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ANUNCIO de 21 de octubre de 2022 sobre aprobación de la Oferta de Empleo Público para el año 2022.
DOE Número:
212
Tipo:
Ordinario
Fecha Publicación:
viernes, 04 de noviembre de 2022
Apartado:
V ANUNCIOS
Organismo:
AYUNTAMIENTO DE RIBERA DEL FRESNO
Rango:
ANUNCIO
Descriptores:
Oferta de Empleo Público.
Página Inicio:
53498
Página Fin:
53499
Otros formatos:
PDF
XML
TEXTO ORIGINAL
Por Resolución de Alcaldía n.º 2022/525 de fecha 20 de octubre de 2022 de este Ayuntamiento, se aprobó la Oferta de Empleo Público correspondiente a las plazas que a continuación se reseñan para el año 2022.
Personal funcionario
Escala Administración Especial / Subescala de Servicios Especiales:
Grupo
Subgrupo
Clasif.
N.º Vacantes
Denominación
Sistema de Acceso
C
C1
1
Agente de Policía Local
Oposición Libre
Personal laboral:
Categoría laboral
Especialidad
N.º Vacantes
Denominación
Sistema deAcceso
AP
1
Limpiadora
Oposición libre
C2
1
Conserje
Promoción interna
En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante la Alcaldesa-Presidente, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Mérida o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Ribera del Fresno, 21 de octubre de 2022. La Alcaldesa, PIEDAD RODRÍGUEZ CASTREJÓN.
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