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ANUNCIO de 30 de mayo de 2022 por el que se hace pública la información relativa a la solicitud de adjudicación de la zona de distribución de GLP canalizado en la localidad de Talayuela (Cáceres), correspondiente al expediente CG-664.
DOE Número: 107
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 06 de junio de 2022
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 26468
Página Fin: 26471
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
A los efectos previstos en el artículo 11 del Decreto 183/2014, de 26 de agosto, sobre procedimientos de autorización de instalaciones para el suministro de gases combustibles por canalización en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 168, de 1/9/2014), se hace pública la información relativa a la solicitud de adjudicación de zona de distribución de GLP canalizado, en la localidad de Talayuela (Cáceres), correspondiente al expediente CG-664, cuyos datos principales son los indicados a continuación:
Municipio afectado por las instalaciones proyectadas: Talayuela (Cáceres).
Características principales de la instalación:
1. Emplazamiento: Término municipal de Talayuela (Cáceres).
2. Red de distribución: Formada por canalizaciones de polietileno ajustadas a las normas UNE-EN 12007-2 y UNE-EN 1555.
El listado de coordenadas geográficas correspondientes a la línea perimetral que define la zona de distribución en la que se proyectan las instalaciones (Sistema de referencia ETRS 89 - HUSO 29), se encuentran reflejadas en el ANEXO que se acompaña.
Durante el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de publicación de este Anuncio, las empresas distribuidoras de GLP que estén interesadas, podrán presentar solicitudes en concurrencia, cuyo contenido deberá ajustarse a lo establecido en los artículos 9 y 10 del Decreto 183/2014, de 26 de agosto.
Para la determinación de la línea perimetral que defina la zona de distribución, deberán tomarse como referencia los criterios recogidos en la Instrucción 2/2014 de la Dirección General de Industria y Energía, e Instrucción Complementaria 1/2017 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas sobre la interpretación de zona de distribución autorizada y su delimitación según el artículo 3.2. del Decreto 183/2014, de 26 de agosto, sobre procedimientos de autorización de instalaciones para el suministro de gases combustibles por canalización en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 246 de 23/12/2014).
Las citadas instrucciones y el plano de representación gráfica de la línea perimetral que delimita la zona de distribución definida por estos vértices, se encuentran a disposición de los interesados en la siguiente dirección Web:
http://industriaextremadura.juntaex.es/
No serán consideradas como solicitudes concurrentes aquellas que no se ajusten a lo establecido en el artículo 8 del Decreto 183/2014, de 26 de agosto.
El trámite de publicidad de la solicitud que ha dado origen a la apertura del procedimiento de adjudicación no dará derecho a tomar vista de la misma, conforme a lo establecido en el apartado 2 del artículo 11 del citado Decreto 183/2014, de 26 de agosto.
Cáceres, 30 de mayo de 2022. El Jefe del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, JUAN CARLOS BUENO RECIO.
ANEXO
Coordenadas de la zona de distribución Referencia UTM en HUSO 29 ETRS 89
Coordenadas Coordenadas
N.º vértice X Y N.º vértice X Y
1 789.768 4.432.365 34 789.386 4.431.587
2 789.776 4.432.342 35 789.357 4.431.625
3 789.753 4.432.340 36 789.342 4.431.669
4 789.755 4.432.320 37 789.341 4.431.699
5 789.784 4.432.317 38 789.335 4.431.766
6 789.792 4.432.288 39 789.322 4.431.865
7 789.835 4.432.302 40 789.315 4.431.928
8 789.882 4.432.152 41 789.313 4.431.938
9 789.876 4.432.142 42 789.311 4.431.951
10 789.854 4.432.125 43 789.301 4.432.031
11 789.851 4.432.096 44 789.290 4.432.127
12 789.843 4.432.064 45 789.288 4.432.150
13 789.840 4.432.039 46 789.292 4.432.197
14 789.837 4.432.017 47 789.310 4.432.240
15 789.843 4.431.996 48 789.341 4.432.275
16 789.845 4.431.978 49 789.381 4.432.300
17 789.843 4.431.937 50 789.427 4.432.310
18 789.834 4.431.883 51 789.474 4.432.306
19 789.818 4.431.837 52 789.495 4.432.298
20 789.791 4.431.802 53 789.573 4.432.301
21 789.789 4.431.786 54 789.581 4.432.328
22 789.762 4.431.737 55 789.600 4.432.358
23 789.749 4.431.721 56 789.606 4.432.382
24 789.703 4.431.668 57 789.632 4.432.421
25 789.695 4.431.657 58 789.669 4.432.451
26 789.677 4.431.644 59 789.696 4.432.462
27 789.655 4.431.608 60 789.714 4.432.472
28 789.619 4.431.578 61 789.760 4.432.482
29 789.575 4.431.560 62 789.806 4.432.478
30 789.544 4.431.558 63 789.849 4.432.459
31 789.516 4.431.548 64 789.884 4.432.428
32 789.469 4.431.547 65 789.897 4.432.406
33 789.424 4.431.561 --- --- ---

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