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<identificador>2026080867</identificador>
<titulo>ANUNCIO de 19 de mayo de 2026 por el que se cita a los interesados para el levantamiento actas previas a la ocupación de las fincas afectadas por el expediente del proyecto de renovación de la línea aérea de media tensión 20 kV 4144-6-Retamal entre el apoyo n.º 5365 y el apoyo n.º 5455. Términos municipales de Campillo de Llerena y Valencia de las Torres. Expte.: 06/AT-10177/18288. </titulo>
<numeroDoe>109</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20260609</fecha_publicacion>
<apartado>IV ANUNCIOS</apartado>
<organismo>CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA, CIENCIA Y TERRITORIO</organismo>
<rango>ANUNCIO</rango>
<pagina_inicial>24536</pagina_inicial>
<pagina_final>24542</pagina_final>
<descriptor>Expropiaciones</descriptor> 
<descriptor>Citación</descriptor>
<url_pdf>2026/1090o/26080867.pdf</url_pdf>
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<texto>
 <p>Con fecha 20 de febrero de 2026, se dictó resolución por el Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se autorizaba la construcción del proyecto denominado renovación de la línea aérea de media tensión 20 kV 4144-6-Retamal entre el apoyo n.º 5365 y el apoyo n.º 5455. Términos municipales: Campillo de Llerena y Valencia de las Torres, y con la misma fecha, se declaraba en concreto la utilidad pública por resolución dictada por este mismo Servicio, previa la correspondiente información pública. Dicha declaración, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 24/2.013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos de artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.</p>
<p>En su virtud, en cumplimiento de lo dispuesto en el mencionado artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, se convoca a los titulares de los bienes y derechos afectados a que después se hace mención, en el Ayuntamiento, en el día y hora que se indica en el anexo n.º I de este documento para, de conformidad con el procedimiento que establece el citado artículo 52, llevar a cabo el levantamiento de actas previas a la ocupación.</p>
<p>Todos los interesados, así como las personas que sean titulares de cualquier clase de derechos e intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo del Impuesto sobre bienes inmuebles, pudiéndose acompañar, a su costa, de sus peritos y un notario, si lo estiman oportuno.</p>
<p>El orden del levantamiento de actas figura igualmente en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Campanario y se comunicará a cada interesado mediante oportuna notificación, significándose que esta publicación se realiza, igualmente, a los efectos que determina el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para la notificación de la presente resolución en los casos de titular desconocido o domicilio ignorado.</p>
<p>En el expediente expropiatorio, i-De Redes Eléctricas inteligentes, SAU, asume la condición de Beneficiaria.</p>
<lugarfirma>Badajoz, 19 de mayo de 2026. El Jefe del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, JUAN FRANCISCO LEMUS PRIETO.</lugarfirma>
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