.juntaex.es/eli/es-ex/d/2022/07/28/108
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TEXTO ORIGINAL
Mediante el Decreto 79/2021, de 30 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la Administración Local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, la Comunidad Autónoma de Extremadura y, en concreto, la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, de conformidad con lo previsto en el artículo 24.1 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, establece las bases reguladoras y la primera convocatoria de las subvenciones a entidades locales para la implantación de la quinta fracción (fracción orgánica recogida separadamente FORS) en la recogida de residuos municipales, construcción y mejora de puntos limpios y compostaje comunitario para pequeños municipios y entidades locales menores, así como la adaptación de vehículos de recogida.
Estas líneas de ayudas han sido cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) actuando dentro de los objetivos que marca el Programa Operativo de Extremadura 2014-2020, estando sometidos al cumplimiento de las obligaciones y exigencias establecidas en la Ley 38/2003, de 17 noviembre, General de Subvenciones y la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como lo establecido Reglamento (UE)1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.º 1083/2006 del Consejo.
El artículo 5 del Decreto 79/2021, de 30 de junio, anteriormente citado, establece como entidades beneficiarias de la ayuda, entre otras, los consorcios supra municipales de prestación de servicios de recogida y transporte de residuos municipales, que tengan personalidad jurídica propia y actúen como representantes de un municipio o mancomunidad en virtud al acuerdo de delegación de competencias, dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que pretendan ejecutar alguna de las actua­ciones recogidas en el ANEXO I del decreto, según las condiciones establecidas en las bases, dándose la circunstancia de que, siendo posibles beneficiarias dichas entidades, no se ha habilitado la aplicación presupuestaria correspondiente (18003.354A.76900) para financiar las ayudas que puedan solicitarse por los consorcios supramunicipales.
El artículo 5 del Decreto 79/2021, de 30 de junio, anteriormente citado, establece como entidades beneficiarias de la ayuda, entre otras, los consorcios supra municipales de prestación de servicios de recogida y transporte de residuos municipales, que tengan personalidad jurídica propia y actúen como representantes de un municipio o mancomunidad en virtud al acuerdo de delegación de competencias, dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que pretendan ejecutar alguna de las actua­ciones recogidas en el ANEXO I del decreto, según las condiciones establecidas en las bases, dándose la circunstancia de que, siendo posibles beneficiarias dichas entidades, no se ha habilitado la aplicación presupuestaria correspondiente (18003.354A.76900) para financiar las ayudas que puedan solicitarse por los consorcios supramunicipales.
Esta circunstancia ha provocado la necesidad de corregir dicha situación antes de proceder a la resolución de concesión de las ayudas de las líneas 2, 4 y 5 convocadas. Asimismo conlleva la necesidad de modificar los plazos de ejecución de las actuaciones, y de justificación y abono de las ayudas, puesto que no será posible su finalización dentro del plazo previsto en apartado 10 de la convocatoria, que establece que la entidad beneficiaria deberá presentar la justificación total de los gastos y pagos efectivamente realizados y acreditados, acta de recepción de las obras, en su caso, en el plazo máximo de un mes, a partir de la finalización de los trabajos y, en todo caso, siempre antes del 30 de octubre de 2023.
Igualmente se informa que las ayudas convocadas para las líneas 1 y 3, han sido resueltas y las solicitudes de ayuda para las líneas 2, 4 y 5 ya han sido valoradas por la Comisión de Valoración, con informe de 13 de diciembre de 2021, así teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 22 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, según el cual la propuesta de resolución de las ayudas, no puede separarse de lo que la Comisión de valoración informa, es posible, por tanto, ajustar los créditos necesarios en la presente modificación.
Por ello, se hace necesario la modificación de la disposición adicional única, primera convocatoria, del Decreto 79/2021, de 30 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la Administración local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, en lo referente a las aplicaciones presupuestarias previstas para financiar aquellas líneas que han sido solicitadas dentro de la convocatoria y aún no han sido resueltas, que son las líneas 2, 4 y 5, así como el plazo de ejecución y justificación de las actuaciones, previsto en el apartado diez de la convocatoria.
En virtud de los expuesto, de conformidad con el artículo 90.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de la Consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 28 de julio de 2022,
DISPONGO:
Artículo único. Modificación de la disposición adicional única, primera convocatoria, del Decreto 79/2021, de 30 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la Administración local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas.
Se modifica la disposición adicional única, primera convocatoria, del Decreto 79/2021, de 30 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la Administración local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, en los siguientes términos:
Uno. Se modifica el apartado 3 Convocatoria por líneas y financiación de las ayudas de la disposición adicional única, en lo que respecta a la línea 2, línea 4 y línea 5 que quedan redactadas en los siguientes términos:
Mediante la presente disposición adicional se convocan las siguientes ayudas por línea de financiación:
Línea 2. Ayudas para la implantación de la recogida separada de la fracción orgánica mediante el sistema de aportación en contenedor cerrado, en entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuantía total de la ayuda convocada, para esta línea de ayuda: 895.710,00 euros, para los ejercicios presupuestarios 2022 y 2023.
Con cargo a la aplicación presupuestaria 18003 354A 76000, 18003 354A 76100 y 18003 354A 76900, proyecto 20210294, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para los ejercicios 2022 y 2023, Fondo FD14060101, con una tasa de cofinanciación a la Junta de Extremadura, del 80%, Programa Operativo FEDER Extremadura 2014-2020, Objetivo Temático 6 Preservar y proteger el medio ambiente y promover la eficiencia de los recursos , Prioridad de inversión 6.1 La inversión en el sector de los residuos para cumplir los requisitos del acervo de la Unión en materia de medio ambiente y para dar respuesta a las necesidades, identificadas por los estados miembros, de una inversión que vaya más allá de dichos requisitos , Objetivo específico “06.01.01.01.03- Acciones de mejora de la capacidad de reciclaje y valorización de las plantas de tratamiento de residuos domésticos actuales”.
Línea 4. Ayudas para la construcción y mejora de puntos limpios en los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuantía total de la ayuda convocada, para esta línea de ayuda: 3.452.371,10 euros, para los ejercicios presupuestarios 2022 y 2023.
Con cargo a las aplicaciones presupuestarias 18003 354A 76000, 18003 354A 76100 y 18003 354A 76900, proyecto 20150157, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para los ejercicios 2022 y 2023, Fondo FD14060101, con una tasa de cofinanciación a la Junta de Extremadura, del 80%, Programa Operativo FEDER Extremadura 2014-2020, Objetivo Temático 6 Preservar y proteger el medio ambiente y promover la eficiencia de los recursos , Prioridad de inversión 6.1 La inversión en el sector de los residuos para cumplir los requisitos del acervo de la Unión en materia de medio ambiente y para dar respuesta a las necesidades, identificadas por los estados miembros, de una inversión que vaya más allá de dichos requisitos , Objetivo específico “06.01.01.02.02- Acciones de impulso de la red de puntos limpios para la recogida selectiva de Residuos de Construcción y Demolición y otras redes de recogida selectiva.”
Línea 5. Ayuda para la implantación de sistemas de pesaje en camiones de recogida de residuos municipales.
Cuantía total de la ayuda convocada, para esta línea de ayuda: 24.000,00 euros, para los ejercicios presupuestarios 2022 y 2023.
Con cargo a las aplicaciones presupuestarias 18003 354A 76000, 18003 354A 76100 y 18003 354A 76900, proyecto 20210294, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para los ejercicios 2022 y 2023, Fondo FD14060101, con una tasa de cofinanciación a la Junta de Extremadura, del 80%, Programa Operativo FEDER Extremadura 2014-2020, Objetivo Temático 6 Preservar y proteger el medio ambiente y promover la eficiencia de los recursos , Prioridad de inversión 6.1 La inversión en el sector de los residuos para cumplir los requisitos del acervo de la Unión en materia de medio ambiente y para dar respuesta a las necesidades, identificadas por los estados miembros, de una inversión que vaya más allá de dichos requisitos , Objetivo específico “06.01.01.01.03- Acciones de mejora de la capacidad de reciclaje y valorización de las plantas de tratamiento de residuos domésticos actuales.”
El importe total de la subvención, en la presente convocatoria, asciende a 5.515.561,84 euros, teniendo en cuenta que las líneas 1 y 3, ya han sido resueltas, el desglose de dicha aportación por anualidades y aplicaciones presupuestarias será el siguiente:
Línea 1
Anualidad Centro Gestor Aplicaciones presupuestarias Fondo Proyecto Importe de la anualidad
2021 180030000 G/354A/760.00 FD14060101 20210294 478.941,22 €
2022 G/354A/760.00 478.941,22 €
Líneas 2
Anualidad Centro Gestor Aplicaciones presupuestarias Fondo Proyecto Importe de la anualidad
2022 180030000 G/354A/760.00 FD14060101 20210294 277.240,00 €
2022 G/354A/761.00 70.000,00 €
2022 G/354A/769.00 100.615,00 €
2023 G/354A/760.00 277.240,00 €
2023 G/354A/761.00 70.000,00 €
2023 G/354A/769.00 100.615,00 €
Líneas 3
Anualidad Centro Gestor Aplicaciones presupuestarias Fondo Proyecto Importe de la anualidad
2021 180030000 G/354A/760.00 FD14060101 20210294 92.799,15 €
2022 G/354A/760.00 92.799,15 €
Línea 4
Anualidad Centro Gestor Aplicaciones presupuestarias Fondo Proyecto Importe de la anualidad
2022 180030000 G/354A/760.00 FD14060101 20150157 1.532.895,05
2022 G/354A/761.00 73.381.54
2022 G/354A/769.00 119.908,96
2023 G/354A/760.00 1.532.895,05
2023 G/354A/761.00 73.381.54
2023 G/354A/769.00 119.908,96
Líneas 5
Anualidad Centro Gestor Aplicaciones presupuestarias Fondo Proyecto Importe de la anualidad
2022 180030000 G/354A/760.00 FD14060101 20210294 0,00
2022 G/354A/761.00 6.000,00
2022 G/354A/769.00 6.000,00
2023 G/354A/760.00 0,00
2023 G/354A/761.00 6.000,00
2023 G/354A/769.00 6.000,00
Dos. Se modifica el apartado 10 Justificación y abono de las ayudas de la disposición adicional única, que queda redactado en los siguientes términos:
La cuantía de la ayuda a percibir, se abonará en dos pagos, con un pago anticipado a la concesión de la ayuda, del 50% del total de la ayuda concedida.
El segundo pago, hasta el total de la subvención se realizará una vez presentada la justificación de la realización total de las obras, suministros y servicios en los términos previstos en el párrafo siguiente y conforme a los requisitos que se establecerán en la resolución de concesión.
La entidad beneficiaria deberá presentar la justificación total de los gastos y pagos efectivamente realizados y acreditados, acta de recepción de las obras, en su caso, en el plazo máximo de un mes, a partir de la finalización de los trabajos y en todo caso, siempre antes del 30 de septiembre de 2023.
Disposición final única.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, siendo de aplicación a todas las solicitudes, de las líneas 2, 4 y 5, presentadas al amparo de la convocatoria efectuada por la disposición adicional única del Decreto 79/2021, de 30 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la Administración local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas.
Mérida, 28 de julio de 2022.
El Presidente de la Junta de Extremadura,
GUILLERMO FERNÁNDEZ VARA
La Consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad
OLGA GARCÍA GARCÍA

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