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RESOLUCIÓN de 17 de mayo de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo y "Plena Inclusión Extremadura-Federación de Organizaciones en favor de las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo de Extremadura", por el que se concede una subvención en el ejercicio 2022 para la promoción y fomento de la prevención de riesgos laborales de conformidad con el VIII Plan de Actuación de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la Prevención de Riesgos Laborales (2020-2023).
DOE Número: 107
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 06 de junio de 2022
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Convenios.
Página Inicio: 26248
Página Fin: 26269
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 11 de abril de 2022, el Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo y Plena Inclusión Extremadura-Federación de Organizaciones en favor de las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo de Extremadura , por el que se concede una subvención en el ejercicio 2022 para la promoción y fomento de la prevención de riesgos laborales de conformidad con el VIII Plan de Actuación de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la Prevención de Riesgos Laborales (2020-2023), de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del convenio que figura como ANEXO de la presente resolución.
Mérida, 17 de mayo de 2022.
La Secretaria General,
PA, Resolución de 01/03/2021,DOE n.º 43, de 4 de marzo de 2021,
La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación,
M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN
CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Y PLENA INCLUSIÓN EXTREMADURA-FEDERACIÓN DE ORGANIZACIONES EN FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL O DEL DESARROLLO DE EXTREMADURA , POR EL QUE SE CONCEDE UNA SUBVENCIÓN EN EL EJERCICIO 2022 PARA LA PROMOCIÓN Y FOMENTO DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DE CONFORMIDAD CON EL VIII PLAN DE ACTUACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (2020-2023).
Mérida a 11 de abril de 2022.
REUNIDOS
De una parte, D.ª Sandra Pacheco Maya, Directora General de Trabajo de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura, cargo para el que fue nombrada por Decreto 246/2015, de 31 de julio (DOE Extraordinario núm. 4, de 1 de agosto), por delegación del Secretario General por Resolución de 13 de noviembre de 2019, (DOE núm. 223, de 19 de noviembre) para el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 9.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificada por la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Y de otra, Don Pedro Calderón Rodríguez, en calidad de Presidente de Plena Inclusión Extremadura-Federación de Organizaciones a favor de las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo de Extremadura (en adelante, Plena Inclusión Extremadura ) como representante legal de la misma, lo que acredita en virtud de nombramiento adoptado por acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria celebrada en Mérida con fecha 9 de marzo de 2021.
Las partes intervienen en ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas y se reconoce mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante el presente convenio en los términos que en él se contienen y, al efecto,
EXPONEN
Primero. En el marco de la concertación social y con el fin de dar un impulso a las políticas que favorezcan la mejora de las condiciones de trabajo relacionadas con la seguridad y salud en el trabajo en Extremadura, el presente Plan se firma en el marco del compromiso adquirido en la Declaración para la Concertación Social en Extremadura, firmada el 17 de febrero de 2020, por la Junta de Extremadura y las organizaciones sindicales y patronales más representativas de la región, para conseguir alcanzar una serie de objetivos estratégicos en materia de prevención de riesgos laborales, en consonancia con la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo, que se materialicen en unas condiciones adecuadas de seguridad y salud en el trabajo en las empresas extremeñas y la reducción constante de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales en nuestra región.
Segundo. El VIII Plan de Actuación de Prevención de Riesgos Laborales de Extremadura define el marco general de las políticas públicas de seguridad y salud laboral en Extremadura para el periodo (2020-2023) (en adelante, el VIII Plan PRL). Las políticas públicas se definen en torno a la prevención de riesgos laborales, fijando estrategias de compromiso de las instituciones públicas con el objetivo de garantizar un trabajo seguro y saludable, con la implicación de todos los agentes involucrados y de la sociedad extremeña en general.
Tercero. En el VIII Plan se establecen cuatro objetivos generales, que se concretan en un conjunto de actuaciones dirigidas hacia el refuerzo de la implantación y promoción de una adecuada cultura preventiva, que permita la mejora continua de la seguridad y la salud en el trabajo en las empresas extremeñas.
Cuarto. Los objetivos contemplados en el mencionado VIII Plan de Actuación de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la Prevención de Riesgos Laborales (2020-2023) son promover la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo en las empresas extremeñas, con el fin de conseguir la reducción de la siniestralidad laboral, especialmente en las pymes (objetivo 1), fortalecer el papel de los interlocutores sociales y la implicación del empresariado y de las personas trabajadoras en la mejora de la seguridad y salud en el trabajo (objetivo 2) fomentar la cultura de la prevención en la sociedad extremeña y potenciar la formación en materia de prevención de riesgos laborales (objetivo 3) y mejorar la coordinación de las administraciones públicas en las políticas de PRL y reforzar las actuaciones de seguimiento y control del cumplimiento de la normativa sobre PRL en Extremadura (objetivo 4).
Con el fin de conseguir los objetivos propuestos en el Plan, se establecen para los mismos un conjunto de actuaciones concretas y los indicadores que permitirán el seguimiento de su cumplimiento, que han sido acordadas por la Junta de Extremadura y las organizaciones empresariales y sindicales más representativas de la región. Participarán en la ejecución de las actuaciones previstas en el VIII Plan PRL todas aquellas entidades que puedan contribuir a la consecución de los objetivos a alcanzar durante todo su periodo de vigencia, entre las que se encuentra Plena Inclusión Extremadura.
En particular, dentro del objetivo 3, el VIII Plan PRL establece la realización de campañas de sensibilización dirigidas a diversos colectivos y sectores específicos, con el fin de generar mayor conciencia preventiva, con especial incidencia en la prevención de los riesgos emergentes y en las situaciones que se consideren necesarias por la Comisión Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo (3.2).
Dentro del objetivo 2, la actuación 2.4 del VIII Plan PRL, prevé mantener los convenios de colaboración de la Dirección General de Trabajo con entidades especializadas para la atención y la integración social de las personas con discapacidad física y/o intelectual en Extremadura, para fomentar la mejora de la prevención de riesgos laborales y la adaptación de puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad, así como para el asesoramiento al personal técnico de la Dirección General de Trabajo en aspectos relacionados con las condiciones de trabajo de las personas con discapacidad.
Quinto. La Ley 3/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022 (DOE núm. 251, de 31 de diciembre), contempla una subvención nominativa a favor de Plena Inclusión Extremadura , por un importe de noventa mil euros (90.000 €), en la aplicación presupuestaria G/325A.489.00, órgano gestor 13007, PEP 20140127 Plena Inclusión Extremadura. Fomento de la Prevención de Riesgos , financiada con fondos de la Comunidad Autónoma.
Mediante escrito registrado de entrada con fecha 7 de marzo de 2022, Plena Inclusión Extremadura solicita la concesión de la subvención nominativa prevista en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022, acompañando la solicitud de la autorización a la Administración para comprobar que la entidad se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias con la hacienda estatal, con la hacienda autonómica y con la Seguridad Social, y declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las circunstancias del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como el Plan de actuaciones para la ejecución de este convenio.
En base a lo establecido en los apartados anteriores, procede celebrar el presente convenio en aplicación de lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que establece que en las subvenciones previstas nominativamente en el estado de gastos de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura el procedimiento de concesión de estas subvenciones se iniciará de oficio por el órgano gestor del crédito al que se imputa esta subvención, o a instancia del interesado, y terminará mediante resolución que habrá de ser aceptada por el beneficiario o formalización del correspondiente convenio con el beneficiario, en el que se establecerán las condiciones y compromisos aplicables conforme a lo previsto en esta ley .
En concordancia con todo ello, se fijan las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto conceder una subvención a Plena Inclusión Extremadura , con NIF G06032015 para el desarrollo de actuaciones tendentes a la promoción y el fomento de la prevención de riesgos laborales, para dar continuidad a las actuaciones del VIII Plan de Actuación de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la Prevención de Riesgos Laborales (2020-2023), en el ejercicio presupuestario 2022, y conforme al Plan de Actuación que se incluye como Anexo a este convenio.
Segunda. Medios aportados.
Plena Inclusión Extremadura aportará los medios personales y materiales necesarios para la orientación e inserción laboral de las personas con discapacidad, para llevar a la práctica lo establecido en el presente convenio, en ejecución del Plan de Actuaciones descrito en el Anexo.
Tercera. Plan de Actuación.
Plena Inclusión Extremadura ejecutará el Plan de Actuaciones previsto en el Anexo, en el que se fijan los objetivos del VIII Plan de Actuación, acciones a desarrollar, identificación de medios humanos que llevaran a cabo las acciones y sus costes laborales, los recursos técnicos utilizados, así como un presupuesto por acción de los gastos a realizar que dimanen del presente convenio.
Cuarta. Financiación.
Para financiar el desarrollo del Plan de Actuación, a que se refiere la estipulación anterior, la Junta de Extremadura aportará a Plena Inclusión Extremadura el importe total de 90.000 € con cargo a la siguiente partida presupuestaria de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2022: aplicación presupuestaria G/325A.489.00, órgano gestor 13007, PEP 20140127 Plena Inclusión Extremadura. Fomento de la Prevención de Riesgos , financiada con fondos de la Comunidad Autónoma, con la distribución del gasto que figura en el presupuesto en el apartado sexto del Anexo al presente convenio.
Quinta. Forma de pago.
El pago del importe total de la ayuda se efectuará de la siguiente forma:
a) Un primer pago del 50% del importe total de la subvención por valor de 45.000 €, una vez suscrito el presente convenio.
b) El 50% restante por importe de 45.000 € previa justificación antes del 30 de septiembre de 2022, de la totalidad del importe previamente anticipado. Excepcionalmente, en el supuesto de imposibilidad material de ejecución de las actuaciones y/o justificación de los gastos subvencionables, el plazo de ejecución y/o justificación podrá ampliarse, previa autorización del órgano gestor de la ayuda mediante resolución de la Dirección General de Trabajo.
Para proceder a la citada ampliación, Plena Inclusión Extremadura deberá presentar la solicitud con una antelación de al menos cinco días a la fecha de finalización del plazo de justificación, debiendo acreditar debidamente la imposibilidad de ejecución y /o justificación.
La justificación del último 50% del importe percibido se habrá de presentar con anterioridad al 15 de febrero de 2023.
Conforme a lo establecido en el artículo 21.1.a) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la subvención regulada en el presente convenio queda exenta del régimen de garantías para recibir pagos anticipados.
Sexta. Condiciones para la financiación y gastos subvencionables.
Serán gastos subvencionables los realizados, según las condiciones que se recogen en el presente convenio, desde el 1 de enero de 2022 hasta su finalización el 31 de diciembre de 2022, y conforme a lo establecido en el artículo 36 de la Ley 6/2011, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La financiación de los medios humanos únicamente podrá ser objeto de subvención hasta el importe de las retribuciones básicas y complementarias fijadas por jornada real de trabajo para los correspondientes grupos profesionales, establecidos anualmente por los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el personal funcionario. A tal efecto, se deberá especificar en las nóminas aportadas como justificante de gasto y pago, la especialidad/categoría profesional en función de la cual se encuentra el personal contratado.
Los conceptos de dietas y gastos de viajes estarán limitados en las cuantías establecidas por el Decreto 287/2007, de 3 de agosto, sobre indemnizaciones por razón del servicio (DOE núm. 92, de 9 de agosto).
En cuanto a los recursos materiales, no será subvencionable la adquisición de equipos o inmuebles que tengan la consideración de inventariables. El coste de adquisición de cualquier producto, nunca podrá ser superior al valor de mercado del mismo.
De manera general se establece un límite de gastos correspondientes a publicidad masiva, edición de documentos o celebraciones de actos que no podrán superar en su totalidad el 10 % de la cuantía total de la subvención concedida, salvo que se justifique de manera pormenorizada la ampliación del gasto y que resulte estrictamente necesario para la consecución del objetivo, previa aprobación expresa por la Dirección General de Trabajo, con anterioridad a la realización del gasto. En ningún caso podrá admitirse un gasto que exceda de los límites establecidos en este artículo sin que cuente con esta previa y preceptiva autorización.
Conforme a lo establecido en el artículo 36.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la legislación de Contratos del Sector público para el contrato menor, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvención. La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
Séptima. Justificación de las cantidades percibidas.
El plazo de justificación comprenderá el ejercicio 2022 desde la fecha de la firma del presente convenio, y se extenderá hasta el 15 de febrero de 2023.
La justificación de las cantidades aportadas por la Junta de Extremadura se realizará mediante cuenta justificativa del gasto realizado, en la forma prevista en el artículo 35 de la Ley 6/2011, y conforme a las instrucciones que a tal fin dicte la Dirección General de Trabajo, mediante la presentación, en cada una de las justificaciones parciales que se presenten y en la justificación final, por el representante legal de Plena Inclusión Extremadura de la siguiente documentación:
Memoria de actividades realizadas que han sido financiadas a través del presente convenio y su coste, con el desglose de cada uno de los gastos incurridos.
Certificación de ingresos y gastos acompañada de los correspondientes documentos justificativos acreditativos del gasto y pago realizado correspondientes a las actividades objeto de financiación, mediante la presentación de facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa.
Acreditación gráfica de que se han adoptado las medidas de difusión y publicidad establecidas en la cláusula octava, apartado g), del presente convenio.
La fecha límite para efectuar en firme los pagos que correspondan con el gasto imputado debe estar comprendida entre el inicio del período de ejecución de la actuación, o periodo subvencionable, que comprenderá todo el ejercicio 2022, y el final del período de justificación que se extenderá hasta el 15 de febrero de 2023. Los pagos corresponderán en todo caso a actuaciones realizadas dentro del periodo de ejecución.
Los gastos por importe superior a 300 euros no podrán realizarse en efectivo o en metálico, quedando excluidos los gastos que no cumplan este requisito.
En consecuencia, para acreditar la realización del pago de gastos superiores a dicha cantidad el sistema es la transferencia bancaria o la domiciliación bancaria de los gastos, debiendo acompañarse a la factura el justificante de pago bancario (cartilla, extracto bancario, adeudo o movimiento bancario). Los gastos de importe no superior a 300 euros que no se realicen por transferencia o domiciliación bancaria, deberán realizarse a través de medios de pago que en todo caso permitan la comprobación de su efectiva realización. No será admitido ningún gasto cuyo pago no pueda acreditarse conforme a lo establecido en esta cláusula.
Todo ello, sin perjuicio de que la citada entidad deba conservar todos los documentos originales acreditativos del gasto o pago a disposición de la Consejería de Ecuación y Empleo y de los órganos de control financiero de la Junta de Extremadura, y en su caso, del Tribunal de Cuentas.
Las cantidades abonadas por la Junta de Extremadura que no respondan de manera indubitada a la naturaleza de la actividad subvencionada o no sean justificadas en los gastos por Plena Inclusión Extremadura , conforme a lo establecido en el artículo 36 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, serán reintegradas a la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de acuerdo con el procedimiento regulado en los artículos 47 y siguientes de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Octava. Obligaciones del beneficiario.
La entidad beneficiaria asumirá con carácter general las obligaciones previstas en el artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y, específicamente, las siguientes:
a) Ejecutar las actuaciones subvencionables, en los términos establecidos en el presente convenio, pudiendo contratar con terceros dicha ejecución, ajustándose, en su caso, a los requisitos previstos en el apartado 3 del artículo 33 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Plena Inclusión Extremadura deberá acreditar con carácter previo a la concesión y a cada uno de los pagos que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado, con la Hacienda Autonómica y frente a la Seguridad Social. De acuerdo con lo establecido en el artículo 23.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y conforme al artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Dirección General de Trabajo recabará de oficio los datos relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda autonómica y frente a la Seguridad Social, salvo oposición expresa del beneficiario en cuya caso quedará obligado a aportar la referida documentación. En cuanto a la certificación acreditativa de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal, se podrá autorizar expresamente la consulta de oficio por el órgano gestor, y en caso de no autorizarse deberá aportarse la correspondiente certificación.
c) Comunicar a la Dirección General de Trabajo la percepción, en su caso, de otras ayudas concedidas para la misma finalidad por otras Administraciones públicas o entes públicos o privados.
d) Facilitar la información relativa a la gestión de las actividades subvencionables que demande la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Educación y Empleo.
e) Sujetarse a las acciones de control financiero que se lleven a cabo por los órganos de control financiero competentes de la Junta de Extremadura, del Tribunal de Cuentas y, en su caso, de los correspondiente órganos de la Unión Europea, a tenor de la legalidad vigente reguladora de esta materia.
f) Conservar los documentos justificativos de las actuaciones realizadas, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
g) Identificar, a efectos de difusión pública las actividades subvencionadas, conforme con lo establecido en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura y se modifica el Decreto 77/1990, de 16 de octubre, por el que se establece el Régimen General de Concesión de Subvenciones, el Decreto 7/2002, de 29 de enero, de la imagen corporativa de la Junta de Extremadura, en la redacción dada por el Decreto 44/2016, de 12 de abril, por el que se modifica el Decreto 7/2002, de 29 de enero, por el que se aprueba la Identidad Corporativa del Gobierno y la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Decreto 95/2012, de 1 de junio, por el que se regulan el acceso y normas de uso del correo electrónico corporativo de la Junta de Extremadura, y resto de normativa aplicable, indicando que están financiados por la Junta de Extremadura a través de la Consejería de Educación y Empleo, mediante certificado emitido por el representante de la entidad, todo ello de conformidad con lo establecido en la normativa de aplicación autonómica y estatal.
A tales efectos, se utilizará Instalación de placa o cartel informativo en la proporción de dos unidades de alto por una y media de ancho, con la superficie mínima de 1,5 m2. y en el que se indicaría la siguiente leyenda:
Inversión cofinanciada por la Junta de Extremadura
Consejería de Educación y Empleo.
Definición del Proyecto
Entidad beneficiaria:
Actividad:
Inversión:
Logotipos:
Las medidas establecidas anteriormente se ubicarán en el lugar en el que se realicen las actuaciones que constituyan la justificación del otorgamiento de la ayuda de la Junta de Extremadura en sitio visible al público.
Plena Inclusión Extremadura , como beneficiaria de la subvención nominativa queda obligada, asimismo, a cumplir lo establecido en el artículo 36 sobre el régimen de los gastos subvencionables y los artículos 50 y siguientes sobre control financiero y colaboración de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Novena. Cuestiones suscitadas en relación al seguimiento del convenio.
Las cuestiones suscitadas en relación al seguimiento del convenio y las dudas que surjan en su interpretación, serán resueltas por una Comisión formada por el Jefe de Servicio y el Jefe de Sección de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Junta de Extremadura, y dos representantes designados por Plena Inclusión Extremadura .
Décima. Vigencia del convenio.
La vigencia del presente convenio será desde su firma hasta el 31 de diciembre de 2021, sin perjuicio de lo establecido para el periodo de justificación, que se extenderá hasta el 15 de febrero de 2023.
Undécima. Publicidad.
La presente subvención será objeto de publicación en el Portal de subvenciones de la Comunidad Autónoma, de conformidad con lo establecido en los artículos 20.8b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, así como el Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación ciudadana, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 10 y 11.1 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
Duodécima. Causas de resolución y régimen de reintegro.
1. Sin perjuicio de lo establecido en la cláusula anterior, el incumplimiento por parte de Plena Inclusión Extremadura de cualquiera de las cláusulas de este convenio, dará lugar a la inmediata resolución del mismo con devolución de las cantidades percibidas conforme a la normativa vigente.
Del mismo modo, el presente convenio también podrá ser resuelto, con el reintegro total o parcial de las cantidades percibidas de acuerdo con la normativa aplicable, por las siguientes causas:
a) Por mutuo acuerdo de las partes.
b) Por denuncia de una de las partes formalizada por escrito con tres meses de antelación.
2. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y siguientes de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, procederá el reintegro total o parcial de la cantidad percibida y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, en los supuestos y con las condiciones previstas en el citado artículo y siguientes.
3. A los efectos previstos en el apartado anterior, se considerará incumplimiento total y en consecuencia, procederá el reintegro total de la subvención cuando el importe total justificado de los gastos y pagos realizados sea igual o inferior al 50 %, aplicándose criterios de proporcionalidad en el reintegro en caso de incumplimientos parciales.
4. El régimen de reintegro regulado en la presente cláusula se entiende sin perjuicio de lo establecido en la cláusula siguiente respecto de la compatibilidad de subvenciones.
Decimotercera. Régimen jurídico, compatibilidad y supletoriedad.
La subvención nominativa objeto del presente convenio se regirá conforme a la Ley 6/2011, de 23 de marzo y el resto de normativa aplicable. De conformidad con la normativa presupuestaria, la subvención deberá destinarse a la financiación de operaciones corrientes.
La presente subvención será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que no superen las cuantías concedidas el coste total de las actuaciones subvencionadas. La superación de dicha cuantía será causa de reintegro de las cantidades percibidas en exceso.
En todo lo no previsto en este convenio será de aplicación lo establecido en el artículo 4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, que establece que las subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura se regirán, por la normativa básica del Estado, por las disposiciones contenidas en la presente ley, las demás leyes aprobadas por la Asamblea de Extremadura, las disposiciones administrativas que desarrollen esta ley, sus propias bases reguladoras y las restantes normas de derecho administrativo y en su defecto de derecho privado .
Decimocuarta. Naturaleza jurídica del convenio.
El presente convenio posee naturaleza jurídico-administrativa, celebrándose al amparo de lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo de 2011, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo el orden jurisdiccional contencioso-administrativo el competente para resolver las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes.
Y en prueba de conformidad, las partes firman el presente convenio a un solo efecto en el lugar y fecha indicados en la firma electrónica.
Por la Consejería de Educación y Empleo
(PD, Resol. 13/11/2019, de la Secretaría General,DOE núm. 223 de 19 de noviembre)
La Directora General de Trabajo
Sandra Pacheco Maya
Por “Plena Inclusión Extremadura”
El Presidente
Pedro Calderón Rodríguez
ANEXO
PLAN DE ACTUACIÓN
PLAN DE ACTUACION PARA LA PROMOCION Y EL FOMENTO DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES 2022
INTRODUCCIÓN
Desde que en el año 2009 el Servicio Mancomunado de Prevención de Riesgos Laborales de Plena inclusión Extremadura (en adelante SMPRLPIEX) comenzó su andadura, ha venido liderando la gestión inclusiva y accesible de la Prevención de Riesgos Laborales (PRL). Inclusiva para asegurar que todas las personas integrantes de la sociedad participen de forma equitativa de la PRL y Accesible para garantizar a todas las personas integrantes de la sociedad la utilización y la fácil comprensión de la PRL, con especial atención a contemplar la accesibilidad física, sensorial y cognitiva.
Durante estos años el SMPRLPIEX se ha consolidado como un servicio de prevención específico y especializado en el sector de la discapacidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Así, cabe destacar que si bien durante sus primeros años de andadura se realizó un especial esfuerzo en el desarrollo de acciones destinadas a la promoción y fomento de la prevención de riesgos laborales para asentar las bases necesarias para implantar una auténtica cultura preventiva en el seno de sus asociaciones mancomunadas, en los últimos años su trabajo se ha focalizado hacia el desarrollo de otros ejes de actuación de carácter más abierto, innovador y especializado, y sobre todo inclusivo, trabajando codo con codo con los/las Coordinadores/as de Plena Prevención, personas con discapacidad intelectual de las entidades extremeñas que colaboran, junto con los responsables de Prevención de Riesgos Laborales, para velar por la seguridad y accesibilidad de las personas que trabajan en las asociaciones. El servicio mancomunado de PRL de Plena inclusión Extremadura, ha crecido fomentando la formación y concienciación y haciendo una prevención de riesgos cada vez más inclusiva. El paso natural es crear servicios de PRL inclusivos mediante la incorporación de las personas con discapacidad intelectual.
La inclusión laboral de las personas con discapacidad debe ir necesariamente unida a una gestión preventiva eficaz, accesible e inclusiva, mejorando los entornos de trabajo, promocionando la seguridad y bienestar laboral para conseguir crear entidades cada vez más saludables.
Estamos convencidos que si mantenemos el compromiso por nuestro trabajo y continuamos bajo las directrices marcadas por la Dirección General de Trabajo de la Junta de Extremadura, conseguiremos avanzar hacia la consecución de metas y objetivos compartidos: Mejorar la calidad de vida laboral tanto de las personas con discapacidad como de los profesionales que prestan servicios de atención a la discapacidad en la Comunidad Autónoma de Extremadura, ofreciéndoles una protección eficaz de su salud y unas adecuadas condiciones para su bienestar laboral.
LÍNEAS DE ACTUACIÓN CONTEMPLADAS EN EL PLAN 2022
Las líneas de actuación que en este documento se presentan están diseñadas tanto a potenciar la inclusión laboral y mejora de la seguridad y salud laboral del colectivo de trabajadores con discapacidad, así como a fomentar el bienestar físico, social, mental y emocional de los profesionales que prestan servicios de atención a la dependencia.
El Plan de Acción 2022 de Plena inclusión Extremadura sigue apostando por la Investigación, la Innovación Social y el Desarrollo de nuevas iniciativas relacionadas con el ámbito de la prevención de riesgos laborales y la discapacidad.
Este año apostamos especialmente por la promoción y el bienestar de la salud de las personas trabajadoras, que engloba tanto el diseño del puesto de trabajo, espacios y material adaptados con unas condiciones de seguridad, ergonomía y bienestar, como la promoción de un estilo de vida saludable, y la prevención de los riesgos psicosociales, como el estrés y el burnout.
El cuidado de la salud tiene importantes beneficios tanto para las personas trabajadoras como para las entidades, como son:
— Reducción de los accidentes laborales.
— Reducción de enfermedades, y por lo tanto del absentismo laboral.
— Disminución de los gastos en cuestiones sanitarias, bajas, incapacidades
— Mejora del estado de ánimo y la motivación.
Del mismo modo, se contemplan otras líneas de actuación destinadas a la inclusión de los Planes de Autoprotección y a la mejora continua del SMPRLPIEX, de forma que nos permita aumentar la eficacia de las acciones emprendidas y seguir reduciendo la siniestralidad laboral en el sector servicios de atención a las personas con discapacidad.
INTRODUCCIÓN
Desde el SMPRLPIEX, estamos convencidos que una buena gestión de la Prevención de Riesgos Laborales en los centros con trabajadores con discapacidad, debe contemplar tanto la accesibilidad de los lugares de trabajo, el diseño del puesto, los procesos de selección y contratación de las personas, el análisis del puesto, la planificación y organización de las tareas y actividades, el acompañamiento y la orientación laboral una vez incorporado el trabajador, una formación e información preventiva adecuada y adaptada a las capacidades, así como incorporar mecanismos de control para la gestión de emergencias y evacuación inclusivos con la discapacidad.
La Oficina Técnica Discapacidad, Seguridad y Salud Laboral, ofrece un asesoramiento específico y especializado a entidades públicas y privadas, para que la seguridad y la salud laboral no pueda utilizarse como pretexto para no contratar o dejar de contratar a personas con discapacidad, y poder llevar a cabo las adaptaciones necesarias para hacer del lugar de trabajo un lugar seguro y accesible, para todas las personas trabajadoras.
OBJETIVO PRINCIPAL DE LA LÍNEA DE ACTUACIÓN 1
El objetivo principal es continuar con la puesta en marcha de una Oficina Técnica de Seguridad Laboral y Discapacidad, de forma que en los próximos años pueda servir de soporte técnico y apoyo a la Administración Pública y Empresas Socialmente Responsables, en lo relativo a la inclusión laboral y gestión PRL de las personas trabajadoras con cualquier tipo de discapacidad. Así como servir de órgano impulsor para la formación e información necesarias en la inclusión laboral de personas con discapacidad, ya sea esta discapacidad permanente, temporal o sobrevenida.
OBJETIVOS 2022 DE LA OFICINA TÉCNICA DE SEGURIDAD LABORAL Y DISCAPACIDAD
Impulsar la I+D+i en materia de Prevención, Salud y Bienestar Laboral y Discapacidad.
Servir como órgano de referencia para el asesoramiento en materia de inclusión laboral y gestión de la prevención de riesgos laborales de trabajadores con discapacidad.
Promover formación e información adaptada en materia de PRL destinadas a trabajadores con discapacidad.
Articular mecanismos de coordinación entre los diferentes agentes implicados en la seguridad y salud laboral de personas trabajadoras con discapacidad en Extremadura.
Fomentar la participación e implicación de las PCDI en la mejora de las condiciones de seguridad y bienestar de las entidades mancomunadas.
Promoción y difusión de una cultura preventiva que permita la implantación de la PRL inclusiva de una forma eficaz y eficiente en las entidades.
ACCIONES A DESARROLLAR EN RELACIÓN A LÍNEA DE ACTUACIÓN 1
- Brindar Apoyo al trabajador con discapacidad intelectual en sus itinerarios de inserción y reinserción laboral, especialmente en lo relativo a su formación e información en materia de Prevención de Riesgos Laborales.
- Ofrecer herramientas de trabajo a profesionales de apoyo sobre análisis y adaptación de puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad intelectual.
- Trabajar de forma continua junto con el Servicio de Empleo Federativo con el fin de cubrir las necesidades que puedan surgir a lo largo del año.
- Elaboración y Diseño de material formativo e informativo, adaptados al colectivo de personas con discapacidad intelectual.
- Continuar trabajando codo a codo con los/las Coordinadores/as de Plena Prevención implicando a las personas con discapacidad intelectual en la gestión de la prevención, para velar por la seguridad y accesibilidad de las personas que trabajan en las asociaciones.
- Generación y desarrollo de herramientas, materiales y recursos transversales adaptados, que sirvan como apoyo a la actividad preventiva a desarrollar por el Coordinador/a de Plena Prevención.
- Participar en los premios, concursos y actividades de divulgación a todos los niveles, regional, estatal e internacional; para promocionar las acciones llevadas a cabo por Plena inclusión Extremadura en materia de prevención.
LÍNEA DE ACTUACIÓN 2:
PLANES INCLUSIVOS DE EMERGENCIAS Y EVACUACIÓN ACCESIBLE.
INTRODUCCIÓN
Garantizar una evacuación segura de centros y edificios ocupados por personas con discapacidad de forma digna y lo más autónoma posible, es un tema complejo, que requiere la consideración de una amplia gama de factores, incluyendo el diseño y el uso del edificio, la formación del personal que trabaja en el edificio y la provisión de equipos e instalaciones apropiadas.
En virtud de lo cual, desde Plena inclusión Extremadura pretendemos contribuir en la Elaboración, Diseño, Desarrollo e Implementación de planes de autoprotección inclusivos que incorporen criterios de accesibilidad universal.
Del mismo modo, continuaremos con la línea de acción comenzada en años anteriores y con el asesoramiento de profesionales, como el Departamento de formación de Bomberos del CPEI, el Cuerpo de Bomberos de los diferentes Parques que tienen como área de influencia centros de Plena inclusión Extremadura, los técnicos de Protección Civil, etc; pretendemos seguir mejorando nuestras acciones formativas para evitar situaciones de emergencias y mejorar la respuesta ante éstas.
Ya que la situación de emergencia más probable que suceda es un incendio, según las características y situación de nuestras entidades, si éste se produjera, conseguir minimizar el riesgo de que nuestros trabajadores y usuarios puedan sufrir cualquier daño.
En cumplimiento del Real Decreto 393/2.007 Norma básica de Autoprotección de los centros que puedan dar situaciones de emergencias, queremos seguir aplicando y mejorando nuestros protocolos de actuación.
OBJETIVO GENERAL LÍNEA DE ACTUACIÓN 2
Mejorar la protección y seguridad de las personas con discapacidad en caso de emergencia y evacuación, permitiéndoles una evacuación digna, con la mayor autonomía posible, y en las mejores condiciones de seguridad.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS LÍNEA DE ACTUACIÓN 2
Promover la inclusión de la discapacidad en los Planes de Autoprotección y Protocolos de Actuación en caso de Emergencias y Evacuación.
Dar respuesta a las necesidades formativas e informativas de aquellos profesionales encargados de actuar en caso de emergencia y evacuación de personas con discapacidad.
Asesorar al sector de servicios de atención a personas con discapacidad, sobre la elaboración e implantación de planes de autoprotección inclusivos con las personas con discapacidad.
Fomentar la implicación participación de personas con discapacidad en materia de emergencia y evacuación.
ACCIONES A DESARROLLAR EN LA LÍNEA DE ACTUACIÓN 2
— Celebrar acuerdos de colaboración con otras entidades para la prevención y extinción de incendios para la mejora de planes de autoprotección, formación y realización de simulacros de incendios, en centros que prestan servicios de atención a personas con discapacidad intelectual.
— Ofrecer asesoramiento a las redes de apoyo y familiares de personas con discapacidad intelectual sobre actuación en caso de incendios en viviendas.
— Impartir Formación e Información a profesionales de las entidades mancomunadas, sobre pautas de actuación en caso de emergencia y funciones de los equipos del plan de actuación.
— Continuar con la implantación de planes individuales de evacuación y emergencias en las entidades mancomunadas para la realización de evacuaciones accesibles.
— Seguir realizando Planos Accesibles de las entidades mancomunadas al Servicio PRL para mejorar la seguridad en las evacuaciones de personas con discapacidad.
— Diseño y elaboración de material formativo e informativo adaptado para personas con discapacidad intelectual, sobre emergencias y evacuación.
— Realización de las 4ª Jornada Actuación en caso de Emergencias y Evacuación Accesible .
— Ofrecer Asesoramiento a Entidades Públicas y Privadas para la elaboración e implantación de Planes de Autoprotección inclusivos con las personas con discapacidad.
— Participar y promover las modificaciones normativas y legislativas necesarias para conseguir una legislación más accesible y comprensible para la diversidad social de la región.
LÍNEA DE ACTUACIÓN 3:
SERVICIO MANCOMUNADO PRL ESPECÍFICO PARA ENTIDADES QUE PRESTAN SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD
INTRODUCCIÓN
El Servicio Mancomunado de Prevención de Riesgos Laborales de Plena inclusión Extremadura (SMPRLPIEX) es un servicio especializado. La realidad de nuestras asociaciones requiere toda la ayuda posible, por lo que nuestro servicio se compone de un equipo de profesionales y técnicos PRL con los equipos necesarios para realizar las actividades preventivas, a fin de garantizar la adecuada protección de la seguridad y salud de las personas trabajadoras, asesorando y asistiendo a nuestras entidades mancomunadas.
Tenemos que destacar que nuestros/as trabajadores/as tienen tareas muy dispares, deben apoyar en las necesidades y cuidar de nuestros/as usuarios/as, con sus comportamientos no predecibles, otros deben utilizar también herramientas, maquinaria, equipos de trabajo Y a todos y todas hay que formarlos, informarlos, escucharlos y asesorarles.
Seguimos creyendo en la necesidad de reactivar el Observatorio de Riesgos Psicosociales debido a la situación sanitaria que estamos viviendo. Cada vez son más los riesgos de origen psicosocial provocados por la pandemia de Covid-19, por lo que nos vemos en la obligación de dar apoyo al personal laboral de nuestras entidades así como a las personas usuarias a través de la difusión de buenas prácticas, apoyo a través de sesiones formativas e información relativa a esta materia.
OBJETIVO GENERAL LÍNEA DE ACTUACIÓN 3
Optimizar la calidad de los servicios concertados con entidades que trabajan en favor de las personas con discapacidad intelectual, a través de la incorporación de una cultura preventiva propia que permita mejorar la salud y bienestar tanto físico como mental de los profesionales que prestan los servicios de atención a personas con discapacidad.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS LÍNEA DE ACTUACIÓN 3
Impulsar un enfoque coherente de la gestión de riesgos laborales de profesionales del sector de atención a la discapacidad intelectual, especialmente en relación con las áreas de ergonomía y riesgos psicosociales.
Conseguir la gestión inclusiva de la prevención de riesgos laborales de los trabajadores al sector de la discapacidad intelectual.
Proporcionar a las Entidades mancomunadas al SMPRLPIEX el asesoramiento técnico y el apoyo que precisen en relación a las actividades preventivas que deben integrar y desarrollar en sus centros de trabajo.
Fomentar y promocionar la seguridad y bienestar laboral para conseguir crear entidades cada vez más saludables, con unas condiciones adecuadas de seguridad, ergonomía y bienestar, y promocionando un estilo de vida saludable, así como la prevención de riesgos psicosociales.
Difundir y promover en nuestras redes sociales, todas las acciones preventivas llevadas a cabo, con el objetivo de visibilizar la importancia de la Prevención de Riesgos Laborales en el ámbito de la discapacidad intelectual.
ACTIVIDADES A DESARROLLAR EN LA LÍNEA DE ACTUACIÓN 3
— Llevar a cabo las funciones y actividades señaladas en el artículo 31.3 de la Ley 31/1995, y contribuir a la efectividad de la integración de las actividades de prevención, en el conjunto de actividades desarrolladas por las Entidades mancomunadas al servicio y en todos los niveles jerárquicos de las mismas.
— Diseñar y Ejecutar un Plan de Formación SMPRLPIEX 2022.
— Realizar y Participar en las actividades en materia de prevención de riesgos laborales para mejorar en los servicios del SMPRLPIEX.
— Celebración de Talleres y/o micro píldoras formativas, para la promoción y el fomento de hábitos de vida saludables, dirigidos a cuidar el estado físico y mental de las personas trabajadoras de nuestras entidades mancomunadas.
— Adquisición de recursos materiales para la impartición de formaciones y el desarrollo de las actividades propias del Servicio de Prevención.
— Calibración de aparatos de medición (sonómetro, luxómetro, detector de gases ), imprescindibles para el desarrollo de nuestra actividad preventiva.
— Difusión en redes sociales de las actividades preventivas inclusivas llevadas a cabo desde nuestro Servicio de Prevención.
DESGLOSE DEL GASTO DEL PLAN DE ACCIÓN 2022
RECURSOS HUMANOS (€)
1 Técnico Superior PRL imputados al 100 % de su jornada laboral al Plan de Acción 2022 (12 meses). 27.282,06 €
1 Técnico Superior PRL imputado al 100 % de su jornada laboral al Plan de Acción 2022 (9,5 meses). 19.071,91 €
1 Técnico Superior PRL imputado al 100 % de su jornada laboral al Plan de Acción 2022 (8,5 meses). 17.170,15 €
1 Técnico Superior PRL imputado al 41,56 % de su jornada laboral al Plan de Acción 2022 (12 meses). 14.429,51 €
Total Recursos Humanos 77.953,63 €
ACTIVIDADES (€)
LÍNEA DE ACTUACIÓN 1 2.040,00€
LÍNEA DE ACTUACIÓN 2 3.000,00€
LÍNEA DE ACTUACIÓN 3 4.506,37€
Total Actividades 9.546.37 €
OTROS GASTOS (€)
Dietas y Desplazamientos 2.500,00 €
Total Otros Gastos 2.500,00 €
GASTOS TOTALES (€)
Total Recursos Humanos 77.953,63 €
Total Actividades 9.546.37 €
Total Otros Gastos 2.500,00 €
Total Plan de Acción 2022: 90.000,00 €

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