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<identificador>2023060294</identificador>
<titulo>MODIFICACIÓN del Extracto por el que se da publicidad al aumento del crédito asignado a la XII convocatoria de ayudas LEADER en el marco de la EDLP de SOPRODEVAJE (Sociedad para la Promoción y Desarrollo del Valle del Jerte) de Extremadura para inversiones en mantenimiento, recuperación y rehabilitación del patrimonio rural. </titulo>
<numeroDoe>18</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20230126</fecha_publicacion>
<apartado>III OTRAS RESOLUCIONES</apartado>
<organismo>consejería de agricultura, desarrollo rural, población y territorio</organismo>
<rango>MODIFICACIÓN</rango>
<pagina_inicial>6619</pagina_inicial>
<pagina_final>6619</pagina_final>
<descriptor>Desarrollo rural</descriptor> 
<descriptor>Ayudas</descriptor>
<url_pdf>2023/180o/23060294.pdf</url_pdf>
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<texto>
 <p>BDNS(Identif.):646542</p>
<p>De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número 225 de fecha 23 de noviembre de 2021, extracto de 15 de noviembre de 2021, referido a la X Convocatoria de ayudas LEADER en el marco de la EDLP de SOPRODEVAJE, para inversiones en mantenimiento, recuperación y rehabilitación del patrimonio rural correspondiente a la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es).</p>
<p>Para el objeto de las inversiones en mantenimiento, recuperación y rehabilitación del patrimonio rural, se destinó la cantidad total de 120.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 120030000/G/314A/78900/FR14190200/20160174, de acuerdo con las disponibilidades de crédito consignada en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.</p>
<p>Según lo referido en la Orden de 18 de noviembre de 2020 por la que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de programación de desarrollo rural 2014-2020, que establece en su artículo 28.5 ... Asimismo, podrá incrementarse la cuantía asignada a la convocatoria, en cualquiera de sus procedimientos, como consecuencia de generaciones, incorporaciones o ampliaciones de crédito, siempre que hayan sido autorizados por la Dirección General de Desarrollo Rural antes de resolver la concesión de las ayudas... .</p>
<p>Aprobado por la Junta Directiva de SOPRODEVAJE, en su reunión del pasado 15 de diciembre de 2022, un aumento del crédito total asignado a esta línea de actuación, en 55.000 € y tras su autorización por parte de la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural con fecha de 10 de enero de 2023, se procede a la modificación del extracto de 8 de agosto de 2022 en el siguiente apartado:</p>
<p> Cuarto. Cuantía , quedará redactado de la siguiente manera:  Para la convocatoria de las ayudas indicadas, se destinará un montante de 175.000 € que se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 120030000/G/314A/78900/FR14190200/20160174, de acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma .</p>
<p>Mérida, 17 de enero de 2023.</p>
<firma>
<cargo></cargo>
<norma></norma>
<cargofirmante>Secretaria General,</cargofirmante>
<firmante>María Curiel Muñoz</firmante>
 </firma>
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