RESOLUCIÓN de 23 de marzo de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta, de fecha 9 de marzo de 2026, suscrita por los miembros integrantes de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo para los trabajadores de la empresa UTE Limpieza de Plasencia, para los servicios públicos de recogida de residuos sólidos urbanos, recogida selectiva en origen, transporte de los residuos y limpieza viaria de la ciudad de Plasencia en la que se recoge el acuerdo para proceder a la modificación de la disposición adicional cuarta del citado convenio.
TEXTO ORIGINAL
Visto el texto del Acta, de fecha 9 de marzo de 2026, suscrita por los miembros integrantes de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo para los trabajadores de la empresa UTE Limpieza de Plasencia, para los servicios públicos de recogida de residuos sólidos urbanos, recogida selectiva en origen, transporte de los residuos y limpieza viaria de la ciudad de Plasencia (código de convenio 10100051012015, publicado en DOE de 4 de marzo de 2026), en la que se recoge el acuerdo para proceder a la modificación de la disposición adicional cuarta del citado convenio.
Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad, y en el artículo 6 del Decreto 187/2018, de 13 de noviembre, que crea el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Esta Dirección General de Trabajo,
ACUERDA:
Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 23 de marzo de 2026.
La Directora General de Trabajo,
PILAR BUENO ESPADA
ACTA DE LA REUNIÓN DE LA MESA NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO PARA LAS PERSONAS TRABAJADORAS DE LA EMPRESA UTE LIMPIEZA DE PLASENCIA PARA LOS SERVICIOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS, RECOGIDA SELECTIVA EN ORIGEN, TRANSPORTE DE RESIDUOS Y LIMPIEZA VIARIA DE LA CIUDAD DE PLASENCIA.
Asistentes.
Por la Empresa:
Francisco Javier Ridruejo Barquilla.
Jaime Martin Lara.
Rafael Pavón Bautista (ausente).
Por la parte social:
Álvaro Sánchez Martin (CSIF).
Juan Pedro Sánchez Tomé (CSIF).
Francisco Luis Lucas Díaz (CSIF).
Miguel A. García Delgado (CCOO).
Ismael Martin Sánchez (UGT).
Jose Pedro Bermejo Cobos (asesor CSIF).
En Plasencia, a 9 de marzo de 2026, siendo las 11:00 horas, se reúnen en las dependencias de CSIF en la ciudad de Plasencia, los al margen referenciados, constando debidamente citadas todas las partes, con el objeto de tratar los siguientes asuntos:
Primero. Escrito dirigido a la comisión negociadora.
Se reúne la comisión negociadora del convenio colectivo para las personas trabajadoras de la empresa UTE Limpieza de Plasencia para los servicios de recogida de residuos sólidos urbanos, recogida selectiva en origen, transporte de residuos y limpieza viaria de la ciudad de Plasencia, como consecuencia de la comunicación recibida de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital de la Junta de Extremadura con número de referencia cod. Conv. REGCON 10100051012015.
En dicha comunicación se insta a la comisión negociadora a la elaboración de un protocolo de actuación que recoja medidas de prevención de riesgos específicamente referidas a la actuación frente a catástrofes y otros fenómenos meteorológicos adversos.
Segundo. Modificación de la disposición adicional cuarta.
Las partes en atención a lo solicitado por la autoridad laboral, acuerdan trasladar los términos del acuerdo alcanzado entre empresa y representación legal de las personas trabajadoras en cuanto al protocolo de actuación ante situaciones de emergencia climática de fecha 9 de febrero de 2026.
En consecuencia, se modifica la redacción de la disposición adicional cuarta, eliminando el texto y sustituyéndolo por el siguiente:
Disposición adicional cuarta. Protocolo de actuación en situaciones de emergencia climática.
1. Objeto: Establecer las medidas preventivas y de actuación necesarias para garantizar la seguridad y salud de las personas trabajadoras del servicio de limpieza viaria y recogida de residuos de la ciudad de Plasencia, ante situaciones de riesgo grave e inminente derivadas de fenómenos meteorológicos adversos o condiciones climáticas extremas, de conformidad con la Ley 31/1995, de prevención de riesgos laborales.
2. Ámbito de aplicación: Resultara aplicable a toda la plantilla del servicio de Plasencia, con independencia de categoría profesional, tipo de contrato, antigüedad o turno de trabajo. Incluye limpieza viaria manual y mecanizada, recogida de residuos, baldeos, conductores y/o peones en casco urbano, barrios, polígonos y zonas periféricas.
3. Contexto climático y riesgos específicos de Plasencia: Altas temperaturas estivales, frío y heladas invernales, lluvias intensas, tormentas y viento fuerte. Riesgos agravados en casco histórico, zonas con pendiente y tráfico rodado.
4. Activación del protocolo: Se toma en consideración la información meteorológica facilitada por la Agencia Española de Meteorología (AEMET), o los avisos de Protección Civil (112) para la planificación de las medidas necesarias para proteger frente a los posibles fenómenos meteorológicos adversos (en adelante FMA) englobados en el epígrafe de riesgos naturales, pudiendo ser:
a. Inclemencias invernales adversas.
b. Lluvias fuertes y persistentes. Tormentas.
c. Vientos fuertes.
d. Olas de calor.
e. Otros fenómenos meteorológicos adversos: niebla, polvo en suspensión.
Las medidas preventivas dependerán directamente del nivel de aviso decretado, así, si el aviso proporcionado por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) es:
— Verde: no existe riesgo meteorológico.
— Amarillo: El riesgo es bajo.
— Naranja: Existe riesgo meteorológico importante (fenómenos meteorológicos no habituales y con cierto grado de peligro para las actividades usuales).
— Rojo: El riesgo meteorológico es extremo (fenómenos meteorológicos no habituales, de intensidad excepcional y con un nivel de riesgo para la población muy alto).
Se activará por alerta de AEMET para la zona de Plasencia, zona de avisos: Tajo y Alagón, superación de umbrales térmicos de riesgo, evaluación del servicio de prevención o comunicación de riesgo por personas trabajadoras o delegados de prevención.
Se revisará la predicción meteorológica por si hubiera actualizaciones.
5. Medidas preventivas generales: Las medidas preventivas dependerán directamente del nivel de aviso decretado, tras la evaluación del servicio de prevención o comunicación de riesgo por trabajadores/as o delegados/as de prevención. La comunicación de las personas trabajadoras se hará de forma directa a los capataces o delegados de prevención, siendo estos últimos los encargados de avisar a los capataces para la adopción de medidas necesarias. Tomar decisiones personales pueden revertir la situación y agravar el riesgo.
Como norma general se establecen las siguientes medidas preventivas para diversos FMA.
a. Altas temperaturas (Olas de calor): Se estará a lo dispuesto en el protocolo de actuación frente altas temperaturas para el servicio de recogida de residuos sólidos urbanos, recogida selectiva en origen, transporte de los residuos y limpieza viaria de la ciudad de Plasencia.
De manera que se establecen las siguientes recomendaciones generales:
Adaptación de horarios, priorización de primeras horas del día en verano, reducción de tiempos de exposición, rotación de tareas, pausas obligatorias, hidratación garantizada y dotación de EPIs adecuados.
Recomendaciones:
— Hidratación. Aumenta el consumo de agua sin esperar a tener sed. Se aconseja llevar varios depósitos de agua uno de ellos, si es posible, con agua congelada para refrescar el resto de los depósitos.
— Llevar gorra, y si es necesario humedecerla para refrescarse.
— No realizar contrastes bruscos de temperatura tanto en el momento de beber como refrescándose, sobre todo en períodos de digestión.
— Planificación de los trabajos para evitar las zonas de sol o reducir la permanencia en ellas con la rotación de los trabajos en la jornada.
— Tomar alimentos frescos y ligeros, y evitar las bebidas con cafeína, alcohol o muy azucaradas.
— Usar protección solar. Todos sabemos que la exposición al sol es perjudicial para la piel.
b. Lluvias intensas e inundaciones: Acción prioritaria de limpieza de imbornales para evitar obstrucciones y facilitar el drenaje. Asegurar contenedores que puedan ser arrastrados. Limpieza intensiva de puntos propensos a inundaciones.
Recomendaciones:
— Mantener la comunicación.
— Mantenerse fuera del radio de acción de los vehículos.
— Extremar la precaución y llevar los reflectantes del equipo bien limpios, así como el calzado y los guantes de seguridad.
— Mirar el suelo que se pisa.
— No correr al desplazarse por zonas de tránsito, escaleras y vías de circulación.
— No usar el móvil pero si se debe hacer, situarse en un lugar seguro.
— No llevar auriculares, que impidan escuchar avisos de vehículos o compañeros.
— No cruzar por zonas inundables. Evitar inmediaciones de ríos, grandes charcos y otras masas de agua.
— Evitar caminar por zonas arboladas, jardines o parques debido al riesgo de caída de ramas.
— Alejarse de cornisas, muros, andamios, grúas, letreros luminosos y vallas publicitarias.
— Limitar la velocidad de los vehículos.
— Aumento de la distancia entre vehículos.
c. Vientos fuertes: Asegurar que no se producen desplazamientos de los contenedores de la vía pública. Retirada de ramas o materiales caídos que obstaculicen la vía.
d. Nevadas y heladas: Esparcido de sal para evitar caídas priorizando el acceso a puntos estratégicos.
6. Medidas específicas:
6.1. Olas de calor (altas temperaturas):
Para el turno de mañana, se mantiene el horario establecido en convenio de 06:30 a 13:00. No se adelanta para respetar el descanso de los vecinos por ruidos y entre 12:00 y 13:00 existe poco diferencial de calor. Excepción: Para el personal que realice las tareas de desbroce, los 20 minutos de descanso establecido por convenio no se realizará, compensándolo terminando su jornada media hora antes.
Para el turno de tarde, se mantiene el horario establecido en convenio de 14:00 a 20:30, a excepción de alertas.
Se establece un segundo descanso adicional en el horario de tarde, en el periodo comprendido entre el 15 de junio y el 15 de septiembre, como pausa de hidratación y descanso con la siguiente distribución:
1) 20 minutos de descanso establecido por convenio para bocadillo. Se recomienda tras las primeras 2 horas de trabajo.
2) 20 minutos de hidratación (descanso adicional) tras las 4 horas de comienzo del turno, pasadas 2 horas del primer descanso.
No se trabajarán más de 2 horas seguidas.
Alerta naranja o roja AEMET para el ámbito geográfico de Plasencia y mientras esté activada (seguir las actualizaciones que se produzcan).
3) Del 15 de junio al 15 de septiembre, los servicios de barrido manual del turno de tarde se adelantarán al turno de mañana mientras persista la alerta a excepción de:
— Los días de mercadillo: martes y viernes.
— Recogida de papel-cartón comercial.
— Colocación de los contenedores de quita y pon .
6.2 Lluvias intensas y vientos fuertes:
Suspensión de trabajos exteriores con grúas o plataformas elevadoras.
En caso de alerta naranja, debido a la imprevisibilidad del tiempo atmosférico en los episodios de lluvias y vientos, se estará atento a las comunicaciones/indicaciones que se lleven a cabo de las medidas adoptadas hasta que se dé por finalizada la situación de peligro.
En caso de alerta roja si se ha acudido al centro de trabajo, permanecer en los cuartelillos o en la nave atentos al desarrollo de las informaciones.
Se adoptarán las oportunas medidas consensuadas entre comité de seguridad y salud y representación de la empresa (capataces o jefe de servicio) antes del inicio de cada turno y se actualizarán si las condiciones de adversidad meteorológica en Plasencia cambian.
Respecto a la pausa del descanso, durante las alertas, se recomienda permanecer en los cuartelillos, si así nos lo han indicado. Seamos prudentes y responsables por nuestra propia seguridad.
7. Actuación ante riesgo grave e inminente: Aplicación del artículo 21 de la LPRL. Derecho de las personas trabajadoras a interrumpir la actividad y abandonar el lugar de trabajo sin sanción ni perjuicio económico siempre que esté debidamente justificado.
Que exista alta posibilidad de ocurrencia del daño de manera inminente.
Que se prevea daño serio a la integridad física o mental.
Que la situación requiera una acción inmediata.
La empresa informará y adoptará medidas de seguridad urgentes.
8. Información y comunicación: Comunicación inmediata y comprensible a la plantilla y a los delegados de prevención, dejando constancia de las incidencias y medidas adoptadas.
9. Seguimiento y revisión: Evaluación tras cada episodio relevante y revisión anual en el comité de Seguridad y salud.
Tercero. Registro, depósito y publicación del convenio.
Ambas partes acuerdan dirigirse a la Autoridad Laboral competente a los efectos de registro, depósito y publicación de la modificación acordada en este convenio colectivo, de conformidad con lo legislado al efecto.
Cuarto. Fin de la reunión.
Y sin más asuntos que tratar, firman los asistentes, de plena conformidad con lo que antecede, en lugar y fecha al principio indicado.