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<metadatos>
<identificador>2025064190</identificador>
<titulo>EXTRACTO de la Resolución de 29 de octubre de 2025, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria de ayudas a las inversiones destinadas a la transformación y comercialización de productos agrícolas, ejercicio 2025. </titulo>
<numeroDoe>227</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20251125</fecha_publicacion>
<apartado>III OTRAS RESOLUCIONES</apartado>
<organismo>CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE</organismo>
<rango>EXTRACTO</rango>
<pagina_inicial>63596</pagina_inicial>
<pagina_final>63597</pagina_final>
<descriptor>Agricultura</descriptor> 
<descriptor>Ayudas</descriptor>
<url_pdf>2025/2270o/25064190.pdf</url_pdf>
</metadatos>
<texto>
 <p>BDNS(Identif.):869937</p>
<p>De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es ) y en el presente DOE.</p>
<p class="negrita">Primero. Objeto.</p>
<p>Las ayudas están destinadas a las inversiones en activos materiales o inmateriales en la Comunidad Autónoma destinados a la trasformación y comercialización de productos agroalimentarios, dentro de las actuaciones incluidas en el Plan Estratégico de la Política Agraria Comunitaria de España 2023-2027 (PEPAC), intervención  6842.2 - Ayudas a inversiones en transformación, comercialización y/ o desarrollo de productos agroalimentarios , cofinanciadas a través el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en un 75%.</p>
<p class="negrita">Segundo. Beneficiarias.</p>
<p>Podrán acceder a la condición de beneficiarias, las personas físicas o jurídicas, titulares de la empresa agroalimentaria que transformen, comercialicen o desarrollen o que vayan a transformar, comercializar o desarrollar los productos agrarios de los contenidos en el anexo I de los TFUE y el algodón, exceptuando los productos de la pesca.</p>
<p>En cualquier caso, el producto resultante de la transformación, deberá ser igualmente un producto del anexo I del TFUE.</p>
<p class="negrita">Tercero. Bases reguladoras.</p>
<p>Decreto 27/2023, de 29 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a inversiones destinadas a la transformación y comercialización de productos agrarios y, se aprueba la primera convocatoria (DOE n.º 84, de 4 de mayo de 2023).</p>
<p class="negrita">Cuarto. Cuantía total de la convocatoria.</p>
<p>El presupuesto para esta convocatoria es de veintiocho millones de euros (28.000.000,00 €), y se imputará al presupuesto de la Comunidad Autónoma, a la aplicación presupuestaria 120040000 G/323C/77000 FR23734202, proyecto 20230289, distribuido en las anualidades siguientes:</p>
<p class = "tab">	—  Anualidad 2027	10.000.000,00 €.</p>
<p class = "tab">	—  Anualidad 2028	18.000.000,00 €.</p>
<p class="negrita">Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.</p>
<p>El plazo para la presentación de las solicitudes será de 2 meses computados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación simultánea de la resolución por la que se efectúa la convocatoria y, del presente extracto, en el Diario Oficial de Extremadura. </p>
<lugarfirma>Mérida, 29 de octubre de 2025.</lugarfirma>
<firma>
<cargo></cargo>
<norma></norma>
<cargofirmante>La Secretaria General,</cargofirmante>
<firmante>MARÍA CURIEL MUÑOZ</firmante>
 </firma>
</texto>
</publicacion>