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EXTRACTO del Acuerdo de 22 de noviembre de 2024, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las ayudas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación agrupada en la Feria Salón Gourmets para el ejercicio 2025 (Código FI25GOUR).
DOE Número: 234
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 02 de diciembre de 2024
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: EXTREMADURA AVANTE SERVICIOS AVANZADOS A PYMES, SLU
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Promoción empresarial. Ayudas.
Página Inicio: 61798
Página Fin: 61800
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 799174
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publsica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es ) y en el presente DOE.
Primero. Beneficiarios.
Podrán tener la condición de beneficiarios de las ayudas reguladas en el presente acuerdo, las personas físicas y jurídicas que, cumpliendo los requisitos establecidos en la misma, tengan la consideración de pequeña y mediana empresa y ejerzan una actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y que cumplan con los requisitos exigidos en el artículo 3 del Decreto 137/2024, de 5 de noviembre.
Segundo. Convocatoria y objeto.
El presente acuerdo tiene por objeto realizar la convocatoria de las ayudas en especie, en régimen de concurrencia competitiva y en cumplimiento del Decreto 137/2024, de 5 de noviembre, publicada en DOE n.º 220, de 12 de noviembre de 2024, para la realización de las siguientes acciones de promoción de carácter internacional.
Feria Salón Gourmets 2025
Código de la acción de promoción: FI25GOUR
Madrid (España), del 7 al 10 de abril de 2025
www.gourmets.net/salon-gourmets
Tercero. Bases reguladoras.
El Decreto 137/2024, de 5 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas por parte de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, dirigidas a la promoción internacional de la pyme extremeña.
Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes será de 6 días hábiles, y se computará a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de la convocatoria y el presente extracto, en el Diario Oficial de Extremadura.
Quinto. Cuantía.
Para la acción de promoción objeto de la convocatoria, se indican el importe máximo de la convocatoria y la cuantía máxima de la ayuda por beneficiario:
Feria Salón Gourmets 2025
Importe máximo de la convocatoria: 360.000,00€
Importe máximo de la ayuda por beneficiario: 7.200,00€
Número máximo de beneficiarios a seleccionar: 50
Sexto. Financiación.
1. Las ayudas que regula este Acuerdo de convocatoria se financiarán con cargo al Programa Operativo FEDER de Extremadura 2021-2027, recibiendo una cofinanciación de 85% del fondo, y estando encuadrada en el Objetivo Político 1: Una Europa más competitiva y más inteligente , Prioridad de Inversión: 1.A ‘Transición Digital e Inteligente , Objetivo específico 1 iii). el refuerzo del crecimiento sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de empleo en estas, también mediante inversiones productivas .
2. La acción de promoción de carácter internacional será financiada con base en la transferencia presupuestaria que figura en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura del ejercicio 2024 TE: Extremadura Avante Servicios Avanzados Pymes: Promoción Internacional de la Pyme Extremeña , formalizada a través de la firma del Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual a favor de la Empresa Pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la ejecución del programa de promoción internacional de la pyme extremeña para el periodo 2023-2026.
Séptimo. Otros.
Las ayudas previstas en esta convocatoria se hallan acogidas al régimen de mínimis, sujetándose a lo establecido en el Reglamento (UE) 2023/2831, de la Comisión de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis (DOUE Serie L, de 15 de diciembre), no pudiendo superar la ayuda total de mínimis la cantidad de 300.000 euros en los tres años previos.
Mérida, 22 de noviembre de 2024.
El Consejero Delegado de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU,
MIGUEL ÁNGEL MENDIANO CALLE

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