Junta de Extremadura

Página Web del Diario Oficial de Extremadura

Ultimos Diarios Oficiales

AVISO: La traducción a portugués deriva de un proceso automático con carácter informativo.

Logo DOE
Logo DOE

EXTRACTO de la Resolución de 14 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento y apoyo de la seguridad minera en Extremadura, para el ejercicio 2023.
DOE Número: 81
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 28 de abril de 2023
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Minas. Subvenciones.
Página Inicio: 27774
Página Fin: 27775
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 689827
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones todas las personas físicas y jurídicas que sean empresas privadas, que realicen actividades mineras en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, como titular de la misma o como contratada, en el ámbito de aplicación del Real Decreto 863/1985, de 2 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera.
Asimismo, podrán ser beneficiarios las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos y actividades subvencionadas con arreglo a la resolución de convocatoria.
Segundo. Objeto.
Con la presente convocatoria de ayudas se subvencionarán para el ejercicio 2023, en régimen de concurrencia competitiva, actuaciones destinadas al fomento y apoyo a la seguridad minera en las empresas que desarrollen su actividad minera en Extremadura, posibilitando la aplicación de nuevas tecnologías orientadas a la mejora de las condiciones laborales en las explotaciones y establecimientos de beneficios, regulados por la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas.
Tercero. Bases reguladoras.
La convocatoria se rige por las normas contenidas en el Decreto 209/2017, de 28 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento y apoyo a la seguridad minera en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 232, de 4 de diciembre).
Cuarto. Cuantía.
La cuantía de las subvenciones será del 40 % del coste de la inversión elegible, con un límite máximo de 40.000 euros por beneficiario. A esta convocatoria se destinará una cantidad total de 250.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 18002 322A 77000 y proyecto 20170281 Ayudas a la Seguridad Minera de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria y del presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Sexto. Otros datos.
Las actividades subvencionadas se ejecutarán, en todo caso, con posterioridad a la presentación de la solicitud de ayuda. La ejecución material y certificación de la actuación objeto de subvención deberá ser completada por el beneficiario de manera que la acreditación de los pagos realizados, así como la justificación de las inversiones realizadas sea entregada a la Dirección General de Industria, Energía y Minas antes del 15 de noviembre de 2023.
Mérida, 14 de abril de 2023.
La Secretaria General,
CONSUELO CERRATO CALDERA

Otras Opciones

2024 © Junta de Extremadura. Todos los derechos reservados Icono Normativa ELI Icono Icono RSS RSS Icono Accesibilidad Icono Mapa del sitio Icono Aviso Legal