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RESOLUCIÓN de 30 de mayo de 2022, de la Dirección General de Función Pública, por la que se constituyen listas de espera transitorias en el Grupo IV, categoría/especialidad Bombero/a Forestal Conductor/a, de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
DOE Número: 104
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 01 de junio de 2022
Apartado: II AUTORIDADES Y PERSONAL
Subapartado: 2.- OPOSICIONES Y CONCURSOS
Organismo: CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Pruebas selectivas. Lista de espera.
Página Inicio: 25332
Página Fin: 25334
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Por Orden de 16 de diciembre de 2021 (DOE n.º 243, de 21 de diciembre) se convocaron pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes del Grupo IV, Categoría Bombero/a Forestal Conductor/a, de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El artículo 6.1.b) del Decreto 174/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueban las normas de organización y funcionamiento del personal laboral de prevención y extinción de incendios forestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dispone que la gestión de las referidas listas de espera, se realizará por la Consejería competente en materias de incendios forestales.
Con fecha 23 de mayo de 2022 se ha suscrito Acuerdo de la Comisión Negociadora para el personal laboral temporal al servicio de la Junta de Extremadura, por el que se fija el orden de llamamiento del personal empleado público para los puestos de la categoría profesional Bombero/a Forestal Conductor/a de carácter discontinuo de la relación de puestos de trabajo de personal laboral.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.4 del Decreto 201/1995, de 26 de diciembre (DOE n.º 1 de 2 de enero), por el que se aprueba el Reglamento General Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en la base duodécima de la correspondiente convocatoria, ante la necesidad urgente e inaplazable de atender la cobertura de puestos en la categoría/especialidad Bombero/a Forestal Conductor/a, para desempeñar las funciones específicas de extinción y vigilancia en la época de peligro alto, puesta de manifiesto por el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de la Junta de Extremadura, habiéndose comunicado por el órgano gestor la ausencia de candidatos disponibles en las listas de espera vigentes y hasta que se resuelva el proceso selectivo convocado por la Orden anteriormente citada, resulta necesario y conveniente constituir listas de espera transitoria con los aspirantes que hayan superado las dos partes del primer ejercicio de la fase de oposición, sin perjuicio de la continuidad del proceso selectivo.
En virtud de lo anterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, así como en el Decreto 4/1990, de 23 de enero, de atribución de competencias en materia de personal, esta Dirección General de Función Pública, de acuerdo con la Resolución de 16 de diciembre de 2019 de la Consejera, sobre delegación de competencias en los titulares de los órganos directivos de la Consejería de Hacienda y Administración Pública,
RESUELVE:
Primero. Constituir listas de espera transitorias por el orden de puntuación obtenida en el primer ejercicio de la fase de oposición de las pruebas selectivas convocadas por Orden de 16 de diciembre de 2021, en el categoría/especialidad Bombero/a Forestal Conductor/a.
Las referidas listas se expondrán al público en las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura, así como en internet en la dirección https.//ciudadano.gobex.es, desde el mismo día de publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Extremadura.
Segundo.
1. La ordenación de las referidas listas de espera resulta de aplicar los siguientes criterios:
1º. Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la fase de oposición.
2º. En los supuestos de empate el orden de prelación comenzará por la letra M , como así se establece en la base octava de la convocatoria.
2. La lista de espera constituida se instrumentarán de acuerdo con los criterios de zonificación que se hallen vigentes, de tal manera que dará lugar a listas específicas en cada una de las zonas de coordinación en que se divide el ámbito territorial de la Comunidad Au­tónoma en función de la petición formulada por cada aspirante en la solicitud de participación en las pruebas selectivas.
Tercero. Las listas de espera que se constituyen mediante la presente resolución tendrán carácter provisional y serán sustituidas por las nue­vas listas de espera que se constituyan una vez finalizado el proceso selectivo en curso al amparo de lo dispuesto en el artículo 29 del Decreto 201/1995 citado anteriormente.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los/as interesados/as podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Vicepresidenta Primera y Consejera de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, conforme a lo establecido en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, conforme a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la presente resolución hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 30 de mayo de 2022.
La Vicepresidenta Primera y Consejera de Hacienda y Administración Pública,
PD, Resolución de 16 de diciembre de 2019(DOE n.º 243, de 19-12-19)
La Directora General de Funcion Pública,
M.ª DEL CARMEN VICENTE RIVERO

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