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<identificador>2026080918</identificador>
<titulo>ANUNCIO de 2 de junio de 2026 por el que se da publicidad a la concesión de ayudas dirigidas a favorecer la cofinanciación de proyectos empresariales mediante la captación de fondos a través de campañas de crowdfunding acogidas a la convocatoria 2025. </titulo>
<numeroDoe>111</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20260611</fecha_publicacion>
<apartado>IV ANUNCIOS</apartado>
<organismo>CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL</organismo>
<rango>ANUNCIO</rango>
<pagina_inicial>24911</pagina_inicial>
<pagina_final>24914</pagina_final>
<descriptor>Empresa</descriptor> 
<descriptor>Ayudas</descriptor>
<url_pdf>2026/1110o/26080918.pdf</url_pdf>
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<texto>
 <p>Con fecha 9 de diciembre de 2025, se publicó en el DOE número 236 el Decreto 150/2025, de 11 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de un programa de ayudas dirigido a favorecer la cofinanciación de proyectos empresariales mediante la captación de fondos a través de campañas de crowdfunding, y se aprueba la primera convocatoria.</p>
<p>Este programa de ayudas va dirigido a favorecer la cofinanciación de proyectos empresariales promovidos por pymes de cualquier forma jurídica, incluidas personas trabajadoras autónomas, con centro productivo en Extremadura, mediante la captación de fondos a través de crowdfunding de recompensas y crowdfunding de inversión.</p>
<p>El procedimiento para la concesión de estas subvenciones es el de régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria periódica.</p>
<p>El coste de ayudas concedidas con esta convocatoria está imputado a la aplicación presupuestaria 14004.323A.77000_FD211A1302, proyecto de Gasto 20250062  Ayudas cofinanciación Crowdfunding , con una dotación de 300.000 euros imputados en la anualidad 2026, y  cofinanciadas en un 85% con fondos del Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional -FEDER- de Extremadura correspondiente al periodo de programación 2021-2027, dentro del Objetivo Político 1  una Europa más competitiva e inteligente, promoviendo una transformación económica innovadora e inteligente y una conectividad regional a las tecnologías de la información y de las comunicaciones ; Prioridad 1.A “Transformación Digital e Inteligente” y Objetivo Específico 1.3 “El refuerzo del crecimiento sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de empleo en estas, también mediante inversiones productivas”.</p>
<p>La Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece en su artículo 17.1 que los órganos administrativos concedentes publicarán en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida, finalidad o finalidades de la subvención, y de existir financiación con cargo a fondos de la Unión Europea, las menciones de identificación y publicidad que se deriven de la normativa comunitaria que les sea de aplicación. </p>
<p>Por todo ello, se procede a dar publicidad a las subvenciones que se relacionan en los anexos I y II, concedidas al amparo de la convocatoria 2025 del programa de ayudas dirigido a favorecer la cofinanciación de proyectos empresariales mediante la captación de fondos a través de campañas de crowdfunding, con indicación del expediente, la entidad beneficiaria e importe de subvención concedida.</p>
<lugarfirma>Mérida, 2 de junio de 2026. La Secretaria General de Economía, Empresa y Comercio, MARÍA CELINA PÉREZ CASADO.</lugarfirma>
</texto>
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