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EXTRACTO del Decreto 171/2022, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para actuaciones en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Monfragüe en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la UE Next Generation EU y se aprueba la única convocatoria.
DOE Número: 49
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 13 de marzo de 2023
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Parque Nacional de Monfragüe. Subvenciones.
Página Inicio: 15222
Página Fin: 15225
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 680536
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Beneficiarias.
Podrán resultar beneficiarias de las ayudas reguladas por el presente decreto las siguientes entidades o personas:
a) Los Ayuntamientos de los municipios situados en el Área de Influencia Socioeconómica del Parque Nacional de Monfragüe.
b) Las entidades empresariales que tengan la consideración de pequeñas y medianas empresas, cuya sede social esté radicada en el Área de Influencia Socioeconómica del Parque Nacional de Monfragüe y cuya actividad principal se desarrolle en ella.
c) Los empresarios autónomos en los siguientes supuestos:
1º) Cuando su residencia y actividad se localicen en el Área de Influencia Socioeconómica del Parque Nacional de Monfragüe.
2º) Cuando residan en el Área de Influencia Socioeconómica del Parque Nacional de Monfragüe y pretendan implantar su actividad en ella.
3º) Cuando no residan en el Área de Influencia Socioeconómica del Parque Nacional de Monfragüe pero vengan realizando en el interior de este parque nacional actividades productivas de carácter artesanal ligadas al sector primario, siempre que tales actividades hayan sido específicamente regladas en los instrumentos de planificación de dicho parque.
d) Las personas físicas residentes en el Área de Influencia Socioeconómica del Parque Nacional de Monfragüe.
e) Las fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas y cuya sede social o la de alguna de sus secciones o delegaciones radique en el Área de Influencia Socioeconómica del Parque Nacional de Monfragüe, siempre y cuando entre sus fines estatutarios figure expresamente la realización de actuaciones en materia de conservación o uso sostenible de los recursos naturales, de protección del patrimonio histórico artístico o de promoción de la cultura tradicional. Para ello, es requisito que estén inscritas en el Registro de Asociaciones o Fundaciones de la Junta de Extremadura o en el registro nacional correspondiente al menos con 1 año de antigüedad con respecto a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria a la que concurran. Aquellas entidades no inscritas en el Registro de Asociaciones o Fundaciones de la Junta de Extremadura, pero sí en el registro nacional correspondiente, deberán haber realizado actividades en la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de conservación, en el periodo de un año anterior a la fecha de publicación de la convocatoria.
No podrán obtener la condición de beneficiaria aquellas personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12.2. de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Objeto.
Efectuar la única convocatoria para la anualidad 2023 de las subvenciones para actuaciones en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Monfragüe en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la UE Next Generation EU. Esta área, conforme lo previsto en el artículo 5 y ANEXO IV de la Ley 1/2007, de 2 de marzo, de declaración del Parque Nacional de Monfragüe, se encuentra formada por los siguientes términos municipales ubicados en el Parque Nacional y su Zona Periférica de Protección: Malpartida de Plasencia, Serradilla, Torrejón el Rubio, Jaraicejo, Toril, Serrejón, Casas de Miravete, Casas de Millán, Deleitosa, Casatejada, Saucedilla, Mirabel, Higuera y Romangordo.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 171/2022, de 30 de diciembre de 2022 por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para actuaciones en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Monfragüe en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la UE Next Generation EU y se aprueba la única convocatoria.
Cuarto. Cuantía total de la convocatoria.
Las subvenciones serán del 100 % del coste subvencionable. La cuantía mínima de la subvención será de 10.000 € y la cuantía máxima, en función del tipo de beneficiaria, conforme se indica a continuación:
a) Ayuntamientos: 200.000,00 €.
b) Las fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro: 25.000,00 €.
c) Resto de beneficiarias: 50.000,00 €.
Las ayudas estarán financiadas íntegramente por la Unión Europea a través de los fondos asignados a la Comunidad Autónoma de Extremadura para la financiación de actuaciones en Áreas de Influencia Socioeconómica de los Parques Nacionales con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, mediante el instrumento del Mecanismo de recuperación y resiliencia, aprobado por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, dentro del componente 4, Conservación y restauración de ecosistemas marinos y terrestres y su biodiversidad, línea de inversión I2 Conservación de la biodiversidad terrestre y marina.
Las dotaciones económicas para la presente convocatoria serán financiadas con cargo al proyecto de gasto 20210441 OAPN. Actuaciones en Áreas de Influencias Socioeconómicas del Parque Nacional de Monfragüe , código fondo MR02C04I02, centro gestor 1800030000 y aplicaciones presupuestarias indicadas a continuación:
Anualidad 2023: 1.532.038,84 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/460: 100.000,00 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/489: 306.407,77 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/760: 819.223,30 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/770: 306.407,77 €.
Anualidad 2024: 1.532.038,84 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/460: 100.000,00 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/489: 306.407,77 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/760: 819.223,30 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/770: 306.407,77 €.
Anualidad 2025: 766.019,41 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/760: 459.611,65 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/770: 306.407,76 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes será de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación simultánea de la convocatoria y del presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Sexto. Acciones subvencionables.
Se consideran acciones subvencionables aquellas que se determinan en el artículo 4 del decreto por el que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas.
Mérida, 30 de diciembre de 2022.
La Secretaria General,
MARÍA CONSUELO CERRATO CALDERA

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