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<metadatos>
<identificador>2026061839</identificador>
<titulo>RESOLUCIÓN de 13 de julio de 2026, del Vicepresidente y Consejero, por la que se conceden Medallas a la defensa de las víctimas del terrorismo de la Comunidad Autónoma de Extremadura. </titulo>
<numeroDoe>137</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20260717</fecha_publicacion>
<apartado>III OTRAS RESOLUCIONES</apartado>
<organismo>VICEPRESIDENCIA Y CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, COORDINACIÓN DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO, INTERIOR Y EMERGENCIAS</organismo>
<rango>RESOLUCIÓN</rango>
<pagina_inicial>30534</pagina_inicial>
<pagina_final>30535</pagina_final>
<descriptor>Víctimas del Terrorismo</descriptor> 
<descriptor>Medallas</descriptor>
<url_pdf>2026/1370o/26061839.pdf</url_pdf>
</metadatos>
<texto>
 <p>La Ley 2/2020, de 4 de marzo, de apoyo, asistencia y reconocimiento a las víctimas de terrorismo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se promulgó, entre otras finalidades, al objeto de rendir testimonio de honor y reconocimiento a quienes hubiesen padecido directa o indirectamente actos terroristas.</p>
<p>El título VI de la ley está dirigido a  la memoria y al reconocimiento de las víctimas  y establece en su artículo 42 que:  La Junta de Extremadura, previa valoración de las circunstancias que concurran en cada caso y en los términos que se establezcan reglamentariamente, podrá conceder a las víctimas de actos terroristas, así como a las instituciones o entidades que se hayan distinguido por su lucha y sacrificio contra el terrorismo, distinciones y honores como muestra de solidaridad y reconocimiento de la sociedad extremeña .</p>
<p>El precepto citado crea la  Medalla a la defensa de las víctimas del terrorismo de la Comunidad Autónoma de Extremadura , la cual se otorgará a las personas, instituciones o entidades, como forma de reconocimiento público por labores notorias en la lucha contra el terrorismo, en la protección y defensa de sus víctimas, en su compromiso público con las mismas, así como en la difusión de la memoria de las víctimas de terrorismo y en la educación en los valores democráticos.</p>
<p>Mediante Decreto 137/2022, de 16 de noviembre, se regularon las distinciones honoríficas a las víctimas de terrorismo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y su procedimiento de concesión.</p>
<p>De acuerdo con la normativa citada, la  Medalla a la defensa de las víctimas del terrorismo de la Comunidad Autónoma de Extremadura  se concederá mediante resolución de la persona titular del órgano competente en materia de víctimas del terrorismo, previa propuesta de la Comisión de Evaluación, que el mismo decreto crea, y será publicada en el Diario Oficial de Extremadura.</p>
<p>Reunida esta Comisión el día 24 de junio de 2026, una vez analizadas y estudiadas las propuestas presentadas en función de lo establecido en los artículos 16 y siguientes del decreto citado, ha elevado propuesta para la concesión de la Medalla a la defensa de las víctimas del terrorismo.</p>
<p>En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 21 del citado Decreto 137/2022, de 16 de noviembre, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por los artículos 9 y 11 del Decreto 18/2026, de 30 de abril, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,</p>
<p class = "centro">RESUELVO:</p>
<p>Conceder la Medalla a la defensa de las víctimas del terrorismo de la Comunidad Autónoma de Extremadura a las personas y entidades que se relacionan a continuación:</p>
<p class = "tab">	—  Federación de asociaciones de personas con discapacidad física y orgánica de la provincia de Cáceres (CONCEMFE-CÁCERES).</p>
<p class = "tab">	—  Asociación de vecinos Nuevo Cáceres.</p>
<p class = "tab">	—  D. Ángel Juanes Peces.</p>
<p class = "tab">	—  D.ª Ángela Gómez-Rodulfo de Solís.</p>
<lugarfirma>Mérida, 13 de julio de 2026.</lugarfirma>
<firma>
<cargo>El Vicepresidente y Consejero de Presidencia,</cargo>
<norma>Coordinación de la Acción de Gobierno,</norma>
<cargofirmante>Interior y Emergencias,</cargofirmante>
<firmante>ABEL BAUTISTA MORÁN</firmante>
 </firma>
</texto>
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