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<metadatos>
<identificador>2026AC0040</identificador>
<titulo>ACUERDO de 17 de junio de 2026, de la Comisión de Precios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sobre implantación de nuevas tarifas para el servicio público de transporte urbano de viajeros en Auto-Taxis en la ciudad de Badajoz. </titulo>
<numeroDoe>124</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20260630</fecha_publicacion>
<apartado>III OTRAS RESOLUCIONES</apartado>
<organismo>CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL</organismo>
<rango>ACUERDO</rango>
<pagina_inicial>28069</pagina_inicial>
<pagina_final>28070</pagina_final>
<descriptor>Tarifas</descriptor> 
<url_pdf>2026/1240o/26AC0040.pdf</url_pdf>
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<texto>
 <p>De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 74/2004, de 18 de mayo, por el que se regula la organización y procedimiento de la Comisión de Precios de la Comunidad de Extremadura, la citada comisión, en sesión celebrada el día 17 de junio de 2026, ha adoptado el siguiente:</p>
<p> Acuerdo de 17 de junio de 2026 de la Comisión de Precios de la Comunidad Autónoma de Extremadura sobre implantación de nuevas tarifas para el servicio público de transporte urbano de viajeros en Auto-Taxis en la ciudad de Badajoz.</p>
<p>Autorizar el establecimiento de las tarifas (IVA incluido) que a continuación se expresan para el Servicio Público de Transporte Urbano de viajeros en Auto-Taxis de la ciudad de Badajoz:</p>
<p>Tarifas propuestas.</p>
<p>Tarifa 1 días laborables de 7:00 a 22:00 h.</p>
<p class = "tab">	—  Bajada de bandera, servicio mínimo.</p>
<p class = "tab">1.700 metros ó 293.24 segundos (*) 	3,75 € </p>
<p class = "tab">	—  Kilómetros recorridos		1,05 € </p>
<p class = "tab">	—  Hora de espera	 		18,78 € </p>
<p class = "tab">	—  Animal doméstico			0,93 € </p>
<p class = "tab">	—  Salida de estaciones		0,48 € </p>
<p class = "tab">	—  Ocupación maletero		0,66 € </p>
<p class = "tab">	—  Servicio mínimo Aeropuerto (**)	22,09 € </p>
<p>Tarifa 2 de 22:00 a 7:00 h,</p>
<p class = "tab">	—  Bajada de bandera, servicio mínimo.</p>
<p class = "tab">1.100 metros ó195.21 segundos (*)	 5,75 € </p>
<p class = "tab">	—  Kilómetro recorrido		1,05 € </p>
<p class = "tab">	—  Hora de espera	 		18,78 € </p>
<p>Tarifa 3 domingos y festivos, sábados,</p>
<p>24 y 31 diciembre, carnavales y feria de 15:00 a 22:00 h.</p>
<p class = "tab">	—  Bajada de bandera	 	4,79 € </p>
<p class = "tab">	—  Kilómetro recorrido	 	1,05 € </p>
<p class = "tab">	—  Hora de espera			18,78 €</p>
<p>(*) Representa los metros recorridos o los segundos transcurridos hasta le primer salto del taxímetro.</p>
<p>(**) Servicio mínimo  al  aeropuerto o  del  aeropuerto. Se incrementará según recorrido realizado por cliente.</p>
<p>Estas tarifas serán de aplicación a partir del día 1 de julio de 2026.</p>
<p>Contra el presente acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de alzada ante el Consejero de Economía, Empleo y Transformación Digital, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente acuerdo, de conformidad con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, teniendo en cuenta que contra la resolución del recurso de alzada no cabrá ningún otro recurso administrativo, salvo el recurso extraordinario de revisión, en los casos establecidos en el artículo 125 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre .</p>
<lugarfirma>Mérida, 23 de junio de 2026.</lugarfirma>
<firma>
<cargo></cargo>
<norma></norma>
<cargofirmante>La Presidenta de la Comisión de Precios,</cargofirmante>
<firmante>LAURA PASCUAL NEBREDA</firmante>
 </firma>
</texto>
</publicacion>