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ANUNCIO de 2 de noviembre de 2022 por el que se pone a disposición del público la información relativa al procedimiento de solicitud de modificación sustancial de la autorización ambiental unificada de la instalación destinada a la producción de carbón vegetal, promovida por José Manuel Vega Gata, en Zahínos (Badajoz).
DOE Número: 224
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 22 de noviembre de 2022
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 57389
Página Fin: 57392
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Para dar cumplimiento al artículo 16, punto 5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se comunica al público en general que la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) de ampliación de una instalación destinada a la producción de carbón vegetal, promovida por Jose Manuel Vega Gata, en Zahínos (Badajoz), podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, avenida Valhondo, s/n, de Mérida.
Por otra parte, simultáneamente al periodo de información pública, la solicitud de AAU será remitida por la Dirección General de Sostenibilidad al correspondiente Ayuntamiento, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 16, punto 6 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el artículo 31 y en la disposición transitoria segunda del Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órgano competente para la resolución de la presente solicitud es la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 14.3 de la Ley 16/2015, la AAU precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas.
Los datos generales del proyecto son:
— Categoría Ley 16/2015: 4.2 del ANEXO II del Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, relativas a Instalaciones destinadas a la producción de carbón vegetal , por lo tanto, debe contar con AAU para ejercer la actividad.
— Actividad: producción de carbón vegetal a partir de madera en 6 hornos de ladrillo refractario. En la instalación existen 4 hornos autorizados y se pretende ampliar con dios hornos más.
— Capacidades y consumos: la capacidad de producción de carbón de la instalación contando la ampliación se situará en torno a las 158,76 toneladas de carbón vegetal por hornada con respecto a los 6 hornos de ladrillo refractario. Esto supone un consumo de madera por hornada de 529,20 toneladas.
— Ubicación: Paraje Donde se ahogó Rio Felipe parcelas catastrales 53 y 54 del polígono 1 del término municipal de Zahínos (Badajoz).
— Infraestructuras, instalaciones:
6 hornos de mampostería con el siguiente volumen:
1. Volumen Horno 1: 147 m3.
2. Volumen Horno 2: 147 m3.
3. Volumen Horno 3: 147 m3.
4. Volumen Horno 4: 147 m3.
5. Volumen Horno 5: 147 m3 (ampliación).
6. Volumen Horno 6: 147 m3 (ampliación).
El volumen total útil de los hornos refractarios será de 882 m3 (0,861 Mw cada uno), por lo que la instalación de los hornos de ladrillo refractario tendrá una potencia de 5,16 Mw.
La instalación dispondrá de otros equipos e instalaciones:
Nave almacén 1, 252 m2 (ampliación).
Nave almacén 2, 560 m2 (ampliación).
Nave almacén 3, 900 m2 (ampliación).
Nave almacén 4, 390 m2.
Edificio de aseos y vestuarios, 92,8 m2.
Edificio auxiliar, 14,09 m2.
Zona de enfriado de carbón, 210 m2 (ampliación).
Zona de acopio de madera a la intemperie, 2530 m2.
Fosa recogida de aguas de enfriado, 10,40 m3 (ampliación).
Fosa estanca aguas sanitarias.
Zona de maniobras, 135 m2 (ampliación).
Viales 660 m2.
Cerramiento perimetral, 19361,15 m2.
— Equipos principales.
Báscula.
Tolva.
— Informe de impacto ambiental.
La instalación de gestión de residuos mediante almacenamiento cuenta con evaluación de impacto ambiental en trámite.
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (oficinas que realicen función de registro de cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración Autonómica, de las Entidades que integran la Administración Local que hayan suscrito el correspondiente Convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Telemático de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica), o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Mérida, 2 de noviembre de 2022. El Director General de Sostenibilidad, JESÚS MORENO PÉREZ.

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