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EXTRACTO de la Resolución de 2 de septiembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se realiza la convocatoria de ayudas destinadas a financiar proyectos de animación comercial para los ejercicios 2022 y 2023.
DOE Número: 177
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 14 de septiembre de 2022
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Actividad comercial. Ayudas.
Página Inicio: 45201
Página Fin: 45202
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):647557
BDNS(Identif.):647558
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.es)
y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Beneficiarios.
Ayuntamientos y las asociaciones, federaciones y confederaciones del sector comercio que cumplan los requisitos establecidos por el artículo 2. b) del Decreto.
Segundo. Objeto.
Subvenciones para la financiación de proyectos de animación comercial en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 77/2021, de 30 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la financiación de proyectos de animación comercial en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria. (DOE n.º 146 de 30 de julio de 2021).
Cuarto. Cuantía.
La cuantía total de la convocatoria de ayudas asciende a 500.000 euros. Las ayudas reguladas en la presente resolución se financiarán con cargo a los créditos autorizados en los proyectos de gasto destinados a tal fin, previstos en las Leyes de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura Programa 341A Comercio de Calidad y Artesanía Extremeña , Código de Proyecto de gasto 20150289 fomento de la Animación Comercial , cofinanciados por FEDER (80 %) y fondos de la Comunidad Autónoma (20 %), con origen PO 2014-2020. (Objetivo temático 3. Prioridad de inversión 3.c. “El apoyo a la creación y ampliación de capacidades avanzadas para el desarrollo de productos y de servicios”; Objetivo específico OE 3.3.1. “Apoyo a la creación y ampliación de capacidades avanzadas para el desarrollo de productos y servicios”), Fondo de Financiación FD14030301 “3.3.1. Apoyo a la creación y ampliación de capacidades avanzadas para desarrollo de productos y servicios”.
El importe de la convocatoria correspondiente a cada línea de ayuda y su imputación presupuestaria es la siguiente:
La convocatoria de la línea de ayudas para proyectos de animación comercial desarrollados por Ayuntamientos tiene un importe total de 350.000 euros, 50.000 euros con cargo al presupuesto de 2022 y 300.000 euros con cargo al presupuesto de 2023. Estas ayudas se imputarán a la aplicación presupuestaria 14.003.341A.76000, código de proyecto de gasto 20150289 denominado Fomento de la animación comercial .
La convocatoria de la línea de ayudas para proyectos de animación comercial desarrollados por asociaciones, federaciones y confederaciones del sector comercio tiene un importe total de 150.000 euros, 30.000 euros con cargo al presupuesto de 2022 y 120.000 euros con cargo al presupuesto de 2023. Estas ayudas se imputarán a la aplicación presupuestaria 14.003.341A.78900, código de proyecto de gasto 20150289 denominado Fomento de la animación comercial .
Las ayudas consistirán en una subvención del 100% de la actividad subvencionable, con un límite máximo de ayuda entre 5.000 y 10.000 euros, en función de la población de la localidad en la que se desarrolle el proyecto de animación comercial, según los tramos establecidos en el artículo 4.1 del decreto; y pudiendo llegar a los 18.000 euros en el supuesto de desarrollo e implementación de software dirigido a captar clientes, de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del mismo artículo.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para presentar solicitudes comienza el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Extremadura y finalizará el 15 de marzo de 2023.
Mérida, 2 de septiembre de 2022.
El Secretario General
Manuel Jiménez García

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