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RESOLUCIÓN de 12 de mayo de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y la Fundación Fundecyt Parque Científico y Tecnológico de Extremadura, para la gestión en la Comunidad Autonóma de REDINED (Red de bases de datos de Información Educativa) y de REDIE (Red Española de Información sobre Educación).
DOE Número: 107
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 06 de junio de 2022
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Convenios.
Página Inicio: 26191
Página Fin: 26200
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 20 de abril de 2022, el Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y la Fundación Fundecyt Parque Científico y Tecnológico de Extremadura, para la gestión en la Comunidad Autonóma de REDINED (Red de bases de datos de Información Educativa) y de REDIE (Red Española de Información sobre Educación), de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del convenio que figura como ANEXO de la presente resolución.
Mérida, 12 de mayo de 2022.
La Secretaria General,
PA, Resolución de 01/03/2021,DOE n.º 43, de 4 de marzo de 2021,
La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación,
M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN
CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y LA FUNDACIÓN FUNDECYT PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DE EXTREMADURA, PARA LA GESTIÓN EN LA COMUNIDAD AUTONÓMA DE REDINED (RED DE BASES DE DATOS DE INFORMACIÓN EDUCATIVA) Y DE REDIE (RED ESPAÑOLA DE INFORMACIÓN SOBRE EDUCACIÓN).
Mérida, a 20 de abril de 2022
REUNIDOS:
De una parte, D.ª María Esther Gutiérrez Morán, Consejera de Educación y Empleo, nombrada por Decreto del Presidente 21/2019, de 1 de julio, (DOE núm. 126, de 2 de julio), y en virtud de las facultades que tiene conferidas por el artículo 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Y de otra parte, D. Luis Casas Luengo, con N.I.F. ***2494**, Director Gerente de la Fundación FUNDECYT Parque Científico y Tecnológico de Extremadura, con CIF G06630644, inscrita en el Registro de Fundaciones con el número 06-0138.
EXPONEN:
1. Que la Comunidad Autónoma de Extremadura es cotitular, desde el año 1985, del Programa Educativo REDINED (Red de bases de datos de Información Educativa), conjuntamente con el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
2. Que en la Conferencia Sectorial de Educación celebrada el 28 de septiembre de 2010 se acordaron los programas de cooperación territorial que se desarrollarían en colaboración con las Comunidades Autónomas durante los años 2010 y 2011, siendo la Comunidad Autónoma de Extremadura cotitular desde 2010 del Programa REDIE (Red Española de Información sobre Educación), conjuntamente con el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
3. Que en 2013 el Ministerio de Educación y Formación Profesional creó el Grupo de Trabajo de Evaluación e Información Educativa, que en 2020 pasó a denominarse Grupo de Trabajo de Información y Estudios, desde el que se coordinan los estudios e informes llevados a cabo en REDIE.
4. La asunción de las competencias en materia de Educación previa a la Universidad, por la Consejería competente en materia educativa, el día 1 de enero de 2000, en virtud del Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre y del Decreto del Presidente 17/1999, de 22 de diciembre, aconseja continuar la preparación, ampliación y mantenimiento de la infraestructura y organización suficientes para garantizar el acceso de la Comunidad Educativa en general a la información vertida en REDINED y a la elaborada en REDIE. Se persigue asimismo adaptar dichos Programas a la Red Tecnológica Educativa (R.T.E.), utilizando para ello los nuevos métodos de gestión de la información impuestos por las Tecnologías de la Información y la Comunicación (T.I.C.)
5. Que REDINED es una base de datos documental en la que se recopilan recursos, investigaciones, innovaciones y artículos de revistas sobre educación. A través de ella se difunden los trabajos y experiencias de los profesionales de la educación y a su vez sirve como un instrumento de consulta que permite generar nuevo conocimiento. Su contenido facilita el intercambio de información entre las distintas instancias dedicadas a tareas educativas (Consejerías de Educación, Universidades, Asociaciones, Fundaciones, etc.)
Por su parte, REDIE genera e intercambia conocimiento riguroso y contrastado que sirve de apoyo en la toma de decisiones en el campo de la educación y ofrece información permanentemente actualizada sobre el sistema educativo y su evolución. Esta información es la contribución española a EURYDICE, Red Europea de Información sobre Educación.
La complementariedad de la información tratada en ambas Redes y su semejanza en cuanto a la organización y metodología de trabajo hace oportuna su gestión conjunta, lo cual permitirá crear un sistema de información educativo completo y optimizará los recursos humanos y materiales dedicados a este fin.
6. Que la Fundación Fundecyt Parque Científico y Tecnológico de Extremadura fue constituida, entre otros fines, con el objeto de fomentar el desarrollo científico y tecnológico en la región y, en consecuencia, queda dentro de su objeto la recopilación y difusión de cuanta información facilite el acceso a los recursos que hagan posible dicho desarrollo en la Comunidad Extremeña.
7. Que la Fundación Fundecyt Parque Científico y Tecnológico de Extremadura ha gestionado REDINED en Extremadura, mediante un Convenio suscrito con la Consejería de Educación y Juventud el día 7 de abril de 1997, y REDIE desde el 1 de enero de 2012, realizando las tareas de gestión y coordinación en su día convenidas.
Por ello, ambas partes se reconocen capacitadas y muestran su conformidad en suscribir el presente convenio conforme a las siguientes
ESTIPULACIONES:
Primera. El Secretario General de Educación de la Consejería de Educación y Empleo ostentará la representación de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el Consejo Gestor de REDINED.
Segunda. La Fundación Fundecyt Parque Científico y Tecnológico de Extremadura continuará con la gestión técnica de REDINED en Extremadura, lo que supone la realización de las siguientes tareas de mantenimiento y coordinación:
Localización de investigaciones, innovaciones y recursos educativos en los centros productores.
Contacto con autores y centros productores.
Tratamiento de la información mediante la catalogación de las investigaciones, innovaciones, recursos educativos y artículos de publicaciones periódicas.
Mantenimiento y revisión de los registros incluidos por parte de la Comunidad Autónoma de Extremadura: revisión de enlaces, corrección de registros, etc.
Participación en las reuniones de la Comisión Técnica y de la Comisión Permanente de REDINED.
Participación en las Comisiones de Trabajo que se creen para el desarrollo de aspectos técnicos de la Red. Para lo que se empleará el foro interno creado a tal fin.
Colaboración con el Ministerio de Educación y Formación Profesional y las comunidades autónomas en el cumplimiento del Plan de Trabajo para 2022, entre otras cuestiones: en el establecimiento de un Plan de Medios Sociales para REDINED, revisión del campo ‘Otras materias y en la implementación de nuevas aplicaciones del Programa.
Difusión de la Red y de sus nuevos desarrollos y resolución de consultas de los usuarios.
Mantenimiento de contenidos informativos en los distintos puntos de acceso físicos y en la web.
Elaboración de informes, estudios y memorias sobre la Red en Extremadura.
Tercera. La Fundación Fundecyt Parque Científico y Tecnológico de Extremadura adaptará el funcionamiento de REDINED a los nuevos métodos de gestión de la información impuestos por las Tecnologías de la Información y la Comunicación (T.I.C.), para ello se llevarán a cabo las siguientes tareas además de las mencionadas en el punto anterior:
Mantenimiento de la página web de REDINED y difusión de las actividades que se promueven desde la misma a través de los portales de la Fundación Fundecyt Parque Científico y Tecnológico de Extremadura, Consejería de Educación y Empleo, del portal educativo de Extremadura EDUCAREX (http://www.educarex.es) y del Blog de Documentación Educativa EDINDOC (http://www.edindoc.com).
La Fundación Fundecyt Parque Científico y Tecnológico de Extremadura se adelantará a las posibles consultas que le puedan ser formuladas, para ello se llevará a cabo una información activa , consistente en localizar la información educativa que se produzca en Extremadura. Tras el análisis documental, se volcará en las bases de datos y se hará llegar a los potenciales usuarios.
Publicación de artículos sobre REDINED y sobre las actividades que desde el Proyecto se promueven en la Gaceta Extremeña de la Educación y en otras publicaciones periódicas relacionadas con la Educación y/o la Documentación.
Captación de materiales, estudios e investigaciones realizadas en los centros productores de documentación educativa en Extremadura (Universidad, Centros de Profesores y Recursos, centros educativos, Consejerías, etc.) para su inserción en la base de datos.
Organización de jornadas de difusión sobre REDINED y/o participación en cursos o jornadas formativas dirigidas a los directores de los Centros de Profesores y Recursos, profesores de la Universidad de Extremadura, inspectores de educación y similares.
Mantenimiento y actualización del Blog de documentación educativa EDINDOC, en el que se difundirán las novedades que se vayan incorporando y las noticias que se produzcan entorno al Proyecto.
Cuarta. La Secretaría General de Educación de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura es la responsable del Punto de Contacto de REDIE en Extremadura.
Quinta. La Fundación Fundecyt Parque Científico y Tecnológico de Extremadura realizará las tareas técnicas de REDIE que le sean encomendadas. Entre otras, serán las siguientes:
Colaborar en la organización y desarrollo del trabajo de REDIE. Se realizarán aportaciones al Plan de trabajo anual, a los mecanismos de trabajo y coordinación, a los procesos de difusión, etc., aspectos que inicialmente propondrá la Unidad Eurydice España-REDIE.
Recopilar y elaborar la información que la Unidad Eurydice España-REDIE y los Puntos de Contacto Autonómicos demanden a nuestra comunidad autónoma.
Participar en las reuniones técnicas y jornadas de trabajo de REDIE.
Proponer la elaboración de estudios e informes cuyo contenido sea de interés para Extremadura.
Demandar información sobre aspectos educativos a la Unidad Eurydice España-REDIE que sea necesaria para el desempeño de la actividad de la Consejería de Educación y Empleo.
Hacer propuestas en cuanto al contenido, actualización y diseño del portal de REDIE.
Responder a las consultas que los administradores de la educación de Extremadura y otros usuarios planteen en relación al contenido de REDIE.
Participar en el foro interno de preguntas y respuestas sobre cuestiones específicas de REDIE.
Difundir el contenido y los trabajos que se realicen en esta Red a través de enlaces en el portal de la Fundación Fundecyt Parque Científico y Tecnológico de Extremadura, en el portal educativo de Extremadura EDUCAREX (http://www.educarex.es), y en el Blog de Documentación Educativa EDINDOC (http://www.edindoc.com), de ponencias dirigidas a usuarios potenciales, de la publicación de artículos en prensa especializada, y similares.
Sexta.
1. Para llevar a cabo las funciones mencionadas en las estipulaciones segunda, tercera y quinta, se contará con la dotación de los medios técnicos necesarios y de la plantilla de personal que se relaciona, pudiendo incrementar estas dotaciones si el mantenimiento de los Proyectos así lo aconsejara y previo acuerdo de ambas partes:
Coordinador de los Proyectos, documentalista y experto en documentación e información en materia de educación. Entre otras llevará a cabo las siguientes actividades: realizará aportaciones a los planes de trabajo de REDINED y REDIE, responderá a las peticiones de información del MEFP y del resto de Comunidades Autónomas sobre los temas y consultas que se realicen en cualquiera de los dos Proyectos, contestará las consultas de los usuarios de ambas Redes, contactará con los productores de documentos, catalogará investigaciones, recursos, innovaciones y artículos de revistas, digitalizará los materiales educativos, planificará y llevará a cabo actividades de difusión de los Proyectos y elaborará las justificaciones e informes pertinentes.
El régimen laboral del personal anteriormente relacionado estará supeditado al convenio colectivo de la Fundación Fundecyt Parque Científico y Tecnológico de Extremadura.
Se contará también con la colaboración tanto del personal de la Secretaría General de Educación como del de la Fundación Fundecyt Parque Científico y Tecnológico de Extremadura.
La Secretaría General de Educación, en sus dependencias, proporcionará la dotación de mobiliario de un puesto de trabajo para la persona adscrita a este convenio. Asimismo, dicho puesto de trabajo estará dotado de conexiones telefónicas y de red, y de su correspondiente soporte técnico.
2. El Coordinador asistirá a las reuniones de la Comisión Técnica y Permanente de REDINED, así como a las Comisiones de Trabajo creadas para el desarrollo técnico del Proyecto. Además, participará en las Reuniones Técnicas y Jornadas de Trabajo de REDIE, siempre que el responsable del Punto de Contacto Autonómico así lo requiera. De esta manera Extremadura estará representada a nivel estatal en ambos Proyectos.
3. Asimismo, a las reuniones del Consejo Gestor de REDINED, que se celebrarán una vez al año, asistirá el Secretario General de Educación, o persona que designe, representando a nuestra Comunidad Autónoma.
Séptima.
1. La Consejería de Educación y Empleo aportará para el objeto de este Convenio, mediante transferencia específica, la cantidad de 60.000 euros (sesenta mil euros), que se imputarán con cargo la aplicación presupuestaria 130020000/G/222G/44406, código de proyecto 20040113, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022.
2. Esta cantidad está destinada a financiar los siguientes conceptos y actividades:
Retribuciones y cargas sociales relativas a la plantilla establecida en la estipulación Sexta.
Gastos de asistencia a las reuniones de las Comisiones Técnicas, Comisión Permanente, Consejo Gestor, Comisiones de Trabajo de REDINED y a las reuniones técnicas de REDIE.
Formación especializada necesaria del personal anteriormente mencionado.
Mantenimiento y/o adquisición del software y hardware necesario para la gestión de las Redes.
Mantenimiento de los enlaces a las páginas web de las Redes.
Adquisición de fondos bibliográficos y suscripción a revistas científicas.
El IVA no deducible por la Fundación Fundecyt Parque Científico y Tecnológico de Extremadura relativo a los gastos que se justifiquen de REDINED y REDIE.
Colaboración a los costes indirectos de la Fundación, generados por el funcionamiento propio de REDINED y REDIE, aportando para este concepto un importe 4.800 euros (8% del total).
3. Dicha aportación económica será abonada a la Fundación Fundecyt Parque Científico y Tecnológico de Extremadura de la siguiente forma:
Un 25%, es decir, 15.000 € (quince mil euros), a la firma del presente Convenio, cuyo abono se propondrá por la Consejería de Educación y Empleo y se hará efectivo por la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública en el plazo que resulte de su sistema contable.
Un 25%, es decir, 15.000 € (quince mil euros), cuyo abono se propondrá por la Consejería de Educación y Empleo durante el transcurso del segundo trimestre del año, y que se hará efectivo por la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública en el plazo que resulte de su sistema contable.
Un 25%, es decir, 15.000 € (quince mil euros), previa justificación del primer 50% del importe de la aportación, que, asimismo, se propondrá por la Consejería de Educación y Empleo para su abono por la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública en el plazo que resulte de su sistema contable.
Y el 25% restante, es decir, 15.000 € (quince mil euros), cuando se aporte por la Fundación Fundecyt Parque Científico y Tecnológico de Extremadura la justificación total de gastos establecida en la estipulación octava, que si resultara en cantidad menor que la aportación estipulada en el presente Convenio conllevará la minoración de dicha diferencia de este cuarto abono a efectuar, que se propondrá por la Consejería de Educación y Empleo, haciéndose efectivo por la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública en el plazo que resulte de su sistema contable.
Octava. La Fundación Fundecyt Parque Científico y Tecnológico de Extremadura justificará a la Consejería de Educación y Empleo las cantidades invertidas, mediante la presentación de fotocopias compulsadas de facturas y demás documentos acreditativos de los gastos y pagos efectuados, antes del 15 de diciembre de 2022, junto a la Memoria de actividades realizadas. A estos efectos, serán justificables las cantidades devengadas durante el ejercicio 2022.
El incumplimiento del destino o finalidad de la aportación, o de su justificación dentro del plazo acordado para ello, dará lugar, previa audiencia al interesado, a la devolución o compensación de las cantidades no justificadas.
Novena. Comisión de Seguimiento.
1. Para la interpretación, aplicación, control y desarrollo de lo estipulado en el presente Convenio, se constituye una Comisión de Seguimiento que estará presidida por el Secretario General de Educación e integrada por dos representantes de cada una de las partes conveniantes.
2. Su funcionamiento se ajustará a lo dispuesto en el artículo 63.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como a los preceptos de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que le sean de aplicación.
3. La Comisión se reunirá cuando lo solicite alguna de las partes conveniantes o por decisión de su Presidente.
4. La Comisión establecerá la forma de terminación de las acciones en curso en caso de incumplimiento por alguna de las partes y, como consecuencia de ello, por terminación del acuerdo antes del tiempo inicialmente convenido.
Décima. Duración y prórroga.
El presente convenio tendrá vigencia desde su firma hasta el 31 de diciembre de 2022. No obstante lo anterior, si las partes conveniantes estimaran el interés y oportunidad de mantener la gestión convenida de las Redes, podrían acordar su prórroga de mutuo acuerdo para períodos futuros, de acuerdo a lo previsto en el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Serán causas de extinción del convenio:
a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.
b) El mutuo acuerdo de las partes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.
En el caso de extinción del Convenio por las causas indicadas anteriormente, se deberá garantizar por ambas partes la finalización de las actuaciones en curso, sin que suponga agravio para los participantes en las mismas.
Undécima. Régimen Jurídico.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, quedando fuera del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Asimismo, queda excluido del ámbito de aplicación de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con lo establecido en el apartado a) del artículo 3 de dicha Ley.
El convenio se regirá por la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Cualesquiera cuestiones que se susciten en cuanto a la aplicación, interpretación y efectos del presente convenio, que no queden solventadas por la Comisión de seguimiento prevista en la estipulación novena, serán resueltas por los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Y en prueba de conformidad firman la presente por triplicado ejemplar en representación de las partes del convenio.
La Consejera de Educación y Empleo
María Esther Gutiérrez Morán
Por la Fundación Fundecyt Parque Científico y Tecnológico de Extremadura
Luis Casas Luengo

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