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EXTRACTO de la Línea II de la Resolución de 24 de febrero de 2023, de la Secretaría General, de convocatoria de subvenciones destinadas a apoyar a Entidades Asociativas de la Economía Social y el Autoempleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023.
DOE Número:
45
Tipo:
Ordinario
Fecha Publicación:
martes, 07 de marzo de 2023
Apartado:
III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo:
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO
Rango:
EXTRACTO
Descriptores:
Economía Social. Subvenciones.
Página Inicio:
14205
Página Fin:
14206
Otros formatos:
PDF
XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):679240
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.gob.es):
Primero. Beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas, de acuerdo con los requisitos y condiciones establecidos en la orden de bases reguladoras, las entidades asociativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura con ámbito de actuación autonómico y carácter intersectorial, integradas exclusivamente por trabajadoras y trabajadores autónomos.
No podrán obtener la condición de beneficiarias las federaciones y confederaciones de entidades asociativas ni las organizaciones profesionales y/o empresariales agrarias.
Segundo. Objeto.
Las presentes subvenciones tienen por objeto apoyar el funcionamiento de las entidades asociativas del trabajo autónomo, como medida de fomento del autoempleo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para que puedan conseguir de forma eficaz el cumplimiento de los fines que les son propios, esto es la defensa y promoción de sus miembros y de la actividad e intereses que representen.
Tercero. Bases reguladoras.
Mediante la Orden de 9 de junio de 2021 se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas a apoyar a Entidades Asociativas de la Economía Social y el Autoempleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 112, de 14 de junio de 2021).
Cuarto. Cuantía máxima y financiación.
El importe total del crédito destinado a esta convocatoria será de 428.669,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 120100000 G/325A/48000 TE24001001 y código de proyecto 20100166 Ayudas entidades asociativas , siendo la fuente de financiación Transferencia del Estado por importe de 428.669,00 euros recogida en la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023 (DOE extraordinario núm. 3, de 31 de diciembre).
El importe del crédito destinado a esta Línea II: subvenciones destinadas a apoyar el funcionamiento de las entidades asociativas de trabajadores y trabajadoras autónomas será de 138.669,00, con cargo a la aplicación presupuestaria y proyecto indicados.
Las entidades beneficiarias podrán obtener una subvención de hasta 45.000,00 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
La solicitud podrá presentarse en los 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria y del presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Sexto. Otros datos.
Las entidades solicitantes estarán obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con la administración competente para la tramitación de las presentes subvenciones.
Las solicitudes de subvención y de abono estarán disponibles en el portal web de información al ciudadano de la Junta de Extremadura, www.juntaex.es, y se presentarán de forma electrónica a través del Registro Electrónico General, de la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura, https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf, en los términos de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mérida, 24 de febrero de 2023.
La Secretaria General,
MARÍA CURIEL MUÑOZ
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