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<publicacion>
<metadatos>
<identificador>2024062705</identificador>
<titulo>RESOLUCIÓN de 9 de agosto de 2024, de la Dirección General del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, de concesión de ayudas destinadas a financiar la dotación de libros de texto y de material escolar a centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Secundaria Obligatoria y Educación Especial, para el curso 2024/2025. </titulo>
<numeroDoe>160</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20240819</fecha_publicacion>
<apartado>III OTRAS RESOLUCIONES</apartado>
<organismo>consejería de educación, ciencia y formación profesional</organismo>
<rango>RESOLUCIÓN</rango>
<pagina_inicial>40972</pagina_inicial>
<pagina_final>40975</pagina_final>
<descriptor>Educación</descriptor> 
<descriptor>Ayudas</descriptor>
<url_pdf>2024/1600o/24062705.pdf</url_pdf>
</metadatos>
<texto>
 <p>De conformidad con lo establecido en el resuelvo decimoctavo de la Resolución de 15 de mayo de 2024, se convocan ayudas destinadas a financiar la dotación de libros de texto y de material escolar y didáctico a los centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan enseñanzas de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Educación Especial, para el curso escolar 2024/2025, DOE núm.107, de 4 de junio)</p>
<p class = "centro">RESUELVO:</p>
<p><span class="negrita">Primero. </span><span class="normal">Conceder las ayudas que se especifican en los anexos I y II a esta resolución de concesión, por un importe total de un millón ciento catorce mil trescientos treinta y ocho euros con treinta y un céntimos de euro (1.114.338,31 €), los cuales se imputarán con cargo al centro gestor 130090000, posición presupuestaria G/222G/47000, fondo CAG0000001 y programa de financiación 20130082, imputándose en su totalidad a la anualidad 2024 con la siguiente distribución por modalidades: </span></p>
<p class = "tab">	—  Adquisición de material escolar: cuarenta y un mil ciento noventa euros (41.190,00 euros).</p>
<p class = "tab">	—  Adquisición de libros de texto: un millón setenta y tres mil ciento cuarenta y ocho euros con treinta y un céntimos de euro (1.073.148,31 €).</p>
<p><span class="negrita">Segundo. </span><span class="normal">La resolución es un primer acto de concesión. </span></p>
<p>Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su notificación de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. </p>
<p>O bien podrá interponerse, directamente, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, el correspondiente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Mérida. Todo ello, sin perjuicio de que puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente.</p>
<p>Mérida, 9 de agosto de 2024.</p>
<firma>
<cargo></cargo>
<norma>(PD, Resolución de la Presidenta de 25/08/2023, DOE núm. 168,de 31 de agosto),</norma>
<cargofirmante>El Director General del Ente Público Extremeño de Servicio Educativos Complementarios,</cargofirmante>
<firmante>EDUARDO VILLAVERDE TORRECILLA</firmante>
 </firma>
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</texto>
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