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<publicacion>
<metadatos>
<identificador>2026061733</identificador>
<titulo>EXTRACTO de la Resolución de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas a la financiación de proyectos de entidades de personas afectadas por una enfermedad crónica y/o de sus familiares, desarrollados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026. </titulo>
<numeroDoe>126</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20260702</fecha_publicacion>
<apartado>III OTRAS RESOLUCIONES</apartado>
<organismo>CONSEJERÍA DE SALUD Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA</organismo>
<rango>EXTRACTO</rango>
<pagina_inicial>28260</pagina_inicial>
<pagina_final>28261</pagina_final>
<descriptor>Salud</descriptor> 
<descriptor>Subvenciones</descriptor>
<url_pdf>2026/1260o/26061733.pdf</url_pdf>
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<texto>
 <p>BDNS(Identif.): 915881</p>
<p>De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es ) y en el presente DOE:</p>
<p class="negrita">Primero. Objeto.</p>
<p>1.  El objeto de la subvención es la financiación de proyectos de entidades de personas afectadas por una enfermedad crónica y/o de sus familiares desarrollados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026.</p>
<p>2.  Los proyectos versarán sobre materias relacionadas con la información, sensibilización, formación, promoción y prevención de la enfermedad, así como la asistencia, rehabilitación y reinserción.</p>
<p class="negrita">Segundo. Entidades beneficiarias.</p>
<p>1.  Podrán solicitar las subvenciones las siguientes entidades:</p>
<p class = "tab">	a)  Fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro de personas afectadas por una enfermedad crónica y/o de sus familiares o federación de las mismas, de ámbito de actuación regional o provincial y con razón social en la Comunidad Autónoma de Extremadura.</p>
<p class = "tab">	b)  Asociaciones y federaciones sin ánimo de lucro de personas afectadas por una enfermedad crónica y/o de sus familiares, de ámbito de actuación nacional, con sede en la Comunidad Autónoma de Extremadura.</p>
<p>2.  Sólo podrá presentarse un proyecto por entidad.</p>
<p>3.  No podrá ser beneficiaria de la subvención una asociación que forma parte de una federación que resulte beneficiaria en esta misma convocatoria.</p>
<p>4.  Se exceptúan expresamente como entidad beneficiaria a las entidades sin ánimo de lucro de personas afectadas por conductas adictivas y discapacidad y/o de sus familiares, y a las de personas afectadas por trastorno mental o enfermedad mental.</p>
<p>5.  Las entidades no podrán estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señalados en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.</p>
<p class="negrita">Tercero. Bases reguladoras.</p>
<p>Estas subvenciones se convocan al amparo de los capítulos I y II de la Orden de 29 de junio de 2020, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales en materia de participación comunitaria en salud (DOE n.º 129, de 6 de julio de 2020), modificada por la Orden de 21 de octubre de 2021, publicada en el DOE n.º 209, de 29 de octubre de 2021.</p>
<p class="negrita">Cuarto. Financiación y cuantía de la subvención.</p>
<p>1.  Para la convocatoria se destinará una cantidad global de 324.321,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 110020000/G/212A/48000, fondo CAG0000001 y a la aplicación presupuestaria 110020000/G/212A/48000, fondo TE21005001 de los Presupuestos aprobados mediante Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, prorrogados para el ejercicio 2026.</p>
<p>2.  La cuantía máxima subvencionable por proyecto será de 30.000 euros.</p>
<p>3.  La cuantía de la subvención otorgada podrá ser igual o inferior a los costes del proyecto presentado. La diferencia entre la cuantía del proyecto presentado y la cantidad subvencionada deberá ser financiada por la entidad solicitante.</p>
<p class="negrita">Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.</p>
<p>El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación simultánea en el Diario Oficial de Extremadura de la resolución de la convocatoria y del presente extracto.</p>
<lugarfirma>Mérida, 22 de junio de 2026.</lugarfirma>
<firma>
<cargo></cargo>
<norma></norma>
<cargofirmante>La Secretaria General,</cargofirmante>
<firmante>MARÍA PILAR NOGALES PEROGIL</firmante>
 </firma>
</texto>
</publicacion>