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<publicacion>
<metadatos>
<identificador>2026061625</identificador>
<titulo>EXTRACTO de la Resolución del Presidente de la Asociación para el Desarrollo Integral de Sierra de Montánchez y Tamuja de la II convocatoria de ayudas en aplicación de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo y la metodología Leader 2023-2027 para proyectos no productivos en inversiones de servicios básicos para la economía y la población rural. </titulo>
<numeroDoe>122</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20260626</fecha_publicacion>
<apartado>III OTRAS RESOLUCIONES</apartado>
<organismo>CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA, CIENCIA Y TERRITORIO</organismo>
<rango>EXTRACTO</rango>
<pagina_inicial>27434</pagina_inicial>
<pagina_final>27435</pagina_final>
<descriptor>Desarrollo rural</descriptor> 
<descriptor>Ayudas</descriptor>
<url_pdf>2026/1220o/26061625.pdf</url_pdf>
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<texto>
 <p>BDNS(Identif.): 914170</p>
<p>De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones </p>
<p>(http://www.infosubvenciones.gob.es ).</p>
<p class="negrita">Primero. Objeto.</p>
<p>El presente extracto tiene como objeto establecer la convocatoria de la línea de ayuda a proyectos englobados en la actuación Servicios básicos para la economía y la población rural.</p>
<p>Esta convocatoria se publica al amparo Decreto 78/2024, de 23 de julio, por el que se regula el sistema de ayudas bajo metodología Leader y el procedimiento de gestión, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España 2023-2027.</p>
<p>La convocatoria será de aplicación en el ámbito geográfico de la comarca de Sierra de Montánchez y Tamuja: Albalá, Alcuéscar, Almoharín, Aldea del Cano, Arroyomolinos, Benquerencia, Botija, Casas de Don Antonio, Montánchez, Plasenzuela, Ruanes, Salvatierra de Santiago, Santa Ana, Santa Marta de Magasca, Sierra de Fuentes, Torre de Santa María, Torremocha, Torreorgaz, Torrequemada, Valdefuentes, Valdemorales y Zarza de Montánchez.</p>
<p>El sistema de ayudas en el marco del eje Leader tiene como finalidad la aplicación de estrategias innovadoras mediante la metodología Leader, contribuyendo de esta manera al desarrollo sostenible a largo plazo de los territorios rurales, además de contribuir a la mejora de la gobernanza y movilización del potencial de desarrollo endógeno de las zonas rurales.</p>
<p class="negrita">Segundo. Personas destinatarias finales de las ayudas.</p>
<p>Tendrán la consideración de personas beneficiarias y/o destinatarias finales de las ayudas, las Entidades Locales que promuevan proyectos no productivos que tengan por objeto la prestación de servicios básicos para la economía y la población rural.</p>
<p class="negrita">Tercero. Bases reguladoras.</p>
<p>Decreto 78/2024, de 23 de julio, por el que se regula el sistema de ayudas bajo metodología Leader y el procedimiento de gestión, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España 2023-2027.</p>
<p class="negrita">Cuarto. Cuantía.</p>
<p>Para la convocatoria de las ayudas indicadas, se destinará un montante de 400.000 euros que se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 250050000/G/314A/78000/FR23771900/20230313, de acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.</p>
<p>Se podrá subvencionar hasta el 100 % de la inversión auxiliable y con el límite máximo de 30.000 € por beneficiario. </p>
<p class="negrita">Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.</p>
<p>El plazo de presentación de solicitudes de ayudas será de tres meses contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.</p>
<lugarfirma>Mérida, 5 de junio de 2026.</lugarfirma>
<firma>
<cargo></cargo>
<norma></norma>
<cargofirmante>La Secretaria General,</cargofirmante>
<firmante>MARÍA DE LA CONCEPCIÓN MONTERO GÓMEZ</firmante>
 </firma>
</texto>
</publicacion>