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<publicacion>
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<identificador>2026061734</identificador>
<titulo>RESOLUCIÓN de 26 de junio de 2026, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se incluye en la lista definitiva de personas seleccionadas en el proceso selectivo convocado por Resolución de 27 de diciembre de 2022, a D.ª María Esperanza Núñez Ossorio, con objeto de dar ejecución material a la sentencia n.º 85/2025, de 25 de septiembre, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Badajoz, en el procedimiento abreviado n.º 79/2025. </titulo>
<numeroDoe>128</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20260706</fecha_publicacion>
<apartado>II AUTORIDADES Y PERSONAL</apartado>
<subapartado>2. OPOSICIONES Y CONCURSOS</subapartado>
<organismo>CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL</organismo>
<rango>RESOLUCIÓN</rango>
<pagina_inicial>28748</pagina_inicial>
<pagina_final>28750</pagina_final>
<descriptor>Procesos selectivos</descriptor> 
<descriptor>Listas definitivas</descriptor>
<url_pdf>2026/1280o/26061734.pdf</url_pdf>
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<texto>
 <p>Mediante Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal Docente (DOE n.º 249, de 30 de diciembre), se convocaron procedimientos selectivos para ingreso extraordinario, para la estabilización del empleo docente de acuerdo a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, por el sistema de concurso-oposición, integración por primera vez en listas de espera ordinarias y supletorias, y valoración de méritos de integrantes de listas ordinarias y supletorias, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Cuerpo de Maestros, para plazas de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificada por Resolución de 25 de octubre de 2023 (DOE n.º 213, de 7 de noviembre).</p>
<p>Por Resolución de 24 de julio de 2024, de la Dirección General de Personal Docente (DOE n.º 143, de 24 de julio), se dio publicidad a las listas definitivas de personas seleccionadas en el procedimiento selectivo convocado.</p>
<p>Con fecha 25 de septiembre de 2025, se dictó la sentencia n.º 85/2025, por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Badajoz, en el procedi­miento abreviado n.º 79/2025, por la que se estima el recurso contencioso-administrativo presentado a instancias de D.ª María Esperanza Núñez Ossorio, contra la desestimación por silencio administrativo del recurso de alzada formulado contra la lista definitiva de personas seleccionadas.</p>
<p>Posteriormente, la sentencia n.º 605/2025, de 19 de diciembre de 2025, de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, dictada en el recurso de apelación n.º 210/2025, promovido por la Junta de Extremadura, confirma íntegramente la resolución judicial del tribunal de instancia.</p>
<p>Tras la declaración de firmeza de la mencionada sentencia, se dispuso su ejecución formal por Resolución de 19 de mayo de 2026, de la Dirección General de Personal Docente, publicada en el DOE n.º 99, de 26 de mayo.</p>
<p>Por Resolución de 8 de junio de 2026, de la Dirección General de Personal Docente, publicada en el DOE n.º 113, de 15 de junio, se procede a dar inicio a la ejecución material de la citada sentencia, retrotrayendo parcialmente el proceso selectivo convocado mediante Resolución de 27 de diciembre de 2022, en lo que respecta a la aspirante, al momento de publicación de las calificaciones definitivas de la fase de oposición, así como del baremo definitivo de la fase de concurso. Del resultado de ambas fases del procedimiento, procede la inclusión de D.ª María Esperanza Núñez Ossorio en la lista de personas seleccionadas.</p>
<p>Por tanto, y en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente, esta Dirección General de Personal Docente,</p>
<p class = "centro">RESUELVE:</p>
<p><span class="negrita">Primero. </span><span class="normal">Declarar incluida en la lista definitiva de personas seleccionadas, publicada mediante Resolución de 24 de julio de 2024, de la Dirección General de Personal Docente (DOE n.º 143, de 24 de julio), en ejecución de la sentencia n.º 85/2025, de 25 de septiembre, del Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Badajoz, a la aspirante que se relaciona: </span></p>
<p class = "tab">	CUERPO: 590 - PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA.</p>
<p class = "tab">	ESPECIALIDAD: 004   LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA.</p>
<p class = "tab">	ACCESO: 1 y 2.</p>
<table>
<tr>
<th class="negrita">
Apellidos y nombre
</th>
<th class="negrita">
D.N.I./N.I.E.
</th>
<th class="negrita">
Oposición
</th>
<th class="negrita">
Concurso
</th>
<th class="negrita">
Total
</th>
<th class="negrita">
Acceso
</th>
</tr>
<tr>
<td>
 NÚÑEZ OSSORIO, MARÍA ESPERANZA
</td>
<td>
***5623**
</td>
<td>
8,0270
</td>
<td>
 6,6166
</td>
<td>
 7,4628
</td>
<td>
1
</td>
</tr>
</table>
<p><span class="negrita">Segundo. </span><span class="normal">Conforme determina la base XXVII de la Convocatoria, la aspirante seleccionada entregará la documentación a la que se refiere el anexo VI en la Delegación Provincial de Educación de la provincia en la que ha actuado, en el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución. </span></p>
<p>De conformidad con lo previsto en el apartado 27.3 de la citada base, si en el plazo establecido, salvo casos de fuerza mayor apreciados por la Dirección General de Personal Docente, no presentase la documentación exigida, o si del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos generales o específicos contemplados en la Convocatoria, decaerá de todos sus derechos de cara al nombramiento como funcionaria de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera incurrido por falsedad.</p>
<p>Asimismo, si del examen de la documentación acreditativa de los méritos se comprobara que carece de alguno de ellos, se procederá a la modificación de la puntuación de la fase de concurso con los efectos que de ello se deriven.</p>
<p><span class="negrita">Tercero. </span><span class="normal">Si la aspirante se encontrara en alguno de los supuestos enumerados en el apartado 27.2 de la base XXVII de la Convocatoria, deberá comunicarlo a la Dirección General de Personal Docente, en el plazo de cinco días hábiles contados desde la publicación de la presente resolución, conforme determina el apartado 27.2.5 de citada base. </span></p>
<p><span class="negrita">Cuarto. </span><span class="normal">En relación con las cuestiones que se deriven de la presente resolución, podrán las personas interesadas promover el incidente que, en relación con la ejecución de sen­tencias, se previene en el artículo 109 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. </span></p>
<lugarfirma>Mérida, 26 de junio de 2026.</lugarfirma>
<firma>
<cargo></cargo>
<norma></norma>
<cargofirmante>El Director General de Personal Docente,</cargofirmante>
<firmante>DAVID MORENO REGO</firmante>
 </firma>
</texto>
</publicacion>