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MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la redistribución del crédito asignado a la convocatoria para el año 2021 de las subvenciones para el fomento de la seguridad, la calidad y el empleo en el sector turístico de Extremadura reguladas por la Orden de 27 de enero de 2021 por la que se establecen y determinan las bases reguladoras de dichas subvenciones.
DOE Número: 88
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 10 de mayo de 2022
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES
Rango: MODIFICACIÓN
Descriptores: Turismo. Subvenciones.
Página Inicio: 20981
Página Fin: 20983
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 558561
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/558561).
Mediante Orden de 27 de enero de 2021 (DOE n.º 25, de 8 de febrero), se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la seguridad, la calidad y el empleo en el sector turístico de Extremadura.
El artículo 11 de la citada orden establece que el procedimiento de concesión de las subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva por convocatoria periódica, mediante la valoración de las solicitudes presentadas conforme los criterios objetivos establecidos en el artículo 15 de dicha orden, salvo cuando el crédito consignado en la convocatoria fuera suficiente para atender las solicitudes presentadas en plazo.
Por su parte, el artículo 39.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura indica que el aumento de los créditos en las convocatorias por el procedimiento de concurrencia competitiva, conforme a lo establecido en el artículo 23.2.h de la misma ley o una distribución distinta entre los proyectos y aplicaciones presupuestarias recogidos en la convocatoria, exigirá la modificación previa del expediente de gasto, previo informe, de la Intervención General, y la publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de un anuncio del órgano al que corresponda la aprobación de la convocatoria conforme al párrafo primero del artículo 23.1, en el que se recojan de acuerdo con la modificación producida como quedarían los créditos totales de la convocatoria distribuidos por proyectos y aplicaciones presupuestarias.
El resuelvo decimocuarto de la Resolución de 14 de abril de 2021, de la Secretaría General por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para el fomento de la seguridad, la calidad y el empleo en el sector turístico de Extremadura, para la anualidad 2021 (DOE n.º 75, de 22 de abril de 2021), preveía que las subvenciones objeto de esta convocatoria se financiarán con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 2021, Centro Gestor, Posición Presupuestaria, Proyecto de Gastos y Fuente de Financiación siguientes:
1. Mejora de la Calidad de los Alojamientos Rurales, 150060000G342A/77000/20160443/FD14030301: 450.000,00 €.
2. Mejora de la Calidad de los Balnearios, 150060000G342A/77000/20160444/FD14030301: 250.000,00 €.
3. Mejora de la Calidad de Empresas de Actividades Turísticas Alternativas y de Intermediación, 150060000G342A/77000/20160445/FD14030301: 150.000,00 €.
4. Mejora de la Calidad de Alojamientos Hoteleros y Extrahoteleros, 150060000 G342A/77000/20160446/FD14030301: 1.161.286,83 €.
5. Mejora de la Calidad de la Restauración, 150060000G342A/77000/20160556/FD14030301: 842.261,37 €.
6. Fomento y Mejora de las TIC en el Sector Turístico, 150060000G342A/77000/20160450/FD14020201: 398.587,63 €.
Una vez revisadas las solicitudes presentadas correspondientes a la Línea de Ayudas para Mejora de la calidad de los balnearios, se detecta que el número de solicitudes no agota la cantidad máxima, y sin embargo las solicitudes presentadas para la Línea de Mejora de la calidad de los Alojamientos Rurales, supera la cantidad máxima prevista para atender a dichas solicitudes, siendo por tanto necesario redistribuir los créditos, quedando la siguiente distribución:
1. Mejora de la Calidad de los Alojamientos Rurales, 150060000 G342A/77000/20160443/FD14030301: 648.996,09 €, tras la incorporación de 198.996,09 € de la Línea de Mejora de la Calidad de los Balnearios.
2. Mejora de la Calidad de los Balnearios, 150060000G342A/77000/20160444/FD14030301: 51.003,91 €.
3. Mejora de la Calidad de Empresas de Actividades Turísticas Alternativas y de Intermediación, 150060000 G342A/77000/20160445/FD14030301: 150.000,00 €.
4. Mejora de la Calidad de Alojamientos Hoteleros y Extrahoteleros, 150060000 G342A/77000/20160446/FD14030301: 1.161.286,83 €.
5. Mejora de la Calidad de la Restauración, 150060000G342A/77000/20160556/FD14030301: 842.261,37 €.
6. Fomento y Mejora de las TIC en el Sector Turístico, 150060000G342A/77000/20160450/FD14020201: 398.587,63 €.
En virtud de cuanto antecede, se procede a la modificación del extracto de la Resolución de 14 de abril de 2021, de la Secretaría General y al anuncio de la redistribución de los créditos prevista en la Convocatoria, de forma que el apartado cuarto del Extracto, relativo a la cuantía, quedará redactado conforme a la distribución del apartado anterior.
Mérida, 28 de abril de 2022.
El Secretario General,
PEDRO ALVARADO RODRÍGUEZ

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