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RESOLUCIÓN de 3 de noviembre de 2022, de la Consejera, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 118/2022, dictada por el Juzgado Contencioso-administrativo n.º 1 de Badajoz, en el recurso contencioso-administrativo n.º 54/2022.
DOE Número: 223
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 21 de noviembre de 2022
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Sentencias. Ejecución.
Página Inicio: 57127
Página Fin: 57128
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Interpuesto recurso contencioso-administrativo, con número de procedimiento ordinario 54/2022, en el que han sido partes, como recurrente, D.ª María Isabel García Antúnez y D.ª María del Carmen García Antúnez, representadas y asistidas de su Letrado D. Manuel Casco Jaraiz, y como demandada, la Junta de Extremadura, representada y asistida de su Letrado, sobre infracciones y sanciones, que versa sobre:
Resoluciones de la Secretaría General de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, en el expediente sancionador LEP 2020/25, por la que se desestiman los Recursos de Alzadas interpuestos en su día contra las resoluciones sancionadoras dictadas por la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se impone sanción pecuniaria de 13.000 € .
El artículo 9 del Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitación administrativa en la ejecución de sentencias y resoluciones judiciales, establece que el titular del órgano competente dictará la correspondiente resolución en orden al cumplimiento de la sentencia, debiendo ser adoptada dentro del plazo de dos meses, contados desde la fecha en que se reciba el expediente y el testimonio de la sentencia del tribunal que la haya dictado, y será publicada en el Diario Oficial de Extremadura cuando anule o modifique el acto impugnado. Se entenderá suficiente a efectos de su publicación, la inserción en el Diario Oficial de Extremadura que contenga al menos los datos del demandante y demandado, el número de Autos y el contenido del fallo, con expresión de la firmeza de la sentencia o resolución judicial.
De acuerdo con ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el ordenamiento jurídico vigente,
RESUELVE:
Proceder a la ejecución del fallo de la sentencia n.º 118/2022, de once de octubre de dos mil veintidós, de la Sala de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Badajoz, dictada en el recurso contencioso-administrativo con número de procedimiento ordinario 54/2022, llevando a puro y debido efecto el fallo, cuya parte dispositiva dice:
Primero. Estimar parcialmente el recurso contencioso administrativo interpuesto por D.ª María Isabel García Antúnez y D.ª María del Carmen García Antúnez, contra las Resoluciones de la Secretaría General de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, en el expediente sancionador LEP 2020/25, por la que se desestiman los Recursos de Alzadas interpuestos en su día contra las resoluciones sancionadoras dictadas por la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se impone sanción pecuniaria de 13.000 €.
Segundo. Revocar dichas resoluciones por entenderlas no ajustadas a derecho, tan sólo en el extremo de considerar probada y cometida una infracción leve, prevista y sancionada en el artículo 66.2.11 de la Ley 8/1998, de 26 de junio, de Conservación de la Naturaleza y de Espacios Naturales de Extremadura, y modificando el importe de la sanción a imponer en el de sesenta euros (60 €), con todas las consecuencias legales inherentes a dicho pronunciamiento; sin imposición de las costas del procedimiento.
Tercero. Notifíquese la presente resolución a las partes, significándoles que contra la misma no cabe interponer recurso ordinario alguno .
Mérida, 3 de noviembre de 2022.
La Consejera,
PD, (Resolución de 20 de noviembre de 2019,DOE n.º 228, de 26 de noviembre de 2019
La Secretaria General,
CONSUELO CERRATO CALDERA

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