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<identificador>2026080992</identificador>
<titulo>ANUNCIO de 4 de junio de 2026 sobre Oferta de Empleo Público. </titulo>
<numeroDoe>113</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20260615</fecha_publicacion>
<apartado>IV ANUNCIOS</apartado>
<organismo>AYUNTAMIENTO DE ALBALÁ</organismo>
<rango>ANUNCIO</rango>
<pagina_inicial>25638</pagina_inicial>
<pagina_final>25638</pagina_final>
<descriptor>Oferta de Empleo Público</descriptor> 
<url_pdf>2026/1130o/26080992.pdf</url_pdf>
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<texto>
 <p>Por Resolución de Alcaldía n.º 2026-0200 de fecha 26/05/2026 de este Ayuntamiento, se aprobó la Oferta de Empleo Público correspondiente a la plaza que a continuación se reseñan para el año 2026. </p>
<p>Personal funcionario.</p>
<p>Escala de Administración General:</p>
<table>
<tr>
<th class="negrita">
Grupo
</th>
<th class="negrita">
Subgrupo
</th>
<th class="negrita">
Clasif.
</th>
<th class="negrita">
N.º Vacantes
</th>
<th class="negrita">
Denominación
</th>
</tr>
<tr>
<td>
C
</td>
<td>
C1/C2
</td>
<td>
C2 
</td>
<td>
1 
</td>
<td>
Auxiliar Administrativo 
</td>
</tr>
</table>
<p>En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.</p>
<p>Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso potestativo de reposición ante esta Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Cáceres en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho. </p>
<lugarfirma>Albalá, 4 de junio de 2026. El Alcalde, JUAN RODRÍGUEZ BOTE.</lugarfirma>
</texto>
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