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<identificador>2026061874</identificador>
<titulo>MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio del aumento de los créditos de la convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación del Programa GOTOMARKET: Ayudas para el desarrollo y lanzamiento a los mercados de nuevos productos, servicios o procesos de carácter innovador por parte de las empresas de Extremadura. </titulo>
<numeroDoe>137</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20260717</fecha_publicacion>
<apartado>I DISPOSICIONES GENERALES</apartado>
<organismo>CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL</organismo>
<rango>MODIFICACIÓN</rango>
<pagina_inicial>30451</pagina_inicial>
<pagina_final>30452</pagina_final>
<descriptor>Empresa</descriptor> 
<descriptor>Ayudas</descriptor>
<url_pdf>2026/1370o/26061874.pdf</url_pdf>
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<texto>
 <p>BDNS(Identif.): 860417</p>
<p>De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número 195 de fecha 9 de octubre de 2025, Extracto del Decreto 135/2025, de 23 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras del Programa GOTOMARKET: Ayudas para el desarrollo y lanzamiento a los mercados de nuevos productos, servicios o procesos de carácter innovador por parte de las empresas de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) con la identificación BDNS 860417.</p>
<p>El artículo 29.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que en las convocatorias se determinarán las aplicaciones, proyectos presupuestarios y las cuantías estimadas previstas inicialmente para el periodo de vigencia de la convocatoria.</p>
<p>En el artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura establece que:</p>
<p> Con los mismos trámites y requisitos señalados en el apartado 3 anterior, pero sin las limitaciones derivadas del artículo 23.2.h) de esta ley, se actuará para las variaciones que puedan producirse respecto a las aplicaciones o proyectos presupuestarios, o cuantías previstas inicialmente en las convocatorias abiertas por concesión directa .</p>
<p>A este respecto , el apartado 3 del citado artículo 39 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, establece que el aumento de los créditos en una convocatoria exigirá la modificación previa del expediente de gasto, previo informe, de la Intervención General, y la publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de subvenciones de la Comunidad Autónoma de un anuncio del órgano al que corresponda la aprobación de la convocatoria , en el que se recojan de acuerdo con la modificación producida como quedarían los créditos totales de la convocatoria distribuidos por proyectos y aplicaciones presupuestarias.</p>
<p>El apartado decimoquinto de la citada disposición adicional por la que se realiza la convocatoria, recoge la financiación de la misma diferenciando las partidas presupuestarias en función del tipo de solicitante de manera que:</p>
<p class = "tab">	—  Para solicitudes tramitadas a instancias de PYMES, el importe de las subvenciones se realiza con cargo a la aplicación presupuestaria 14004.323A.77000, proyecto de gasto 20240552 PROGRAMA AYUDAS PYMES ACCESO A MERCADOS, financiado con fondos TE32004001, con una dotación económica de 1.794.140 euros distribuidos en dos anualidades, 1.255.898 euros con cargo a la anualidad 2025 y 538.242 euros con cargo a la anualidad 2026.</p>
<p class = "tab">	—  Para aquellas solicitudes tramitadas a instancias de GRANDES EMPRESAS el importe de las subvenciones se establece que se realice con cargo a la aplicación presupuestaria 14004.323A.77000, proyecto de gasto 20250405 PROGRAMA DE AYUDAS ACCESO A MERCADOS GRANDES EMPRESAS con una dotación económica de 1.700.000 euros distribuidos también en dos anualidades, la anualidad 2025 con una dotación de 1.190.000 euros y la anualidad 2026 con una dotación de 510.000 euros financiados con fondos propios de la comunidad autónoma de Extremadura.</p>
<p>Con la única finalidad de poder subvencionar todas las solicitudes presentadas y consideradas subvencionables, se amplía la dotación total de la convocatoria en 1.371.663,89 euros en la partida presupuestaria destinada a las ayudas solicitadas por Pymes.</p>
<p>Por todo lo anterior, se procede al anuncio del aumento de los créditos previstos en el previstos en el punto decimoquinto de la Disposición adicional única del Decreto 135/2025, de 23 de septiembre (DOE número 195, de 9 de octubre), por el que se convocan las ayudas para el año 2025 de las subvenciones destinadas a la financiación del Programa GOTOMARKET: Ayudas para el desarrollo y lanzamiento a los mercados de nuevos productos, servicios o procesos de carácter innovador por parte de las empresas de Extremadura consignados en la aplicación presupuestaria 14004.323A.77000 Proyecto de Gasto 20240552 PROGRAMA AYUDAS PYMES ACCESO A MERCADOS, financiado con fondos TE32004001 por importe de 1.371.663,89 euros imputados en la anualidad 2026 por importe de 960.164,72 euros y 411.499,17 euros imputados en la anualidad 2027 de la misma aplicación presupuestaria y proyecto de gasto.</p>
<p>Así los créditos totales de la convocatoria quedan distribuidos en la anualidad 2026 por importe de 2.754.304,72 euros y en la anualidad 2027 por importe de 411.499,17 euros consignados en la aplicación presupuestaria 14004.323A.77000 Proyecto de Gasto 20240552 PROGRAMA AYUDAS PYMES ACCESO A MERCADOS, financiado con fondos procedentes de transferencias del Estado.</p>
<lugarfirma>Mérida, 29 de junio de 2026.</lugarfirma>
<firma>
<cargofirmante>El Secretario General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital,</cargofirmante>
<firmante>JUAN ANDRÉS MORENO MARTÍN</firmante>
 </firma>
</texto>
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