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<identificador>2026081020</identificador>
<titulo>ANUNCIO de 15 de junio de 2026 sobre notificación de resoluciones relativas a la concesión de ayudas para la financiación de préstamos a titulares de explotaciones agrícolas de olivar y viña de secano radicadas en Extremadura, establecidas en el Decreto 35/2025, de 6 de mayo (DOE n.º 113, de 13 de junio). </titulo>
<numeroDoe>118</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20260622</fecha_publicacion>
<apartado>IV ANUNCIOS</apartado>
<organismo>CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO NATURAL</organismo>
<rango>ANUNCIO</rango>
<pagina_inicial>26757</pagina_inicial>
<pagina_final>26788</pagina_final>
<descriptor>Agricultura</descriptor> 
<descriptor>Notificaciones</descriptor>
<url_pdf>2026/1180o/26081020.pdf</url_pdf>
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<texto>
 <p>El Decreto 35/2025, de 6 de mayo, regula las subvenciones para la financiación de préstamos a titulares de explotaciones agrícolas de olivar y viña de secano radicadas en Extremadura y aprueba la convocatoria única de las ayudas, consistentes en la subsidiación de 1,500 puntos de los intereses de los préstamos formalizados.</p>
<p>El apartado 9 del artículo 5 del citado decreto establece que todos los actos administrativos integrantes, tanto del procedimiento principal de concesión de las subvenciones, como los conexos, tales como el de comprobación, justificación, de­claración de pérdida del derecho al cobro, de reintegro, de modificación de la resolución y similares se notificarán a las personas interesadas a través de la Plataforma Laboreo. La persona interesada recibirá un aviso SMS al dispositivo electrónico obligatoriamente desig­nado para ello mediante el cual se le indicará que se ha producido una notificación, a cuyo contenido podrá acceder a través del apartado habilitado a tal efecto en el Portal </p>
<p class = "tab">	https://laboreo.juntaex.es . </p>
<p>Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería con competencias en materia de Agricultura, Ganadería y Medio Natural, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el DOE, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, teniendo en cuenta que contra la resolución de recurso de alzada no cabrá ningún otro recurso administrativo, salvo recurso extraordinario de revisión, en los casos establecidos en el artículo 125.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.</p>
<lugarfirma>Mérida, 15 de junio de 2026. El Jefe de Servicio de Producción Agrícola y Ganadera, ANDRÉS DOMINGO MONTES.</lugarfirma>
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