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<metadatos>
<identificador>2026061580</identificador>
<titulo>RESOLUCIÓN de 16 de junio de 2026, de la Dirección General de Deportes, por la que se delegan determinadas competencias en órganos administrativos de la Dirección General. </titulo>
<numeroDoe>118</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20260622</fecha_publicacion>
<apartado>II AUTORIDADES Y PERSONAL</apartado>
<subapartado>1. NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS</subapartado>
<organismo>CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES</organismo>
<rango>RESOLUCIÓN</rango>
<pagina_inicial>26657</pagina_inicial>
<pagina_final>26658</pagina_final>
<descriptor>Delegación de competencias</descriptor> 
<url_pdf>2026/1180o/26061580.pdf</url_pdf>
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<texto>
 <p>El Decreto de la Presidenta 11/2026, de 29 de abril (DOE n.º 82, de 30 de abril), ha modificado la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y crea las Vicepresidencias. En el mismo se atribuyen a la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes las competencias en materia de patrimonio y promoción cultural, turismo, y deportes. </p>
<p>Mediante Decreto 18/2026, de 30 de abril (DOE n.º 83, de 4 de mayo) se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el que se determinan, con carácter general, el número, denominación y competencias de los órganos directivos que conforman la Presidencia de la Junta y las distintas Vicepresidencias y Consejerías, estableciéndose en su disposición adicional tercera que en los decretos de estructura orgánica de Presidencia y de las distintas Vicepresidencias y Consejerías de la Junta de Extremadura se detallarán, desarrollarán y complementarán las funciones asignadas a cada órgano.</p>
<p>En aplicación de la mencionada disposición adicional, el Decreto 111/2026, de 26 de mayo (DOE n.º 105, de 3 de junio), establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes para facilitar el adecuado desempeño de las competencias que le han sido asignadas. El artículo 1.5 de este decreto incluye a la Dirección General de Deportes entre los órganos directivos de la Consejería; su artículo 6 concreta las funciones que corresponden a esta dirección general que serán desarrolladas por las Jefaturas de Servicio de Gestión y Formación Deportiva y por la de Promoción y Entidades Deportivas.</p>
<p>Asimismo, por Resolución de 15 de mayo de 2026, de la Secretaría General, se ha procedido a la delegación de la competencia para la resolución de los procedimientos de concesión de subvenciones y autorizar su modificación, en los distintos órganos directivos en función de su ámbito de gestión (DOE n.º 95, 20 de mayo).</p>
<p>Por todo lo expuesto, razones de eficacia, celeridad y coordinación en la gestión administrativa aconsejan la presente delegación de competencias en las dos jefaturas de servicio anteriormente indicadas.</p>
<p>Por ello, de conformidad con lo establecido en los artículos 72 y 73 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación con el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,</p>
<p class = "centro">RESUELVO:</p>
<p><span class="negrita">Primero. </span><span class="normal">Delegar en las personas titulares de las Jefaturas de Servicio de Gestión y Formación Deportiva y en la de Promoción y Entidades Deportivas, en función de su ámbito material de gestión, las competencias para instruir y proponer la resolución de concesión de subvenciones, así como para proponer su modificación. </span></p>
<p><span class="negrita">Segundo. </span><span class="normal">La delegación de competencias contenida en la presente resolución será revocable en cualquier momento por el órgano delegante, quien podrá también avocar para sí el conocimiento del asunto, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente. </span></p>
<p><span class="negrita">Tercero. </span><span class="normal">Los actos administrativos que se adopten en virtud de la delegación de competencias a que se refiere la presente resolución se considerarán dictadas por el órgano delegante e indicarán expresamente esta circunstancia, con las precisiones que se establecen en el artículo 73.4 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. </span></p>
<p><span class="negrita">Cuarto. </span><span class="normal">Los actos administrativos dictados en el ejercicio de las competencias señaladas por los órganos administrativos indicados en el apartado resolutivo primero realizados hasta la fecha de la presente delegación quedan convalidados mediante esta resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. </span></p>
<p>La presente resolución surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.</p>
<lugarfirma>Mérida, 16 de junio de 2026.</lugarfirma>
<firma>
<cargo></cargo>
<norma></norma>
<cargofirmante>El Director General de Deportes,</cargofirmante>
<firmante>SANTIAGO AMARO BARRIL</firmante>
 </firma>
</texto>
</publicacion>