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<publicacion>
<metadatos>
<identificador>2026040005</identificador>
<titulo>EXTRACTO de la convocatoria incorporada al Decreto 162/2025, de 25 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la realización de la trashumancia a pie por el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria para 2026. </titulo>
<numeroDoe>12</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20260120</fecha_publicacion>
<apartado>I DISPOSICIONES GENERALES</apartado>
<organismo>CONSEJERÍA DE GESTIÓN FORESTAL Y MUNDO RURAL</organismo>
<rango>EXTRACTO</rango>
<pagina_inicial>3017</pagina_inicial>
<pagina_final>3018</pagina_final>
<descriptor>Ganadería</descriptor> 
<descriptor>Ayudas</descriptor>
<url_pdf>2026/120o/26040005.pdf</url_pdf>
</metadatos>
<texto>
 <p>BDNS(Identif.):881341</p>
<p>De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones </p>
<p>(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/881341 )</p>
<p class="negrita">Primero. Objeto.</p>
<p>El objeto de las ayudas es promover la trashumancia a pie a través de las vías pecuarias de titularidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y de acuerdo con ese objeto general, se convocan las ayudas a la realización de la trashumancia a pie por el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026.</p>
<p class="negrita">Segundo. Beneficiarias.</p>
<p>Podrán ser beneficiarias de las ayudas convocadas los ganaderos y ganaderas titulares de explotaciones ganaderas ubicadas en Extremadura e inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Extremadura.</p>
<p class="negrita">Tercero. Bases reguladoras.</p>
<p>La convocatoria se regirá por lo dispuesto en el Decreto 162/2025, de 25 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la realización de la trashumancia a pie por el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria para el año 2026.</p>
<p class="negrita">Cuarto. Financiación y cuantía.</p>
<p>Las ayudas contempladas en la presente convocatoria contarán con un presupuesto de cuarenta mil euros (40.000,00 €) y estarán financiadas con cargo a la aplicación presupuestaria 230040000 G/314A/470.00FR23737100 de acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma, en el proyecto de gasto 20230393  7371 Ayudas a la trashumancia (6871 PEPAC) .</p>
<p>Estas actuaciones están cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola para el Desarrollo Rural (FEADER), con un 75%; la Comunidad Autónoma de Extremadura, con un 21,28%, y la Administración General del Estado con un 3,72%. Todo ello conforme a la financiación prevista en la Intervención 6871 -  Inversiones no productivas en servicios básicos en el medio natural  del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.</p>
<p>La cuantía máxima de las ayudas será de cinco mil euros (5.000,00€) por la suma de los movimientos de ida y vuelta, siendo el límite por cada movimiento de ida o vuelta de dos mil quinientos euros (2.500,00 €).</p>
<p class="negrita">Quinto. Presentación de solicitudes.</p>
<p>El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura. No serán admitidas a trámite, sin posibilidad de subsanación y procediéndose a su archivo, las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido en la convocatoria.</p>
<p>Las solicitudes se ajustarán al modelo normalizado que figura en el anexo I del Decreto 162/2025, de 25 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la realización de la trashumancia a pie por el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria para 2026, que estará disponible en el punto de acceso general electrónico (https://www.juntaex.es/w/5703 ), y deberán presentarse en la forma indicada en el artículo 7 de dicho Decreto, e irán acompañadas de la documentación exigida en el artículo 8 del mismo.</p>
<lugarfirma>Mérida, 13 de enero de 2026.</lugarfirma>
<firma>
<cargo></cargo>
<norma></norma>
<cargofirmante>La Secretaria General,</cargofirmante>
<firmante>ISABEL GUTIÉRREZ DE LA BARREDA MENA</firmante>
 </firma>
</texto>
</publicacion>