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RESOLUCIÓN de 6 de junio de 2022, de la Secretaría General, por la que se acuerda la apertura del periodo de audiencia e información pública en relación con el proyecto de Orden por la que se modifica la Orden de 20 de abril de 2017 por la que se regula el programa de Secciones Bilingües en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se establece el procedimiento para su implantación en las diferentes etapas educativas.
DOE Número: 111
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 10 de junio de 2022
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 27635
Página Fin: 27635
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
De conformidad con lo previsto en el artículo 66.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y, una vez elaborado el proyecto de la Orden por la que se modifica la Orden de 20 de abril de 2017 por la que se regula el programa de Secciones Bilingües en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se establece el procedimiento para su implantación en las diferentes etapas educativas.
RESUELVO
Primero. Acordar la apertura de un periodo de audiencia e información pública por un plazo de 7 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura, a fin de que cualquier persona física o jurídica interesada pueda examinar el texto de la orden indicada y formular las alegaciones o sugerencias que estime oportunas.
La reducción de los plazos establecidos para la sustanciación del presente trámite está justificada ya que las modificaciones introducidas en el currículo, la organización y objetivos de las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en cuya disposición final apartado 3º dispone que se implantarán para los cursos primero y tercero en el curso escolar 2022-2023, por lo que para garantizar la estructura abierta y flexible del nuevo currículo que entra en vigor, es preciso fomentar la libertad del alumnado en la elección de materias optativas, incluyendo al alumnado que siga un programa de Sección Bilingüe en centros docentes sostenidos con fondos públicos.
Segundo. Las alegaciones o sugerencias podrán presentarse a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o a través de la siguiente dirección de correo electrónico: plurilinguismo@educarex.es.
Asimismo, el texto del referido proyecto estará a disposición de los interesados en la siguiente dirección de internet: http://gobiernoabierto.juntaex.es/transparencia/web/plazo-educación-y-empleo
Mérida, 6 de junio de 2022. El Secretario General, RUBÉN RUBIO POLO.

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