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<publicacion>
<metadatos>
<identificador>2026061713</identificador>
<titulo>EXTRACTO de la Resolución de 11 de junio de 2026, de la Secretaría General, por la que se realiza la convocatoria correspondiente a las ayudas para el acceso a mercados exteriores de empresas extremeñas denominado "Cheque Exporta" correspondiente al ejercicio 2026. </titulo>
<numeroDoe>125</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20260701</fecha_publicacion>
<apartado>III OTRAS RESOLUCIONES</apartado>
<organismo>CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL</organismo>
<rango>EXTRACTO</rango>
<pagina_inicial>28154</pagina_inicial>
<pagina_final>28155</pagina_final>
<descriptor>Actividad Empresarial</descriptor> 
<descriptor>Ayudas</descriptor>
<url_pdf>2026/1250o/26061713.pdf</url_pdf>
</metadatos>
<texto>
 <p>BDNS(Identif.): 915598</p>
<p>De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.es ) y en el presente Diario Oficial de Extremadura. </p>
<p class="negrita">Primero. Beneficiarios.</p>
<p>Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en esta convocatoria, las personas físicas y jurídicas que ejerzan una actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la ayuda y que ejerzan una actividad económica propia en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.</p>
<p class="negrita">Segundo. Objeto.</p>
<p>Ayudas para el acceso a mercados exteriores de empresas extremeñas denominado  Cheque Exporta , con el fin de lograr el asesoramiento personalizado por parte de personas expertas en comercio internacional para ayudar a las empresas que se inician en los procesos de internacionalización o que opten por diversificar su actividad exportadora, a identificar oportunidades de mercado, comprender los requisitos legales y aduaneros de los países de destino, y desarrollar estrategias de entrada a nuevos mercados, y realizar su primera convocatoria</p>
<p class="negrita">Tercero. Bases reguladoras.</p>
<p>Decreto 69/2024, de 9 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el acceso a mercados exteriores de empresas extremeñas denominado  Cheque Exporta  (DOE núm. 146, de 29 de julio de 2024), modificado por el Decreto 174/2025, de 9 de diciembre (DOE núm. 240, de 15 de diciembre). </p>
<p class="negrita">Cuarto. Cuantía.</p>
<p>La cuantía total de la presente convocatoria de ayudas asciende a 250.000 euros financiados con fondos propios de la Comunidad Autónoma. El coste de las ayudas será imputado a la aplicación presupuestaria 14003 341A 77000 y proyecto de gasto 20240040 denominado  Ayudas dirigidas a la nueva empresa exportadora  Cheque Exporta .</p>
<p>Respecto a la cuantía de la ayuda, consistirán en una subvención del 90% del coste de la inversión presentado por la empresa, siendo la inversión máxima subvencionable de 6.000 euros por expediente.</p>
<p>En cualquier caso, la inversión mínima subvencionable deberá alcanzar la cantidad de 1.500 euros.</p>
<p class="negrita">Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.</p>
<p>El plazo de presentación de solicitudes de ayuda se iniciará a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria y el presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura, y finalizará el 10 de octubre de 2026, o en su caso hasta el agotamiento del crédito presupuestario, y respetará el plazo mínimo de presentación de solicitudes establecido en el artículo 10.4 de las bases reguladoras. </p>
<p>La solicitud y documentación necesaria se presentará a través de Sede Electrónica Asociada mediante el acceso a través del Punto de Acceso General Electrónico de los servicios y trámites en la siguiente dirección electrónica: https://www.juntaex.es/w/0687124 .</p>
<p class="negrita">Sexto. Otros datos.</p>
<p>Las ayudas previstas en estas bases reguladoras y en sus correspondientes convocatorias se hallan acogidas al régimen de minimis, sujetándose a lo establecido en el Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis, no pudiendo superar la ayuda total de minimis la cantidad de 300.000 euros en los tres años previos, lo que será puesto en conocimiento a las entidades beneficiarias de estas ayudas.</p>
<lugarfirma>Mérida, 11 de junio de 2026.</lugarfirma>
<firma>
<cargo></cargo>
<norma></norma>
<cargofirmante>El Secretario General,</cargofirmante>
<firmante>JUAN ANDRÉS MORENO MARTÍN</firmante>
 </firma>
</texto>
</publicacion>