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<identificador>2026061918</identificador>
<titulo>RESOLUCIÓN de 16 de julio de 2026, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y FUNDECYT-PCTEX por el que se formaliza la transferencia específica destinada a financiar el proyecto "5071 FUNDECYT-Parque Científico Tecnológico de Extremadura: Oficina Técnica para la Estrategia de Digitalización" en el ejercicio 2026. </titulo>
<numeroDoe>142</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20260724</fecha_publicacion>
<apartado>III OTRAS RESOLUCIONES</apartado>
<organismo>VICEPRESIDENCIA Y CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, COORDINACIÓN DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO, INTERIOR Y EMERGENCIAS</organismo>
<rango>RESOLUCIÓN</rango>
<pagina_inicial>31167</pagina_inicial>
<pagina_final>31201</pagina_final>
<descriptor>Convenios</descriptor> 
<url_pdf>2026/1420o/26061918.pdf</url_pdf>
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<texto>
 <p>Habiéndose firmado el día 22 de junio de 2026, el Convenio de Colaboración entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y FUNDECYT-PCTEX por el que se formaliza la transferencia específica destinada a financiar el proyecto  5071 FUNDECYT-Parque Científico Tecnológico de Extremadura: Oficina Técnica para la Estrategia de Digitalización  en el Ejercicio 2026, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 del Decreto 154/2025, de 18 de noviembre, por el que se regula la actividad convencional y el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,</p>
<p class = "centro">RESUELVO:</p>
<p>La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio que figura como anexo de la presente resolución.</p>
<lugarfirma>Mérida, 16 de julio de 2026.</lugarfirma>
<firma>
<cargo></cargo>
<norma></norma>
<cargofirmante>El Secretario General,</cargofirmante>
<firmante>DAVID GONZÁLEZ GIL</firmante>
 </firma>
<p class = "centro">CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y FUNDECYT-PCTEX POR EL QUE SE FORMALIZA LA TRANSFERENCIA ESPECÍFICA DESTINADA A FINANCIAR EL PROYECTO  5071 FUNDECYT-PARQUE CIENTÍFICO TECNOLÓGICO DE EXTREMADURA: OFICINA TÉCNICA PARA LA ESTRATEGIA DE DIGITALIZACIÓN   EN EL EJERCICIO 2026</p>
<lugarfirma>Mérida, 22 de junio de 2026.</lugarfirma>
<p class = "centro">REUNIDOS</p>
<p>De una parte, D. Juan Andrés Moreno Martín, Secretario General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, cargo que ostenta en virtud del nombramiento efectuado por Decreto 93/2023, de 28 de julio (DOE núm. 146, de 31 de julio), actuando por delegación de firma del Consejero, en virtud de la Resolución de 8 de mayo de 2026, del Consejero, sobre delegación de competencias en diversas materias y delegación de firma (DOE núm. 90, de 13 de mayo), y de conformidad con las competencias que le atribuyen los artículos 36 y 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, autorizado para la suscripción del presente Convenio mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión del día XXX de junio de 2026.</p>
<p>Y de otra parte, D. José Luis Canito Lobo, actuando en representación de la entidad Fundación Fundecyt Parque Científico y Tecnológico de Extremadura (en adelante FUNDECYT-PCTEX), con NIF G-06630644 y domicilio social en avda. Elvas s/n 06071 Badajoz, inscrita en el Registro de Fundaciones de la Junta de Extremadura con el número de registro 06/138, en su condición de Director Gerente con poderes suficientes según nombramiento mediante Decreto 273/2023, de 7 de noviembre (DOE núm. 216, de 10 de noviembre).</p>
<p>Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante el presente Convenio en los términos que en él se contienen y, al efecto</p>
<p class = "centro">EXPONEN</p>
<p><span class="negrita">Primero. </span><span class="normal">Que el Decreto de la Presidenta 11/2026, de 29 de abril, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se crean las Vicepresidencias dispone en su artículo 2 que la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital  ejercerá las competencias en materia de planificación y coordinación económica y estadística, comercio e inversiones y la política empresarial, promoción de la empresa y apoyo al emprendedor; así como las competencias en materia de trabajo y políticas de empleo, las de sociedad de la información y telecomunicaciones. Asimismo, ejercerá las de política tecnológica de carácter corporativo, administración electrónica y atención y participación ciudadana . </span></p>
<p>A tenor de lo dispuesto en el Decreto 18/2026, de 30 de abril, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura corresponde a la Dirección General de Digitalización Regional, bajo la superior dirección de la persona titular de la Consejería y la coordinación de la Secretaría General de Transformación Digital e Inteligencia Artificial, el ejercicio de las competencias de impulso de transformación digital del tejido productivo y del territorio, el desarrollo de infraestructuras digitales y de telecomunicaciones, la economía digital, la inteligencia artificial aplicada a la empresa, el talento digital, el emprendimiento tecnológico y el ecosistema digital regional, así como el análisis y seguimiento del impacto de la transformación digital en Extremadura .</p>
<p><span class="negrita">Segundo. </span><span class="normal">El Programa Europa Digital (DIGITAL) es un programa de financiación de la UE centrado en llevar la tecnología digital a las empresas, los ciudadanos y las administraciones públicas. El Programa Europa Digital (DIGITAL) proporciona financiación estratégica para responder a estos retos, apoyando proyectos en ámbitos de capacidad clave como: supercomputación, inteligencia artificial, ciberseguridad, capacidades digitales avanzadas y garantía de un amplio uso de las tecnologías digitales en toda la economía y la sociedad. </span></p>
<p>Apoya a la industria, las pequeñas y medianas empresas (pymes) y la administración pública en su transformación digital con una red reforzada de centros europeos de innovación digital (EDIH). Con un presupuesto total de más de 8 100 millones EUR, DIGITAL tiene por objeto configurar la transformación digital de la sociedad y la economía europeas, en consonancia con los objetivos de la UE definidos en la Comunicación  Brújula Digital 2030: El enfoque europeo para la Década Digital y en el programa de políticas  Itinerario hacia la Década Digital . El Programa Europa Digital forma parte del presupuesto a largo plazo de la UE, el marco financiero plurianual 2021-2027.</p>
<p><span class="negrita">Tercero. </span><span class="normal">Que la Junta de Extremadura, en consonancia con las prioridades establecidas por la Unión Europea y el Gobierno de España en materia de transformación digital, ha impulsado la Estrategia de Transformación Digital de Extremadura (ETDE) 2023-2027, concebida como el instrumento de planificación estratégica destinado a promover la modernización tecnológica, la innovación y el desarrollo digital sostenible de la región. </span></p>
<p>La ETDE nace con el propósito de afrontar los retos derivados de la acelerada digitalización de la economía y de la sociedad, configurando un modelo regional basado en la innovación, la conectividad, la sostenibilidad y la cohesión territorial y social. Su objetivo principal es situar a Extremadura en una posición competitiva dentro del nuevo contexto digital europeo, favoreciendo un crecimiento inteligente, inclusivo y resiliente, especialmente en un territorio con una marcada dispersión geográfica y un importante componente rural.</p>
<p>En este sentido, la Estrategia contempla un conjunto de actuaciones dirigidas a impulsar la transformación digital de la Administración Pública extremeña, fomentando servicios públicos más ágiles, accesibles, interoperables y centrados en las necesidades de la ciudadanía y de las empresas. Asimismo, persigue reforzar las infraestructuras digitales y la conectividad del territorio, reduciendo la brecha digital entre entornos urbanos y rurales y garantizando un acceso equitativo a las tecnologías de la información y la comunicación.</p>
<p>Igualmente, la ETDE promueve el desarrollo de las competencias y capacidades digitales de la ciudadanía, prestando especial atención a la formación, la inclusión digital y la generación de talento tecnológico, con el fin de favorecer la igualdad de oportunidades y la adaptación de la población a los nuevos entornos digitales.</p>
<p>Del mismo modo, la Estrategia apuesta por fortalecer el tejido empresarial extremeño mediante el impulso de la innovación, la digitalización de las pymes, el emprendimiento tecnológico y la incorporación de tecnologías emergentes, contribuyendo así a mejorar la competitividad, la productividad y la capacidad de internacionalización de las empresas de la región.</p>
<p>En línea con las iniciativas europeas de la Década Digital 2030 y la Brújula Digital Europea, la Estrategia de Transformación Digital de Extremadura se articula en torno a cuatro grandes ejes estratégicos:</p>
<p class = "tab">	1.  Administración ágil, eficiente y proactiva.</p>
<p class = "tab">	     Orientado a la digitalización y modernización de los servicios públicos, promoviendo una Administración electrónica más accesible, interoperable, eficiente y centrada en la ciudadanía. </p>
<p class = "tab">	2.  Conectividad digital, territorio inteligente y ciberseguridad.</p>
<p class = "tab">	     Dirigido al fortalecimiento de las infraestructuras digitales, la extensión de la conectividad de alta capacidad, el desarrollo de territorios inteligentes y el refuerzo de la ciberseguridad y la resiliencia digital. </p>
<p class = "tab">	3.  Hacia una sociedad digital.</p>
<p class = "tab">	     Centrado en el impulso de las competencias digitales, la capacitación tecnológica de la ciudadanía y la promoción de la inclusión digital para evitar desigualdades derivadas de la brecha tecnológica. </p>
<p class = "tab">	4.  Construir una región competitiva e innovadora.</p>
<p class = "tab">	     Enfocado en la transformación digital del tejido productivo, el apoyo a la innovación empresarial, el emprendimiento tecnológico y la adopción de tecnologías avanzadas por parte de las empresas extremeñas.</p>
<p><span class="negrita">Cuarto. </span><span class="normal">Que la Fundación Fundecyt Parque Científico y Tecnológico de Extremadura (en adelante FUNDECYT- PCTEX) es una fundación del sector público de la Comunidad Autónoma de Extremadura que, dentro del sistema de  Ciencia, Tecnología, Economía, Sociedad , tiene como objetivos, entre otros, los de promover proyectos de interés general en este campo, así como desarrollar, colaborar y coordinar, en su caso y a su encomienda, los programas que al efecto desarrollen la Junta de Extremadura, la Universidad de Extremadura, otras Administraciones e Instituciones Públicas extremeñas y las empresas privadas, para consolidar un sistema estable, sostenible, generador de empleo, bienestar y desarrollo competitivo. </span></p>
<p>Para el desarrollo de estos objetivos, FUNDECYT-PCTEX tiene, entre otros, los siguientes fines:</p>
<p class = "tab">	1.  La Fundación tiene por objeto contribuir al aprovechamiento social y económico de la ciencia y la tecnología, el apoyo y promoción del desarrollo científico y tecnológico y su gestión, lograr un mejor aprovechamiento de la investigación y la innovación y estimular la participación de la sociedad civil movilizando sus recursos. Para la realización de estos fines la Fundación realizará actividades fundamentalmente, aunque sin ánimo exclusivo, en las siguientes áreas:</p>
<p class = "tab">		a)  Intercambio de ciencia, tecnología y conocimiento.</p>
<p class = "tab">		b)  Innovación empresarial y social y para el sector público.</p>
<p class = "tab">		c)  Gestión de espacios de I+D e innovación, incluyendo los propios del Parque Científico y Tecnológico.</p>
<p class = "tab">		d)  Gestión directa y apoyo en la gestión de proyectos nacionales y europeos.</p>
<p class = "tab">		e)  Atracción, gestión y desarrollo del conocimiento y del talento.</p>
<p class = "tab">		f)  Soporte al emprendimiento innovador basado en la ciencia, la tecnología y el conocimiento.</p>
<p class = "tab">		g)  Colaboración nacional e internacional con todo tipo de instituciones y organizaciones para el desarrollo de actividades en las áreas mencionadas con anterioridad.</p>
<p class = "tab">	2.  La enunciación de los citados fines no les otorga orden de prelación alguno.</p>
<p><span class="negrita">Quinto. </span><span class="normal">Que, por todo lo expuesto, la actual Dirección General de Digitalización Regional considera de especial interés estratégico establecer una línea de colaboración con FUNDECYT-PCTEX para garantizar la continuidad y el adecuado desarrollo de las actuaciones vinculadas al proyecto  OFICINA TÉCNICA PARA LA ESTRATEGIA DE DIGITALIZACIÓN . </span></p>
<p>Dicha colaboración se considera necesaria para asegurar el seguimiento, coordinación, impulso y ejecución de las iniciativas contempladas en la Estrategia de Transformación Digital de Extremadura 2023-2027, favoreciendo una gestión especializada y transversal de las actuaciones orientadas a la modernización digital de la Comunidad Autónoma.</p>
<p>En particular, la participación de FUNDECYT-PCTEX permitirá aportar apoyo técnico y metodológico en tareas de planificación, coordinación, asistencia técnica, seguimiento de proyectos, definición de indicadores, análisis de resultados y dinamización de iniciativas relacionadas con la transformación digital del territorio, contribuyendo asimismo a reforzar la colaboración entre Administración, tejido empresarial, ecosistema innovador y agentes tecnológicos regionales.</p>
<p>Asimismo, la experiencia y capacidad técnica de dicha entidad en el ámbito de la innovación, la digitalización y la gestión de proyectos estratégicos de carácter regional, nacional y europeo, la convierten en un instrumento idóneo para facilitar la ejecución eficiente de las actuaciones previstas, optimizar los recursos disponibles y favorecer el cumplimiento de los objetivos estratégicos definidos en la ETDE 2023-2027.</p>
<p>La colaboración proyectada permitirá igualmente dotar de continuidad operativa a las actuaciones ya iniciadas, garantizar la coherencia y alineación de las distintas iniciativas de digitalización impulsadas por la Junta de Extremadura y consolidar un modelo de gobernanza digital orientado a resultados, basado en la innovación, la cooperación institucional y la mejora continua de los servicios públicos y del ecosistema digital extremeño.</p>
<p><span class="negrita">Sexto. </span><span class="normal">Las actuaciones objeto del presente Convenio se enmarcan de manera directa en la Estrategia de Transformación Digital de Extremadura, constituyendo un instrumento operativo para su despliegue efectivo en el territorio. A través de la continuidad y consolidación de la Oficina Técnica especializada, puesta en marcha en el año 2020, así como del desarrollo de actuaciones de acompañamiento, dinamización, encuentro y difusión, el Convenio contribuye a reforzar la gobernanza de la estrategia, impulsar la adopción de la digitalización en el tejido empresarial, favorecer la colaboración entre agentes públicos y privados y promover nuevos modelos de trabajo y actividad económica vinculados al talento digital. </span></p>
<p>En este sentido, el conjunto de las actuaciones previstas responde al objetivo común de acelerar la transformación digital de la región, mejorar su competitividad, favorecer la cohesión territorial y posicionar a Extremadura como un territorio atractivo para la innovación, el emprendimiento y el empleo digital, en coherencia con las prioridades estratégicas definidas por la Junta de Extremadura.</p>
<p><span class="negrita">Séptimo. </span><span class="normal">La Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024 (DOE núm. 26 de 6 de febrero), en el anexo del proyecto de gastos de la Sección 14  Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital , en el servicio 14007  Dirección General de Digitalización Regional  y en el programa 332A  Tecnologías de la Información y las Comunicaciones  contempla una transferencia específica a favor de la FUNDECYT-PCTEX para la ejecución del proyecto 5071_FUNDECYT-PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DE EXTREMADURA: OFICINA TÉCNICA PARA LA ESTRATÉGIA DE DIGITALIZACIÓN por importe de noventa mil euros (90.000€). </span></p>
<p>Una vez publicada la Orden de 16 de diciembre de 2025 por la que se fijan las condiciones y criterios de aplicación de la prórroga de los Generales de la Comunidad de Extremadura para 2024 en el ejercicio de 2026. (DOE núm. 243, de 18 de diciembre), se prorrogan los créditos asignados a las transferencias específicas.</p>
<p>De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.2 de la citada Ley, se consideran transferencias específicas, las aportaciones dinerarias recogidas nominativamente en el Anexo del Proyecto de Gastos de esta ley con cargo a los capítulos de gasto IV o VII, destinadas a financiar la realización de actuaciones concretas por los citadas entidades que forman parte del Sector Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco de las funciones que tengan atribuidas, siempre que no resulten de una convocatoria pública.</p>
<p>Mediante el presente Convenio se pretende formalizar la citada transferencia específica, conforme a lo dispuesto en el 45.3 de la Ley 1/2024, de 5 de febrero, según el cual, deberá formalizarse mediante Convenio suscrito por el titular de la sección presupuestaria a la que se encuentren adscritos los créditos, con indicación del objeto de las actuaciones concretas a desarrollar; la forma de pago ajustada al Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2005, el plazo; la forma de justificación, que deberá comprender la acreditación del coste del proyecto, del cumplimiento de su finalidad y las medidas que garanticen su trazabilidad; las acciones de seguimiento y control de las actuaciones; y las consecuencias de su incumplimiento, entre las que se incluirá, en todo caso, la devolución o compensación de las cantidades no justificadas.</p>
<p>Por todo ello, ambas partes, acuerdan suscribir el presente Convenio que se regirá por las siguientes,</p>
<p class = "centro">CLÁUSULAS</p>
<p class="negrita">Primera. Objeto del Convenio.</p>
<p>El presente Convenio tiene por objeto formalizar una transferencia específica para la ejecución del Proyecto  OFICINA TÉCNICA para la estrategia de digitalización . Las actuaciones a desarrollar en el marco del presente Convenio serán las siguientes:</p>
<p class = "tab">	1.  ACTUACIÓN 1. Mantenimiento y actualización del Portal de Transformación digital. </p>
<p class = "tab">	2.  ACTUACIÓN 2. Asistencia técnica para la implementación, seguimiento y despliegue de la Estrategia de Transformación Digital.</p>
<p class = "tab">	3.  ACTUACIÓN 3 B2B entre empresas extremeñas. </p>
<p class = "tab">	4.  ACTUACIÓN 4. Organización y celebración de una jornada de encuentro de nómadas digitales en Extremadura.</p>
<p class = "tab">	5.  ACTUACIÓN 5 Asistencia técnica para actuaciones financiadas con fondos europeos.</p>
<p class = "tab">	6.  ACTUACION 6. Difusión y comunicación. </p>
<p>Las cuales tendrán el contenido y alcance indicado en el ANEXO I. MEMORIA DEL PROYECTO  OFICINA TÉCNICA para la estrategia de digitalización  del presente Convenio.</p>
<p class="negrita">Segunda. Financiación.</p>
<p>La financiación del Proyecto  OFICINA TÉCNICA para la estrategia de digitalización  a favor de la FUNDECYT-PCTEX, se llevará a cabo a través una transferencia específica por importe de noventa mil euros (90.000€) con la siguiente imputación presupuestaria:</p>
<table>
<tr>
<th class="negrita">
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
</th>
<th class="negrita">
PROYECTO DE GASTO
</th>
<th class="negrita">
DENOMINACIÓN DEL PROYECTO
</th>
<th class="negrita">
IMPORTE ANUALIDAD 2026
</th>
</tr>
<tr>
<td>
**********/332A/44000
</td>
<td>
20240123
</td>
<td>
5071 FUNDECYT PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DE EXTREMADURA: OFICINA TÉCNICA PARA LA ESTRATÉGIA DE DIGITALIZACIÓN
</td>
<td>
90.000 €
</td>
</tr>
</table>
<p class="negrita">Tercera. Actividades a realizar por FUNDECYT- PCTEX.</p>
<p>FUNDECYT- PCTEX con cargo a esta transferencia específica, realizará las actividades indicadas en el ANEXO I del presente Convenio.</p>
<p>La ejecución de las actividades por parte de FUNDECYT- PCTEX financiadas con cargo a esta transferencia no generará ingresos, en ningún caso.</p>
<p>Asimismo, FUNDECYT- PCTEX realizará la actuación y justificará los gastos en los términos establecidos en el ANEXO II del presente Convenio.</p>
<p class="negrita">Cuarta. Obligaciones de las partes.</p>
<p>Con el interés común de impulsar la  OFICINA TÉCNICA para la estrategia de digitalización  las partes contribuyen a su desarrollo poniendo en común los datos, los conocimientos y los elementos personales y materiales necesarios para su realización.</p>
<p>En concreto, del presente Convenio se derivan las siguientes obligaciones para las partes:</p>
<p class = "tab">	A)  Corresponde a la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital de la Junta de Extremadura, desde la actual Dirección General de Digitalización Regional:</p>
<p class = "tab">		—  Coordinar la dirección del proyecto en su conjunto para la correcta ejecución del mismo.</p>
<p class = "tab">		—  Aportar la información precisa para ayudar a establecer de forma clara los objetivos perseguidos.</p>
<p class = "tab">		—  Favorecer la coordinación de los diferentes agentes políticos, técnicos y sociales involucrados.</p>
<p class = "tab">		—  Favorecer la difusión y comunicación del Convenio y las actuaciones que se desarrollen en el marco del mismo, entre las administraciones públicas y entidades públicas y privadas en el ámbito estatal e internacional, para lograr su participación activa en el desarrollo de las mismas.</p>
<p class = "tab">	B)  Corresponde a FUNDECYT-PCTEX:</p>
<p class = "tab">		—  Ejecutar las actividades financiadas con cargo a esta transferencia específica.</p>
<p class = "tab">		—  Acompañar a la Junta de Extremadura a través de la Dirección General de Digitalización Regional en trabajos relacionados con la estrategia de transformación digital de Extremadura.</p>
<p class = "tab">		—  Preparar documentos e informes para la dirección, gestión, seguimiento, evaluación y control del proyecto. </p>
<p class = "tab">		—  Apoyar al seguimiento y control técnico y económico de actuaciones a realizar, así como la gestión de la información.</p>
<p class = "tab">		—  Apoyar administrativamente en particular, en la generación, recogida, tratamiento y análisis de la información necesaria para el seguimiento y coordinación del proyecto, en el cumplimiento de las obligaciones de información exigidas, así como en el soporte y asistencia a la elaboración de los informes de evaluación.</p>
<p class = "tab">		—  Asistir técnicamente en los foros, jornadas y conferencias o ruedas de prensa que se organicen en el contexto y ámbito del presente Convenio.</p>
<p class = "tab">		—  Apoyar para la difusión de las actividades y resultados, en el contexto y ámbito del presente Convenio.</p>
<p class = "tab">		—  Analizar y evaluar el resultado e impacto de los planes, proyectos y actuaciones y, en general, del estado de desarrollo de la estrategia de transformación digital, en el contexto y ámbito del presente Convenio. Apoyando en la elaboración y cumplimiento de los documentos que a efectos de estrategias transversales sean requeridas a la Dirección General de Digitalización Regional.</p>
<p class = "tab">		—  Facilitar datos a otros organismos competentes en la materia.</p>
<p class = "tab">		—  Asesorar a técnicos y representantes del Ejecutivo regional en el impulso de iniciativas orientadas a la aplicación de las medidas de la estrategia de transformación digital.</p>
<p class = "tab">		—  Justificar los gastos imputables a la ejecución del Convenio ante los organismos que participan en la financiación, siguiendo los criterios que se establezcan por la Comisión de Seguimiento.</p>
<p class = "tab">		—  Y, en general, gestionar las actuaciones que se atribuyan al Equipo técnico de la Oficina Técnica en virtud de las estipulaciones de este Convenio y aquéllas que estime convenientes para la consecución de los objetivos perseguidos.</p>
<p class="negrita">Quinta. Pago y ejecución.</p>
<p>1.  El pago de la transferencia específica se realizará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108.1 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura, y en el artículo 3.2.c) del Decreto 105/2005, de 12 de abril, por el que se aprueba el Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante libramientos trimestrales por cuartas partes del crédito presupuestario correspondiente. </p>
<p>    Así pues, el pago se determina de la siguiente forma:</p>
<p class = "tab">	—  El pago de la transferencia se realizará trimestralmente, por cuartas partes del importe total de la transferencia y se abonará dentro del primer mes de cada trimestre. Si a la firma del presente Convenio hubiera transcurrido más de un trimestre de la anualidad podrá acumularse para su abono.</p>
<p class = "tab">	—  Para proceder al abono anticipado de la cantidad correspondiente a un nuevo trimestre, deberá haberse justificado previamente el 100% de los trimestres abonados anteriormente. En caso de demorarse la presentación de dicha justificación no se procederá al libramiento del último trimestre hasta que la misma tenga lugar, la presentación de la justificación deberá realizarse como máximo hasta el 1 de diciembre de 2026 inclusive.</p>
<p class = "tab">	—  La justificación final correspondiente al total de los gastos pendientes de justificar se deberá presentar como máximo hasta el 28 de febrero 2027, conforme a las instrucciones que se adjuntan como Anexo II de este Convenio. </p>
<p>2.  La fecha de finalización de la ejecución del proyecto será el 31 de diciembre de 2026, sin perjuicio de que a la transferencia específica que se formaliza mediante la suscripción de este Convenio puedan imputarse los gastos derivados de tal ejecución en los que se haya incurrido desde el 1 de enero de 2026.</p>
<p>3.  La fecha límite para presentar la documentación justificativa será el 28 de febrero de 2027. </p>
<p class="negrita">Sexta. Incumplimiento y devolución.</p>
<p>1.  Serán causas de incumplimiento que conllevarán, previa audiencia de FUNDECYT- PCTEX, la devolución, en su caso, total o parcial de la transferencia específica y el reintegro a la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura de las cantidades percibidas con los intereses legales correspondientes, las siguientes:</p>
<p class = "tab">	a)  No justificación, justificación insuficiente o justificación fuera de plazo de las actuaciones a ejecutar.</p>
<p class = "tab">	b)  El falseamiento, la inexactitud o la omisión de los datos suministrados por FUNDECYT- PCTEX.</p>
<p class = "tab">	c)  No adopción de las medidas de difusión y publicidad de la cláusula décima.</p>
<p class = "tab">	d)  No realización de las actividades objeto de esta transferencia.</p>
<p class = "tab">	e)  El incumplimiento de cualquiera de las restantes obligaciones establecidas en el presente Convenio.</p>
<p>2.  El grado de incumplimiento se determinará proporcionalmente al porcentaje que no se haya ejecutado o no se haya justificado correctamente. Se entenderá cumplido el objeto de la transferencia cuando alcance un grado de ejecución que sea al menos igual o superior al 50 % del importe total de la misma, procediendo la devolución parcial, de las cantidades percibidas y no ejecutadas. En caso contrario, existirá incumplimiento total y procederá la devolución total de las cantidades percibidas cuando el grado de ejecución mínimo resulte inferior al 50% de la cuantía total de la transferencia. Todo ello, sin perjuicio de la exigencia del interés de demora previsto en el artículo 24 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, de Hacienda Pública de Extremadura.</p>
<p>3.  El procedimiento de devolución de la transferencia, cuando proceda en virtud del incumplimiento antes dicho, o a consecuencia de la emisión del informe de control financiero emitido por la Intervención General de la Junta de Extremadura, se iniciará de oficio por la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital.</p>
<p>     El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de devolución será de 12 meses desde la fecha del acuerdo de iniciación. Transcurrido el plazo para resolver sin que haya sido notificada resolución expresa, se producirá la caducidad del procedimiento, sin perjuicio de continuar las actuaciones hasta su terminación y sin que se considere interrumpida la prescripción por las actuaciones realizadas hasta la finalización del citado plazo.</p>
<p>     La resolución del procedimiento de devolución pondrá fin a la vía administrativa. De no reintegrarse las cantidades que se determinen en periodo voluntario, se acudirá a la vía ejecutiva.</p>
<p class="negrita">Séptima. Modificación del Convenio. </p>
<p>El presente Convenio podrá ser modificado por acuerdo unánime y expreso entre las partes, mediante suscripción del oportuno acuerdo de modificación, que se incorporará como adenda al Convenio, formalizado con anterioridad a la expiración del plazo de duración de este.</p>
<p class="negrita">Octava. Derechos de propiedad intelectual y publicaciones.</p>
<p>En materia de derechos de propiedad intelectual que se deriven del presente Convenio, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia, entendiendo que la proporción en estos derechos, que son el resultado unitario de una obra de colaboración, es igual para todas partes. A estos efectos, la difusión o publicación de los resultados de los trabajos, cualquiera que sea el medio que se utilice para ella, hará constar las instituciones que lo han hecho posible, así como los autores de dichos trabajos. Todo ello bajo la licencia Creative Commons.</p>
<p class="negrita">Novena. Comisión de Seguimiento.</p>
<p>Con el fin de facilitar la coordinación y el desarrollo del presente Convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento, que estará formada por dos representantes de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y dos representantes de FUNDECYT- PCTEX designados por quienes suscriben el presente Convenio.</p>
<p>Esta Comisión se regirá en cuanto a su constitución, funcionamiento y adopción de acuerdos por la normativa vigente en materia de órganos colegiados contenida en la sección 3, Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.</p>
<p>La Presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponde a uno de los representantes de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital de la Junta de Extremadura, ostentando voto de calidad en caso de empate. El ejercicio de las funciones de secretario de la Comisión de Seguimiento corresponderá a uno de los representantes de FUNDECYT- PCTEX.</p>
<p>La Comisión de Seguimiento establecerá las directrices básicas de organización y funcionamiento del presente Convenio.</p>
<p>A la Comisión de Seguimiento le corresponden, entre otras, las siguientes funciones:</p>
<p class = "tab">	—  Realizar el seguimiento de la actuación.</p>
<p class = "tab">	—  Aclarar y resolver cuantas dudas y controversias pudieran surgir en la interpretación y ejecución del presente Convenio,</p>
<p class = "tab">	—  Recabar la información que sea razonable para el seguimiento de la actuación tanto en los aspectos científicos y técnicos como en los económicos y organizativos, debiendo garantizar FUNDECYT- PCTEX la disponibilidad de la información.</p>
<p class="negrita">Décima. Eficacia, duración y resolución.</p>
<p>La eficacia del presente Convenio será desde la fecha de su firma por ambas partes hasta el 31 de diciembre de 2026. No obstante, se podrán imputar gastos derivados de la ejecución del proyecto desde el 1 de enero de 2026, tal como se recoge en la cláusula quinta.</p>
<p>Serán causas de Resolución del presente Convenio:</p>
<p class = "tab">	—  El vencimiento del plazo de eficacia.</p>
<p class = "tab">	—  El acuerdo de las partes, formalizado por escrito.</p>
<p class = "tab">	—  La imposibilidad sobrevenida del cumplimiento de las actividades descritas.</p>
<p class = "tab">	—  La denuncia del Convenio instada por una de las partes ante el incumplimiento de la otra, de acuerdo con los términos establecidos en el presente documento. En este caso, la parte cumplidora notificará a la otra el incumplimiento, concediendo un plazo de 15 días para subsanarlo y, en caso negativo, se dará por finalizado y extinguido el Convenio.</p>
<p>En cualquier caso, su resolución anticipada no afectará a las actividades en curso que deberán ser realizadas hasta su completa finalización.</p>
<p class="negrita">Undécima. Información y publicidad.</p>
<p>La Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital deberá aparecer en todos los soportes publicitarios de las actividades que se realicen con los fondos de esta transferencia específica y se deberán cumplir las prescripciones sobre identificación, información y publicidad de las inversiones realizadas por la Junta de Extremadura, recogidas en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura.</p>
<p class="negrita">Duodécima. Régimen Jurídico y resolución de controversias.</p>
<p>El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, quedando excluido del ámbito de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6, y formalizándose al amparo de lo dispuesto en el artículo 45 de la citada Ley 1/2024, de 5 de febrero y por lo tanto todas las cuestiones que se puedan plantear en orden a su cumplimiento, interpretación, resolución y efectos, deberán resolverse de mutuo acuerdo entre las partes, mediante diálogo y negociación en el seno de la Comisión de Seguimiento establecida en la cláusula octava del presente Convenio. </p>
<p>Asimismo, estará sujeto a lo dispuesto en el Capítulo VI, del Título Preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. </p>
<p>Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente Convenio y a un solo efecto en la fecha y lugar mencionados en el encabezamiento.</p>
<firma class="colizq">
<cargo>El Consejero de Economía, Empleo y Transformación Digital </cargo>
<norma>PA, Resolución de 8 de mayo de 2026 (DOE núm. 90, de 13 de mayo)</norma>
<cargofirmante>El Secretario General, </cargofirmante>
<firmante>JUAN ANDRÉS MORENO MARTÍN</firmante>
 </firma>
<firma class="colder">
<cargo>El Director Gerente de la </cargo>
<norma>Fundación FUNDECYT Parque Científico y </norma>
<cargofirmante>Tecnológico de Extremadura,</cargofirmante>
<firmante>JOSÉ LUIS CANITO LOBO</firmante>
 </firma>
</texto>
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