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<identificador>2026061817</identificador>
<titulo>RESOLUCIÓN de 6 de julio de 2026, de la Secretaría General, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo tramitado por el procedimiento abreviado n.º 96/2026, interpuesto ante el Tribunal de Instancia, Sección de lo Contencioso-administrativo Plaza n.º 2 de Mérida, y se emplaza a los posibles interesados en el mismo. </titulo>
<numeroDoe>133</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20260713</fecha_publicacion>
<apartado>III OTRAS RESOLUCIONES</apartado>
<organismo>CONSEJERÍA DE SALUD Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA</organismo>
<rango>RESOLUCIÓN</rango>
<pagina_inicial>29939</pagina_inicial>
<pagina_final>29939</pagina_final>
<descriptor>Recurso</descriptor> 
<descriptor>Emplazamiento</descriptor>
<url_pdf>2026/1330o/26061817.pdf</url_pdf>
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<texto>
 <p>Ante el Tribunal de Instancia, Sección de lo Contencioso-administrativo Plaza n.º 2 de Mérida, se ha presentado el recurso contencioso-administrativo con número de procedimiento abreviado 96/2026, promovido por D. Antonio Fernández Zacarías, contra la Resolución de 28 de julio de 2025, de la Secretaría General de la Consejería de Salud y Servicios Sociales , por la que se le concede un permiso parental por cuidado de hijo menor de 8 años, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.g) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.</p>
<p>En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48 y 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y dando cumplimiento al requerimiento efectuado por el Tribunal de Instancia, Sección de lo Contencioso-administrativo Plaza n.º 2 de Mérida, se acuerda la remisión del expediente administrativo y se emplaza a los posibles interesados en el mismo, para que puedan personarse ante dicho tribunal, si a su derecho conviniera, en el plazo de nueve días, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución. </p>
<p>De personarse fuera del plazo indicado, se les tendrá por parte para los trámites no precluidos, continuando el procedimiento por sus trámites y sin que haya lugar a practicarles en estrados o en cualquier otra forma, notificaciones de clase alguna.</p>
<lugarfirma>Mérida, 6 de julio de 2026.</lugarfirma>
<firma>
<cargo></cargo>
<norma></norma>
<cargofirmante>La Secretaria General,</cargofirmante>
<firmante>MARÍA PILAR NOGALES PEROGIL</firmante>
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