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RESOLUCIÓN de 29 de junio de 2022, de la Dirección General de Función Pública, por la que se constituye lista de espera en la Categoría/Especialidad ATE-Cuidador/A del Grupo IV, personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente a las pruebas selectivas convocadas por Orden de 25 de abril de 2019.
DOE Número: 127
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 04 de julio de 2022
Apartado: II AUTORIDADES Y PERSONAL
Subapartado: 2. OPOSICIONES Y CONCURSOS
Organismo: CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Pruebas selectivas. Lista de espera.
Página Inicio: 31621
Página Fin: 31623
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Por Orden de 25 de abril de 2019 (DOE n.º 80, de 25 de abril) se convocaron pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes en la Categoría/Especialidad ATE-Cuidador/a del Grupo IV de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El artículo 29 del Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura establece que finalizadas las pruebas selectivas para el ingreso en los Cuerpos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o para el acceso a la condición de personal laboral fijo en las Categorías Profesionales del Convenio Colectivo en vigor, se constituirá, por cada uno de los Cuerpos y Especialidades y por cada una de las Categorías y Especialidades, respectivamente, una lista de espera con los/as aspirantes que sin haber superado las correspondientes pruebas selectivas, hayan aprobado al menos el primer ejercicio.
De conformidad con lo anterior, la base duodécima de la citada orden, establece que para la constitución de listas de espera, cuyo procedimiento se regula en el título III del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura con los/as aspirantes que no superen el proceso de selección, solo se considerará la puntuación obtenida en la fase de oposición, formando parte de la lista de espera aquellos/as aspirantes que sin haber superado el proceso de selección, hayan aprobado al menos el primer ejercicio de oposición.
No obstante, finalizada la fase de oposición del presente proceso selectivo cuyo normal desarrollo se vio afectado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, continuando el mismo cuando la situación sanitaria lo permitió de conformidad con las previsiones recogidas en la Resolución de 13 de mayo de 2020 de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se establecieron las medidas y pautas de actuación para la reincorporación progresiva a sus puestos de trabajo de los empleados públicos del ámbito general de la administración de la Junta de Extremadura y dado el agotamiento de las actuales listas de espera vigentes, ante la necesidad urgente e inaplazable de atender la cobertura de puestos en la citada categoría, puesto de manifiesto por el centro gestor, resulta necesario y conveniente proceder a constituir, dado que han finalizado las pruebas selectivas, las listas de espera derivadas del proceso selectivo antes de su finalización, con todos los/as aspirantes que hayan aprobado al menos el primer ejercicio y considerando la puntuación obtenida en la fase de oposición.
Visto lo dispuesto en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, así como en el Decreto 4/1990, de 23 de enero, de atribución de competencias en materia de personal, esta Consejería de Hacienda y Administración Pública, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,
RESUELVE
Primero. Constituir listas de espera por el orden de puntuación obtenida en la fase de oposición de las pruebas selectivas convocadas por Orden de 25 de abril de 2019, en las Categoría/Especialidad ATE- Cuidador/a del Grupo IV de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Las referidas listas se expondrán al público en las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura, así como en la página web del Portal del Ciudadano, desde el mismo día de publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Extremadura.
Segundo. 1. La ordenación de las referidas listas de espera resulta de aplicar los siguientes criterios:
1º Mayor número de ejercicios aprobados.
2º Mayor puntuación en la suma de los ejercicios aprobados.
3º En los supuestos de empates, el orden de prelación comenzará por la letra E resultante del sorteo público celebrado en cumplimiento del artículo 29 del mencionado Reglamento General de Ingreso, publicado mediante Resolución de 18 de febrero de 2019 (DOE n.º 36, de 21 de febrero).
2. Las listas de espera constituidas se instrumentarán de acuerdo con los criterios de zonificación que se hallen vigentes, de tal modo que dará lugar a listas específicas en cada una de las zonas existentes en función de la petición formulada por cada aspirante en la instancia de participación en las pruebas selectivas.
Tercero. Las listas de espera que se constituyen mediante la presente resolución sustituirán a la derivada de la anterior convocatoria de pruebas selectivas, de conformidad con lo establecido en el artículo 29.8 del Reglamento General de Ingreso, así como, en su caso, a las listas de esperas constituidas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.4 del citado texto legal.
Cuarto. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los/as interesados/as podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la presente resolución, hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 29 de junio de 2022.
La Vicepresidenta Primera y Consejera de Hacienda y Administración Pública,
(PD, Resolución de 16 de diciembre de 2019(DOE n.º 243, de 19-12).
La Directora General de Función Pública,
M.ª DEL CARMEN VICENTE RIVERO

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