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<identificador>2026061931</identificador>
<titulo>RESOLUCIÓN de 16 de julio de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta de fecha 16 de junio de 2026, en la que se acuerdan tablas salariales definitivas para los años 2024, 2025 y 2026 del Convenio Colectivo de sector Derivados del cemento de la provincia de Badajoz. </titulo>
<numeroDoe>143</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20260727</fecha_publicacion>
<apartado>III OTRAS RESOLUCIONES</apartado>
<organismo>CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL</organismo>
<rango>RESOLUCIÓN</rango>
<pagina_inicial>31297</pagina_inicial>
<pagina_final>31305</pagina_final>
<descriptor>Convenios Colectivos</descriptor> 
<url_pdf>2026/1430o/26061931.pdf</url_pdf>
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<texto>
 <p>Visto el texto del Acta de 16 de junio de 2026, de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de sector Derivados del cemento de la provincia de Badajoz - código de convenio 06000195011981 -, publicado en el DOE n.º 154, de 10 de agosto de 2016, en el que se acuerdan tablas salariales definitivas para los años 2024, 2025 y 2026, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y Decreto 187/2018, de 13 de noviembre, por el que se crea el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura,</p>
<p>Esta Dirección General de Trabajo,</p>
<p class = "centro">ACUERDA:</p>
<p><span class="negrita">Primero. </span><span class="normal">Ordenar la inscripción de la citada Acta en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura. </span></p>
<p><span class="negrita">Segundo. </span><span class="normal">Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. </span></p>
<lugarfirma>Mérida, 16 de julio de 2026.</lugarfirma>
<firma>
<cargo></cargo>
<norma></norma>
<cargofirmante>La Directora General de Trabajo,</cargofirmante>
<firmante>PILAR BUENO ESPADA</firmante>
 </firma>
<p class = "centro">ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE DERIVADOS DEL CEMENTO DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ</p>
<p>Por CNC Badajoz.</p>
<p class = "tab">	Joaquín Sánchez Chamorro (DNI ***0798**)</p>
<p class = "tab">	Jorge Alarcón Domingo (DNI ***6303**)</p>
<p>Por CCOO del Hábitat:</p>
<p class = "tab">	Sara Medina Borrega (***3673**)</p>
<p>Por UGT-FICA:</p>
<p class = "tab">	Juan José Pedrazo Mogollón (***6668**)</p>
<p class = "tab">	Laura Méndez Castaño (***6859**)</p>
<p>En la sede de Mérida de la Fundación Laboral de la Construcción, siendo las 11:10 horas del día 16 de junio de 2026, se reúnen los miembros arriba relacionados.</p>
<p><span class="negrita">Primero. </span><span class="normal">El objeto de la reunión de la Comisión Negociadora del Convenio provincial de derivados del cemento de Badajoz es la negociación de las tablas salariales de 2024, 2025 y 2026. </span></p>
<p><span class="negrita">Segundo. </span><span class="normal">Se acuerda por los miembros de la misma la firma de la tabla salarial 2024, que representa un incremento salarial del 1,00 % respecto a la tabla salarial provincial del año 2023, la firma de la tabla salarial 2025, que representa un incremento salarial del 4,75 % (cantidad que tiene en cuenta el consumo del cemento del año 2025 el cual ascendió a 16.575.230 TM) respecto a la tabla provincial de 2024 y por último la firma de la tabla salarial de 2026, que representa un incremento salarial del 3,25% (2,50% fijo más un 0,75% de variable mínimo) respecto a la tabla salarial provincial del año 2025, conforme a lo pactado por la Comisión Negociadora del VIII (BOE de 14 de julio de 2023) y del IX Convenio General del Sector de Derivados del Cemento (BOE de 9 de enero de 2026). </span></p>
<p>Únicamente se abonarán los atrasos de 2025 y 2026, desde 1 de enero de los respectivos años.</p>
<p><span class="negrita">Tercero. </span><span class="normal">Los atrasos generados por la actualización de estas tablas podrán ser abonados por parte de las empresas en la forma que consideren conveniente, dentro de los 90 días siguientes a la publicación de las presentes tablas. </span></p>
<p><span class="negrita">Cuarto. </span><span class="normal">En cualquier caso, ningún grupo ni categoría profesional podrá percibir un salario por debajo del Salario Mínimo Interprofesional vigente en cada momento. </span></p>
<p><span class="negrita">Quinto. </span><span class="normal">Los representantes de CCOO del Hábitat de Extremadura y UGT FICA solicitan que se aprueben las tablas correspondientes a 2024, 2025 y 2026. </span></p>
<p><span class="negrita">Sexto. </span><span class="normal">Se faculta a Dña. María Berrocal Asensio con DNI ***4796**, para la presentación, registro y publicación de las actas de esta comisión. </span></p>
<p>Y no habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la reunión, siendo las 12:05 horas del día de la fecha, levantando la presente acta, que en prueba de conformidad firman todos los asistentes en el lugar y fecha indicados.</p>
<firma class="colizq">
<cargo></cargo>
<norma></norma>
<cargofirmante></cargofirmante>
<firmante>Por CNC Badajoz</firmante>
 </firma>
<firma class="colizq">
<cargo></cargo>
<norma></norma>
<cargofirmante></cargofirmante>
<firmante>Por UGT FICA Extremadura</firmante>
 </firma>
<firma class="colder">
<cargo></cargo>
<norma></norma>
<cargofirmante></cargofirmante>
<firmante>Por CCOO del Hábitat de Extremadura</firmante>
 </firma>
</texto>
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