RESOLUCIÓN de 26 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se acuerda de forma conjunta la apertura de la fase de consulta pública previa, sugerencias, así como el periodo de audiencia e información pública en relación con el proyecto de Decreto por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la conservación de las especies protegidas y hábitats de interés en explotaciones agrarias y ganaderas y primera convocatoria.
TEXTO ORIGINAL
A través de los artículos 7 y 40 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura se reconoce el derecho de los ciudadanos a participar en la elaboración de disposiciones de carácter general mediante la remisión de sugerencias. Para que dicha participación sea efectiva, se establece que la Administración Autonómica publicará los procedimientos de elaboración normativa que estén en curso, indicando su objeto, estado de tramitación y el proyecto normativo.
En este mismo sentido el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, regula la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos, estableciendo que:
1. Con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias .
Asimismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 66.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 24.1 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el procedimiento de aprobación de las bases reguladoras y convocatoria de las subvenciones financiables con fondos europeos se tramitará por la vía de urgencia, efectuándose conjuntamente los trámites de consulta, audiencia e información pública.
En cumplimiento de las citadas normas,
RESUELVO:
Primero. La apertura de un plazo común de siete días naturales a contar desde la publicación del proyecto de decreto en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura a fin de que cualquier persona física o jurídica interesada pueda examinar el texto del proyecto indicado y formular las proposiciones, sugerencias o recomendaciones que estime oportunas.
Los sujetos y organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, podrán manifestar su opinión, en el formulario anexo a la presente resolución, con base en lo siguiente:
a) Antecedentes de la norma.
El Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura atribuye a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, entre otras, las competencias en materia de conservación de la naturaleza y áreas protegidas.
Conforme se establece en el Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, atribuye a la Dirección General de Sostenibilidad (en adelante, DGS), la promoción, ejecución y control en materia de conservación de la naturaleza y el medio ambiente. Asimismo, es competente en la programación y propuesta de actuaciones en relación con las áreas naturales protegidas y la biodiversidad.
Además, le corresponden la planificación, gestión y control de las actividades y proyectos con repercusiones en el medio ambiente, la evaluación ambiental de planes, programas y proyectos, así como, el otorgamiento de las autorizaciones ambientales a que se encuentren sujetas los proyectos y actividades, así como su control y seguimiento.
b) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
Se pretende la implicación de los titulares de explotaciones agrarias y ganaderas en la conservación de los hábitats, especies protegidas y espacios de la Red Natura 2000 y otros parajes de alto valor natural, en virtud de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 8/1998, de 26 de junio, de Conservación de la Naturaleza y Espacios Naturales de Extremadura que establece que las Administraciones y, en su caso, los titulares de las explotaciones insertas asegurarán el mantenimiento y conservación de los recursos naturales con independencia de su titularidad o régimen jurídico, garantizando que la gestión de aquélla se produzca sin merma de su potencialidad económica, social y medioambiental para satisfacer las necesidades de las generaciones futuras.
c) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
Mediante el citado proyecto de decreto, se regula el procedimiento a seguir en la tramitación y resolución de las ayudas para la conservación de especies protegidas y hábitats de interés en explotaciones agrarias y ganaderas, de conformidad con el Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021.
La base reguladora establece las actuaciones concretas a subvencionar que pueden conformar el proyecto para la conservación de las especies protegidas y hábitats de interés en explotaciones agrarias y ganaderas, agrupados en las siguientes categorías:
— Mejora del hábitat agrícola en cultivos de secano para favorecer especies esteparias amenazadas.
— Mejora de pastizales en hábitats de gestión agropecuaria.
— Arreglo de tejados e instalación de nidos artificiales para la mejora de especies de aves y quirópteros amenazados.
— Mejora de los hábitats de quercíneas en explotaciones agrarias favoreciendo el paisaje en mosaico
— Mejora de la disponibilidad de agua para fauna amenazada.
— Eliminación de riesgos para la fauna y flora amenazada en infraestructuras ganaderas.
— Recuperación de otros elementos: muros de piedra, fuentes y similares
La regulación de este decreto se ajusta a lo previsto en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, regulando los extremos que recoge el artículo 16 de la citada norma y estableciendo como procedimiento de concesión el ordinario en régimen de concurrencia competitiva.
d) Los objetivos de la norma.
Establecer las bases reguladoras de las ayudas para la realización de proyectos dirigidos a la conservación de las especies protegidas y hábitats de interés en explotaciones agrarias y ganaderas incluidas en la Red Natura 2000 u otros parajes de alto valor natural que contemplen una o varias actuaciones subvencionables.
Mediante estas subvenciones se contribuirá a la protección, restauración y uso sostenible de los espacios protegidos, la conservación de determinados hábitats y especies de fauna y flora incluidas en los anexos I y II de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura (aprobado por Decreto 37/2001, de 6 de marzo). Las actuaciones subvencionables se regulan en el artículo 4 del presente decreto y se describen en el anexo III.
e) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
No proceden.
Las opiniones, proposiciones, sugerencias o recomendaciones podrán presentarse a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o a través del siguiente correo electrónico: dgs.agds@juntaex.es
Segundo. El horario y lugar de exposición del proyecto de decreto al que se refiere esta resolución será, durante los días señalados, de 10:00 horas a 14:00 horas en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad, Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, Edificio III Milenio, avda. Valhondo, s/n., Módulo 2-4.ª planta de Mérida (Badajoz).
El proyecto normativo estará a disposición de los ciudadanos en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura, así como en el Portal de la Dirección General de Sostenibilidad http://extremambiente.juntaex.es/
Mérida, 26 de junio de 2025. La Secretaria General, MARÍA DE LA CONCEPCIÓN MONTERO GÓMEZ.
ANEXO
FORMULARIO DE CONSULTA PÚBLICA
Proyecto de Decreto por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la conservación de las especies protegidas y hábitats de interés en explotaciones agrarias y ganaderas y primera convocatoria.
Aspectos planteados
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Sugerencias de los interesados
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1. Identificación de los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
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2. Necesidad y oportunidad de su aprobación.
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3. Objetivos de la norma.
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4. Posibles soluciones alternativas regulatorias o no.
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