ANUNCIO de 9 de enero de 2025 por el que se publica el acuerdo de inicio y trámite de audiencia de revocación de la ayuda a la creación de empresas para jóvenes agricultores y agricultoras en la Comunidad Autónoma de Extremadura, presentadas al amparo del Decreto 7/2019, de 5 de febrero y Resolución de 20 de mayo de 2021, por la que se establece la convocatoria para el ejercicio 2021.
TEXTO ORIGINAL
El Decreto 7/2019, de 5 de febrero, establece las bases reguladoras y normas de aplicación del régimen de ayudas a la creación de empresas para jóvenes agricultores y agricultoras en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 27, de 8 de febrero). Mediante Resolución de 20 de mayo de 2021, se convocaron las ayudas a la creación de empresas para jóvenes agricultores y agricultoras en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2021 (DOE número 100, de 27 de mayo de 2021), acogidas al citado Decreto 7/2019.
El Decreto 7/2019 establece, en su artículo 17, que, para dotar de mayor efectividad a las comunicaciones con las personas solicitantes, los requerimientos de subsanación de solicitudes, la notificación de los trámites de audiencia, y de los puntos obtenidos y de las propuestas provisionales de resolución, se podrán efectuar mediante publicación de anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, que indicará el lugar y el medio utilizado en el que se encuentra expuesta la relación de interesadas afectadas, así como el acto de que se trate.
El artículo 26 del Decreto 7/2019 establece que el plazo para la justificación de las actuaciones previstas en el año inicial del Plan Empresarial será de 15 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo establecido en el artículo anterior para la ejecución del Plan Empresarial. ( ) Transcurrido el plazo establecido para la justificación sin haberse presentado la misma ante el órgano instructor, este requerirá a la persona beneficiaria para que en el plazo improrrogable de quince días hábiles sea presentada a los efectos previstos en este artículo. La falta de presentación de la justificación en el plazo establecido en este apartado, o la justificación insuficiente, llevará consigo la revocación de la resolución de concesión .
En los expedientes cuyos titulares se relacionan en el anexo han transcurrido los plazos que se han citado y no se han presentado las correspondientes solicitudes de pago, por lo que se comunica a los interesados el acuerdo de inicio del procedimiento de revocación de las ayudas, y la apertura de un trámite de audiencia, adoptados mediante resolución del Director General de Política Agraria Comunitaria.
Se informa que podrán conocer dicho trámite de audiencia a través de la notificación individual tramitada mediante la plataforma LABOREO.
https://laboreo.juntaex.es/
Igualmente se informa que podrán presentar la documentación requerida a través de la plataforma ARADO en la siguiente dirección web, siempre que dispongan de certificado digital o DNI electrónico.
https://aradoacceso.juntaex.es/
Mérida, 9 de enero de 2025. La Jefa de Sección de Mejora y Modernización de Explotaciones Agrarias II, MÓNICA ARREBOLA BENÍTEZ.
ANEXO
Relación de interesados a los que se les comunica el acuerdo de inicio y trámite de audiencia de revocación de la ayuda a la creación de empresas para jóvenes agricultores y agricultoras en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2021, presentadas al amparo del Decreto 7/2019, de 5 de febrero.
CIF/NIF
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NOMBRE
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***8674**
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SANCHEZ MUGA, LAURA
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***0642**
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GARRIDO RODRIGUEZ, VANESSA
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***7148**
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JIMENEZ SAAVEDRA, VICTORIANO
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***7443**
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SEQUEDO ROMERO, MARIA JESUS
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***8786**
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SÁNCHEZ-MORO RABAZO, ANTONIO
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***8822**
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DURAN DOBLADO, JUAN CARLOS
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