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<publicacion>
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<identificador>2026081484</identificador>
<titulo>ANUNCIO de 28 de agosto de 2026 por el que se pone a disposición del público la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada del proyecto para centro de reciclaje de paneles fotovoltaicos, promovido por Solar 55 Reciclaje Fotovoltaico, SL, en el término municipal de Valverde de Leganés (Badajoz). </titulo>
<numeroDoe>172</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20260904</fecha_publicacion>
<apartado>IV ANUNCIOS</apartado>
<organismo>CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA, CIENCIA Y TERRITORIO</organismo>
<rango>ANUNCIO</rango>
<pagina_inicial>38464</pagina_inicial>
<pagina_final>38468</pagina_final>
<descriptor>Información pública</descriptor> 
<url_pdf>2026/1720o/26081484.pdf</url_pdf>
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<texto>
 <p>Para dar cumplimiento al artículo 16, punto 5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se comunica al público en general que la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) del proyecto para centro de reciclaje de paneles fotovoltaicos, promovido por Solar 55 Reciclaje Fotovoltaico, SL, en el término municipal de Valverde de Leganés (Badajoz), podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio, previa cita solicitada a través del correo electrónico exp.sostenibilidad@juntaex.es.</p>
<p>Por otra parte, simultáneamente al periodo de información pública, la solicitud de AAU será remitida por la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal al correspondiente Ayuntamiento, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 16, punto 6 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo.</p>
<p>De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en el artículo 7.1.d) del Decreto 107/2026, de 26 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio, el órgano competente para la resolución de la presente solicitud es la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio.</p>
<p>Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 14.3 de la Ley 16/2015, la AAU precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas.</p>
<p>Los datos generales del proyecto son:</p>
<p class = "tab">	—  Objeto del proyecto:</p>
<p class = "tab">	     El proyecto se refiere al centro de reciclado de paneles fotovoltaicos ubicado en una nave industrial existente en régimen de alquiler, construida del año 2006, en cuyo interior se instalarán la maquinaria necesaria para almacenar y gestionar los paneles fotovoltaicos y enviar los subproductos para su reciclaje, situada en la carretera de Badajoz, n.º 1G, de Valverde de Leganés.</p>
<p class = "tab">	—  Categoría Ley 16/2015: </p>
<p class = "tab">	     La actividad está sometida a autorización ambiental unificada por estar encuadrada en el grupo 9, Proyectos de tratamiento y gestión de residuos, apartado 9.1  Instalaciones para la valorización o eliminación, en lugares distintos de los vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas en el anexo I  y apartado 9.6  Instalaciones de gestión de residuos no peligrosos y de residuos peligrosos no incluidas en el anexo I, mediante almacenamiento de estos, con carácter previo a su valorización o eliminación, excepto los puntos limpios  del anexo II de la Ley 16/2015 de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.</p>
<p class = "tab">	—  Actividad: </p>
<p class = "tab">	     La actividad que se desarrolla consiste en la recepción y clasificación de los paneles, retirada de marcos, cableado y cajas de conexiones, separación del vidrio, trituración mecánica de los diferentes componentes y posterior clasificación y almacenamiento de las fracciones recuperadas. No se realizan procesos térmicos, de combustión ni tratamientos químicos.</p>
<p class = "tab">	—  Ubicación:</p>
<p class = "tab">	     Las instalaciones objeto de este proyecto se encuentran ubicadas íntegramente en el interior de una nave industrial existente situada en la carretera de Badajoz, n.º 1G, de Valverde de Leganés (Badajoz).</p>
<p class = "tab">	     La parcela tiene las siguientes características: </p>
<p class = "tab">		   Clasificadas como suelo urbano.</p>
<p class = "tab">		    Uso: Industrial.</p>
<p class = "tab">		    Referencia catastral: 6019601PC7861N0001IY.</p>
<p class = "tab">		   Superficies: </p>
<p class = "tab">			Dimensiones de la parcela: 1.789,00 m2.</p>
<p class = "tab">			Superficie útil de la nave: 1.687,96 m2.</p>
<p class = "tab">		   Coordenadas GPS: Datum: ETRS-89. </p>
<p class = "tab">			Huso UTM: 29. </p>
<p class = "tab">			Coord. X: 675.992.</p>
<p class = "tab">			Coord. Y: 4.281.766.</p>
<p class = "tab">	—  Acceso:</p>
<p class = "tab">	     El acceso a la edificación se realiza por el carretera Badajoz de la localidad de Valverde de Leganés, con dimensiones suficientes para el tránsito y maniobra de camiones y otros vehículos.</p>
<p class = "tab">	—  Capacidades y consumos:</p>
<p class = "tab">	     Capacidad anual de tratamiento: 13.140 t/año.</p>
<p class = "tab">	     Capacidad máxima de almacenamiento: 168,05 t.</p>
<p class = "tab">	—  Los residuos gestionados por la actividad son los siguientes:</p>
<table>
<tr>
<th class="negrita">
Categorías de
AEE
(anexo I -RD 110/2015)
</th>
<th class="negrita">
Categorías de
AEE
(anexo III   RD 110/2015)
</th>
<th class="negrita">
Fracción
recogida
</th>
<th class="negrita">
Grupo de
tratamiento
de RAEE
</th>
<th class="negrita">
Origen
</th>
<th class="negrita">
Código
LER-RAEE
</th>
</tr>
<tr>
<td>
4.2. Paneles fotovoltaicos de silicio (Si)
</td>
<td>
7.  Paneles solares grandes (Con una dimensión exterior superior a 50 cm)
</td>
<td>
7
</td>
<td>
71.  Paneles fotovoltaicos no peligrosos de silicio.
</td>
<td>
Profesional
</td>
<td>
160214-71
</td>
</tr>
</table>
<p class = "tab">	     Conforme al Real Decreto 110/2015, las operaciones de valorización que se realizarán en los paneles fotovoltaicos son los siguientes:</p>
<p class = "tab">		   R1201. Clasificación de residuos.</p>
<p class = "tab">		   R1202. Desmontaje y separación de los distintos componentes de los residuos, incluida la retirada de sustancias peligrosas.</p>
<p class = "tab">		   R1203. Tratamiento mecánico (trituración, fragmentación, corte, compactación, etc.).</p>
<p class = "tab">		   R1301. Almacenamiento de residuos, en el ámbito de la recogida.</p>
<p class = "tab">		   R1302. Almacenamiento de residuos, en el ámbito de tratamiento.</p>
<p class = "tab">	—  Zonas principales:</p>
<table>
<tr>
<th class="negrita">
Zona
</th>
<th class="negrita">
Descripción
</th>
</tr>
<tr>
<td>
Z00
</td>
<td>
Zona de recepción y pesaje
</td>
</tr>
<tr>
<td>
Z01
</td>
<td>
Zona administrativa/aseos
</td>
</tr>
<tr>
<td>
Z02
</td>
<td>
Zona de materias primas
</td>
</tr>
<tr>
<td>
Z03
</td>
<td>
Zona de producción: Línea de reciclaje
</td>
</tr>
<tr>
<td>
Z04
</td>
<td>
Zona de separación de componentes
</td>
</tr>
<tr>
<td>
Z05
</td>
<td>
Zonas de tránsito
</td>
</tr>
</table>
<p>Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (oficinas que realicen función de registro de cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración Autonómica, de las entidades que integran la Administración Local que hayan suscrito el correspondiente Convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Telemático de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica), o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio.</p>
<p>Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.</p>
<lugarfirma>Mérida, 28 de agosto de 2026. El Director General de Gestión Sostenible y Política Forestal, JUAN ELOY RODRÍGUEZ UCEDO.</lugarfirma>
</texto>
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