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<identificador>2025062978</identificador>
<titulo>RESOLUCIÓN de 30 de julio de 2025, de la Consejera, por la que se conceden los Premios Extraordinarios de Educación Primaria correspondientes al curso académico 2024/2025. </titulo>
<numeroDoe>151</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20250806</fecha_publicacion>
<apartado>III OTRAS RESOLUCIONES</apartado>
<organismo>CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL</organismo>
<rango>RESOLUCIÓN</rango>
<pagina_inicial>44329</pagina_inicial>
<pagina_final>44330</pagina_final>
<descriptor>Enseñanza no Universitaria</descriptor> 
<descriptor>Premios</descriptor>
<url_pdf>2025/1510o/25062978.pdf</url_pdf>
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<texto>
 <p>De conformidad con lo dispuesto en la Orden de 25 de mayo de 2025, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Educación Primaria correspondientes al curso 2024-2025 (n.º 108, 6 de junio de 2025), y de acuerdo con la propuesta realizada por la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, a la vista del acta de la Comisión,</p>
<p class = "centro">RESUELVO:</p>
<p>Conceder Premio Extraordinario de Educación Primaria a los alumnos que se relacionan en el anexo a la presente resolución, por importe de 340 euros cada uno de ellos (3.400 euros en total), que será hecho efectivo con cargo a la aplicación presupuestaria 130020000/G/222G/48000/CAG0000001/20020168 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025.</p>
<p>Contra la presente resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el titular de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, tal y como disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 102 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.</p>
<p>Podrá también interponerse directamente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, el correspondiente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, conforme a lo previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.</p>
<lugarfirma>Mérida, 30 de julio de 2025.</lugarfirma>
<firma>
<cargo></cargo>
<norma></norma>
<cargofirmante>La Consejera,</cargofirmante>
<firmante>MARÍA MERCEDES VAQUERA MOSQUERO</firmante>
 </firma>
</texto>
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