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ANUNCIO de 27 de diciembre de 2022 por el que se pone a disposición del público la información relativa al procedimiento de modificación sustancial de la autorización ambiental integrada concedida mediante Resolución de 4 de abril de 2008, por la extinta Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental, por la que se otorgó AAI a Hermanos Arroyo Zapata, SL, para explotación porcina, en el término municipal de Puebla de Sancho Pérez.
DOE Número: 7
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 11 de enero de 2023
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 3220
Página Fin: 3222
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Para dar cumplimiento a el artículo 10.3 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación y a el artículo 15.5 del Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, y a el artículo 66.1 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de Protección Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura se comunica al público en general que la modificación sustancial de la autorización ambiental integrada (AAI) y el estudio de impacto ambiental de la explotación porcina, ubicada en el término municipal de Puebla de Sancho Pérez (Cáceres), titularidad de Hermanos Arroyo Zapata, SL, podrá ser examinada, durante 30 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura (DOE), en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, Avenida de Valhondo, s/n, Modulo II, 2ª planta, de Mérida.
Por otra parte, la solicitud de modificación sustancial de AAI y el estudio de impacto han sido remitidos por la DGS al correspondiente Ayuntamiento, al cual se le ha solicitado que promueva la participación de los interesados en este procedimiento.
Es Órgano competente para el otorgamiento de la autorización ambiental integrada y la formulación de la declaración de impacto ambiental relativa al proyecto, la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1 d) y e) del Decreto 170/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad. Así mismo, la declaración de impacto ambiental producirá en sus propios términos los efectos de la calificación rústica, acreditando la idoneidad urbanística de los bienes inmuebles sobre los que pretende implantarse la actividad, por disponerlo así el artículo 71.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Estas dos figuras administrativas autorizan y condicionan la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme a los artículos 11.4 y 91.1 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, la AAI y la DIA son anteriores al resto de autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a la licencia urbanística. Asimismo, para dar cumplimiento al artículo 11.2 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, la AAI incluirá las actuaciones relativas a la evaluación de impacto ambiental del proyecto.
Los datos generales del proyecto son:
Categoría:
Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre. En particular, está incluida en la categoría 9.3.b. del ANEXO I relativa a Instalaciones destinadas a la cría intensiva de cerdos que dispongan de más de 2.000 plazas para cerdos de cebo de más de 30 kg .
Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en particular en las categorías 9.1 y 9.3 del ANEXO II de la Ley 16/2015, de 23 de abril, relativas a Instalaciones para la valorización o eliminación, en lugares distintos de los vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas en el anexo I e Instalaciones de gestión de residuos mediante almacenamiento de los mismos, con carácter previo a su valorización o eliminación, excepto los puntos limpios ; respectivamente.
Grupo 1.d del Anexo IV de la referida Ley, relativo a Instalaciones destinadas a la cría de animales en explotaciones ganaderas reguladas por el Real Decreto 348/2000, de 10 de marzo, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico la Directiva 98/58/CE, relativa a la protección de los animales en las explotaciones ganaderas , por lo tanto, debe someterse al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinario.
Actividad:
El proyecto consiste en la instalación de una planta de compostaje con una capacidad de producción de 4,7 tm/dia, dentro de una explotación porcina existente con capacidad de 4.121 animales de cebo.
Ubicación:
La explotación instalación se ubica en el término municipal de Puebla de Sancho Pérez (Badajoz), concretamente en el polígono 11, parcelas 92, 87, 86, 88, 89, 114 y 79. La superficie total vinculada al proyecto es de 26,6 hectáreas.
Infraestructuras, instalaciones y equipos principales:
La explotación dispondrá naves de secuestro con capacidad suficiente.
Para el almacenamiento de purines y aguas de limpieza de las instalaciones, la explotación dispondrá de fosa/balsa impermeabilizadas.
Patios.
Planta compostaje.
Lazareto para la observación de animales enfermos o sospechosos de estarlo.
Estercolero.
Vestuarios.
Zona de almacenamiento de cadáveres.
Pediluvios.
Vado sanitario.
Muelle de carga y descarga.
Cerramiento.
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (oficinas que realicen función de registro de cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración Autonómica, de las Entidades que integran la Administración Local que hayan suscrito el correspondiente Convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Telemático de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica), o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Protección Ambiental de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad
Mérida, 27 de diciembre de 2022. El Director General de Sostenibilidad, JESÚS MORENO PÉREZ.

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