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RESOLUCIÓN de 18 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y la Diputación Provincial de Cáceres para la ejecución de la Medida 4.3.5 del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020 en materia de caminos rurales públicos.
DOE Número: 24
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 03 de febrero de 2023
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: consejería de hacienda y administración pública
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Convenios.
Página Inicio: 8027
Página Fin: 8029
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 31 de octubre de 2022, la Adenda del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y la Diputación Provincial de Cáceres para la ejecución de la Medida 4.3.5 del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020 en materia de caminos rurales públicos, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del convenio que figura como ANEXO de la presente resolución.
Mérida, 18 de enero de 2023.
La Secretaria General.
PA, Resolución de 01/03/2021,DOE n.º 43, de 4 de marzo de 2021.
La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación,
M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN
ADENDA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO Y LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES PARA LA EJECUCIÓN DE LA MEDIDA 4.3.5 DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE EXTREMADURA 2014-2020 EN MATERIA DE CAMINOS RURALES PÚBLICOS
Mérida, 31 de octubre de 2022.
REUNIDOS
De una parte, D.ª Begoña García Bernal, Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, en virtud del Decreto del Presidente 19/2019, de 1 de julio, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
De otra, D. Carlos Carlos Rodríguez, Presidente de la Diputación Provincial de Cáceres, en adelante Diputación Provincial, en representación de dicha institución, de acuerdo con lo que establece el artículo 35.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, cargo para el que fue elegido por acuerdo de sesión plenaria celebrada el día 12 de enero de 2021.
En la condición que intervienen, las partes se reconocen mutuamente la capacidad necesaria para el otorgamiento de la presente Adenda al convenio, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero. Que con fecha 9 de noviembre de 2020 se firmó un convenio entre la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Cáceres para la ejecución de la medida 4.3.5 del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020 en materia de caminos rurales públicos.
Segundo. Que para su debido cumplimiento, la Diputación de Cáceres ha venido ejecutando las obras aprobadas en el Plan de actuaciones elaborado por la Comisión Técnica y de Valoración, prevista en la cláusula quinta del Convenio.
Tercero. Que, dado que el actual estado de ejecución no permite que todas las obras las iniciadas estén concluidas para la fecha de finalización del convenio (31 de octubre de 2022), se considera necesario activar la prórroga contemplada en la cláusula 8ª del mismo, posibilitando, mediante esta adenda, el pleno cumplimiento de las obligaciones asumidas por ambas partes para la consecución de los fines perseguidos por el Convenio.
Por todo lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda que se regirá por las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Prórroga de la duración del convenio.
En virtud de lo establecido en la cláusula octava del convenio, y para posibilitar la ejecución de los fines previstos en la cláusula primera del mismo, queda prorrogada su duración hasta el 30 de septiembre de 2024.
Segunda. Mantenimiento del clausulado del convenio.
Se mantienen plenamente en vigor todos y cada uno de los términos y condiciones del convenio firmado por las partes con fecha de 9 de noviembre de 2020, en lo no modificado por la presente adenda.
Y en prueba de conformidad, se firma la presente adenda por triplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha al inicio indicados.
Por la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio,
BEGOÑA GARCÍA BERNAL
Por la Diputación Provincial de Caceres,
CARLOS CARLOS RODRÍGUEZ

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