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<identificador>2026080995</identificador>
<titulo>ANUNCIO de 10 de junio de 2026 sobre aprobación de la Oferta de Empleo Público del Patronato Residencia de Mayores para el año 2026. </titulo>
<numeroDoe>116</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20260618</fecha_publicacion>
<apartado>IV ANUNCIOS</apartado>
<organismo>AYUNTAMIENTO DE CORIA</organismo>
<rango>ANUNCIO</rango>
<pagina_inicial>26487</pagina_inicial>
<pagina_final>26487</pagina_final>
<descriptor>Oferta de Empleo Público</descriptor> 
<url_pdf>2026/1160o/26080995.pdf</url_pdf>
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<texto>
 <p>Por Resolución de la Alcaldía núm.726, de fecha de 3 junio de 2026, se ha aprobado la Oferta de Empleo Público correspondiente al presente ejercicio, según el siguiente detalle:</p>
<p class = "tab">	Turno libre:</p>
<p class = "tab">	—  ATS/DUE. A2. Personal laboral. Puestos ofertados 1.</p>
<p class = "tab">	—  Auxiliares Enfermería. C2. Personal laboral. Puestos ofertados 4.</p>
<p class = "tab">	—  Peón Especializado Limpieza. AP Personal laboral. Puestos ofertados 2.</p>
<p class = "tab">	—  Peón Especializado Comedor. AP Personal laboral. Puestos ofertados 1.</p>
<p class = "tab">	—  Ordenanza Mantenimiento. AP Personal laboral. Puestos ofertados 2.</p>
<p class = "tab">	—  Ayudante Cocina. AP. Personal laboral. Puestos ofertados 1.</p>
<p class = "tab">	—  Cocinero C2. Personal laboral. Puestos ofertados 1.</p>
<p>Lo que se hace público para general conocimiento. Contra la meritada resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la presente publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Cáceres, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la presente publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso potestativo de reposición no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta. Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimarse más conveniente.</p>
<lugarfirma>Coria, 10 de junio de 2026. La Alcaldesa, MARÍA ALMUDENA DOMINGO PIRRONGELLI.</lugarfirma>
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