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RESOLUCIÓN de 20 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Primera Adenda al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica a favor de la Empresa Pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para financiar la ejecución del Programa de Captación y Atracción de Inversiones 2021-2022.
DOE Número: 216
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 10 de noviembre de 2022
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Convenios.
Página Inicio: 54498
Página Fin: 54504
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 14 de octubre de 2022, la primera Adenda al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica a favor de la Empresa Pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para financiar la ejecución del Programa de Captación y Atracción de Inversiones 2021-2022, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del convenio que figura como ANEXO de la presente resolución.
Mérida, 20 de octubre de 2022.
La Secretaria General.
PA, Resolución de 01/03/2021,DOE n.º 43, de 4 de marzo de 2021
La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación,
M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN
PRIMERA ADENDA AL CONVENIO POR EL QUE SE FORMALIZA UNA TRANSFERENCIA ESPECÍFICA A FAVOR DE LA EMPRESA PÚBLICA EXTREMADURA AVANTE SERVICIOS AVANZADOS A PYMES, SLU PARA FINANCIAR LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE CAPTACIÓN Y ATRACCIÓN DE INVERSIONES 2021-2022.
Mérida, 14 de octubre de 2022.
REUNIDOS
De una parte, D. Manuel Jiménez García, Secretario General de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, cargo que ostenta en virtud de nombramiento efectuado por Decreto 73/2019, de 16 de julio (DOE núm. 137, de 17 de julio), actuando en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas por el Decreto 165/2019, de 29 de octubre, (DOE núm. 214 de 6 de noviembre), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, y por Resolución de 18 de julio de 2019, del Consejero, por la que se delegan en la Secretaría General competencias en diversas materias (DOE núm.141, de 23 de julio), autorizado para la suscripción de la presente adenda mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión del día 11 de octubre de 2022.
De otra parte, D. Miguel Bernal Carrión, con D.N.I. número ***8643**, en nombre y representación de la sociedad Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes SLU , con NIF n.º B06253488 y domicilio en Avenida José Fernández López, n.º 4, 06800 Mérida, en su condición de Consejero Delegado, cargo para el que fue nombrado por acuerdo del Consejo de Administración adoptado el día 7 de agosto de 2015, elevado a Escritura Pública en Mérida el día 20 de agosto de 2015, ante el Notario del Ilustre Colegio de Extremadura con residencia en Mérida, D. Gonzalo Fernández Pugnaire, con n.º de protocolo 943, e inscrita en el Registro Mercantil de Badajoz, el día 20 de agosto de 2015, al tomo 534, folio 210Vª, hoja BA-7-782, inscripción 44ª.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante la presente adenda en los términos que en ella se contienen y, al efecto
EXPONEN
Primero. Con fecha 22 de abril de 2021, se suscribe por parte de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura, Convenio por el que se formaliza una transferencia específica a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, SLU para financiar la ejecución del programa de captación y atracción de inversiones 2021-2022. publicado en el DOE núm. 88, de 11 de mayo de 2021.
Segundo. El objeto del convenio era formalizar la transferencia específica para financiar la ejecución del programa de captación y atracción de inversiones en el periodo 2021-2022, en el marco de las políticas públicas en materia de promoción de la inversión en la región extremeña, fijando los objetivos específicos a conseguir, las actividades a desarrollar y los mecanismos de evaluación.
La financiación de las actividades del programa de captación y atracción de inversiones para el periodo 2021-2022 se lleva a cabo a través de una transferencia específica de carácter plurianual, por un importe global de 290.000,00€ (doscientos noventa mil euros), distribuidos en 145.000,00€ (ciento cuarenta y cinco mil euros) para la anualidad 2021 y 145.000,00€ (ciento cuarenta y cinco mil euros) para la anualidad 2022, encuadrada en el programa 341A Comercio de Calidad y Artesanía Extremeña , gestionado por la Secretaría General de Economía y Comercio.
El proyecto de gasto para financiar la actuación es el 20180200 Extremadura Avante Servicios Avanzados a la Pyme. Atracción de Inversiones, financiado con fondos propios de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Por un importe total de 290.000,00 €, correspondiendo 145.000,00 € para la anualidad 2021 y 145.000,00 € a la anualidad 2022.
Tercero. En la cláusula quinta del convenio, se establece que se podrán celebrar adendas al citado convenio para modificar el contenido del mismo. A tal efecto, se entenderá necesaria la formalización de adenda, cuando las posibles variaciones superen el 20% del presupuesto entre operaciones, dentro de cada actividad o una desviación superior a un 10% de presupuesto entre cada una de las actividades. Todo ello respecto del importe previsto para cada anualidad y siempre que previamente sea acordado por la Comisión de Seguimiento.
En fecha 24 de marzo de 2022 se reúne de forma telemática la comisión de seguimiento del convenio, considerándose necesario, tal y como se recoge en la correspondiente acta, la realización de modificaciones al convenio firmado que no suponen cambio del objeto previsto en la cláusula primera, ni implican alteración del importe global del gasto, pero sí un reajuste del capítulo presupuestario de medios humanos y técnicos que, de conformidad con lo indicado en el párrafo anterior, requieren la formalización de una adenda.
Por todo ello, ambas partes, acuerdan suscribir la presente Adenda que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Modificación de la cláusula tercera del Convenio.
Se modifica la cláusula tercera del mencionado convenio, relativa a la financiación del mismo, a la que se le da una nueva redacción con el siguiente tenor:
Tercera. Financiación.
1. La financiación de las actividades del programa de captación y atracción de inversiones para el periodo 2021-2022 se llevará a cabo a través de una transferencia específica de carácter plurianual, por un importe global de 290.000,00 euros, con el siguiente desglose por anualidades e imputación presupuestaria:
Aplicación Presupuestaria Anualidades
Denominación Proyecto de Gasto Aplicación Presupuestaria 2021 2022
Extremadura Avante Servicios Avanzados a la Pyme. Atracción de Inversiones 20180200 140030000/G/341A/44303/ CAG0000001 145.000,00 € 145.000,00 €
El proyecto de gasto tiene su origen en fondos propios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
ACTIVIDAD/GASTO IMPORTE 2021 IMPORTE 2022
Eventos Sectoriales 25.200,00 25.200,00
Multiplicadores 24.300,00 24.300,00
Gestión y explotación de la información 0,00 0,00
Subtotal actividades 49.500,00 49.500,00
Gastos de personal 77.000 82.000
Dietas y pernoctas 9.000 9.000
Gastos generales 9.500 4.500
Subtotal gastos de personal y gastos generales 95.500,00 95.500,00
TOTAL 145.000,00 145.000,00
2. Para la ejecución de la presente transferencia específica y el desarrollo de las actividades, se estiman los siguientes recursos humanos
Personal Imputado (2021) Horas año Coste anual
Técnico 1 1.652 38.500,00 €
Técnico 2 1.652 38.500,00 €
Personal Imputado (2022) Horas año Coste anual
Técnico 1 1.652 41.000,00 €
Técnico 2 1.652 41.000,00 €
Las relaciones laborales del personal adscrito al convenio estarán en el ámbito de aplicación del „II Convenio Colectivo para la empresa Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU y sus sociedades filiales participadas mayoritariamente directa o indirectamente (En adelante, Convenio Colectivo Extremadura Avante) (Resolución de 18 de julio de 2018, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del „II Convenio Colectivo para la empresa Extremadura Avante, SLU. y sus sociedades filiales participadas mayoritariamente directa o indirectamente ) y en todo lo no previsto en el citado Convenio Colectivo, se estará a los dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones legales o reglamentarias que resultasen de aplicación.
La jornada laboral del personal adscrito al convenio se desarrollará en jornada completa y se regirá por lo establecido en el artículo 20 del II Convenio de la empresa Extremadura Avante, SLU. y de sus sociedades filiales participadas mayoritariamente directa o indirectamente (DOE n.º 148, de 31 de junio de 2018).
Se podrán contratar servicios externos necesarios para la ejecución de las actuaciones previstas, conforme a las instrucciones internas de contratación de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU., y en cumplimiento de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
3. Sin perjuicio de la cobertura prevista en la Ley 1/2021, de 3 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2021 (DOE núm. 24, de 5 de febrero de 2021) para la financiación de las actuaciones derivadas del presente año, el importe previsto para la anualidad 2022 estará supeditada a la oportuna cobertura presupuestaria designada en la Ley de Presupuestos correspondiente.
4. La ejecución de las actividades por parte de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU., que son financiadas con cargo a esta transferencia no generará ingresos en ningún caso.
5. La Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital realizará las funciones de coordinación, organización y gestión integral, así como la supervisión e inspección, de las actividades que en el ámbito del presente proyecto sean desarrolladas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
Segunda. Modificación del ANEXO I del Convenio.
Se modifica el apartado cinco del ANEXO I del citado Convenio que queda con la siguiente redacción:
Cinco. Medios técnicos y humanos.
Para la realización de estas actividades, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, deberá adscribir 2 técnicos de nivel III con los siguientes perfiles:
Titulación universitaria en ramas de Administración y Dirección de Empresas, Económi­cas, Empresariales o Ingenierías Técnicas.
Experiencia en finanzas y desarrollo de negocios e inversiones, así como en asesoramien­to y orientación empresarial.
Experiencia en actividades de internacionalización. Trabajos anteriores en el ámbito de la captación de inversiones constituyen una ventaja.
Bilingüe en inglés. El dominio de francés y/o portugués a nivel hablado y escrito consti­tuye una ventaja.
Alta disponibilidad para viajar.
En el caso de que fuese necesaria la incorporación de nuevo, se deberá observar las pres­cripciones de la normativa reguladora de la contratación laboral y las previsiones de las co­rrespondientes Leyes de Presupuestos Generales del Estado y de la Comunidad Autónoma, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 27.5 de la Ley 7/2016, de 27 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2017, que prohíbe la incorporación de nuevo personal en las entidades del sector público autonómico.
Las funciones concretas a desempeñar por el personal adscrito a la transferencia serán las derivadas de la ejecución de los servicios y actividades detallados en el punto 4.
La jornada laboral del personal adscrito al convenio será a jornada completa y se regirá por lo establecido en el artículo 20 del II Convenio de la empresa Extremadura Avante, SLU, y de sus sociedades filiales participadas mayoritariamente directa o indirectamente (DOE n.º 148, de 31 de junio de 2018)
El coste previsto para los medios técnicos y humanos es de 191.000,00 euros, con el siguiente desglose:
GASTO Coste previsto 2021 Coste previsto 2022
1. Nóminas y Seguridad Social. (s/ II convenio colectivo Extremadura Avante).2. Dietas y pernoctas (s/ II convenio colectivo Extremadura Avante).3. Gastos generales (telefonía, material de oficina, renting vehículo para desplazamientos, otros gastos). 77.0009.0009.500 82.0009.0004.500
SUMA 95.500,00 € 95.500,00 €
Tercera. Eficacia y publicidad de la Adenda.
La presente adenda tendrá efectos desde su firma por ambas partes. La adenda será publicada en el Diario Oficial de Extremadura.
El resto de las cláusulas, contenidos y actuaciones recogidas en el convenio formalizado con fecha 22 de abril de 2021 permanecen inalteradas.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman la presente adenda.
El Consejero de Economía, Ciencia y Agenda Digital
(DOE n.º 141, de 23 de julio)
El Secretario General
Manuel Jiménez García
El Consejero Delegado de Extremadura Avante Servicios Avanzados a PYMES, SLU.
Miguel Bernal Carrión

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