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<identificador>2026062471</identificador>
<titulo>RESOLUCIÓN de 28 de septiembre de 2026, de la Secretaría General de la Vicepresidencia y Consejería de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno, Interior y Emergencias, por la que se acuerda la apertura de la fase de trámite de audiencia e información pública, en relación con el proyecto de Decreto por el que se establece el procedimiento de concesión y pago de la ayuda económica a víctimas de violencias sexuales, prevista en el artículo 41 de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual. </titulo>
<numeroDoe>191</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20261002</fecha_publicacion>
<apartado>IV ANUNCIOS</apartado>
<organismo>PRESIDENCIA DE LA JUNTA</organismo>
<rango>RESOLUCIÓN</rango>
<pagina_inicial>41598</pagina_inicial>
<pagina_final>41599</pagina_final>
<descriptor>Información pública</descriptor> 
<url_pdf>2026/1910o/26062471.pdf</url_pdf>
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<texto>
 <p>De conformidad con lo dispuesto en el artículo 66.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y una vez elaborado el proyecto de Decreto por el que se establece el procedimiento de concesión y pago de la ayuda económica a víctimas de violencias sexuales, prevista en el artículo 41 de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, esta Secretaría General,</p>
<p class = "centro">RESUELVE: </p>
<p><span class="negrita">Primero. </span><span class="normal">Acordar la apertura de un período de audiencia e información pública, por un plazo de siete días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura, a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el proyecto de decreto indicado y formular las alegaciones o sugerencias que estime oportunas por cualquiera de los medios que, a tal efecto, determina la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o a través de la siguiente dirección de correo electrónico: sg.ic@juntaex.es </span></p>
<p>El sometimiento al trámite abreviado viene justificado por la previa exposición del texto al trámite de consulta previa y sugerencias regulado en los artículos 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 7 y 40 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.</p>
<p>El presente proyecto de decreto no crea una nueva prestación económica, sino que tiene por finalidad establecer el procedimiento administrativo necesario para la gestión, concesión y pago en la Comunidad Autónoma de Extremadura de la ayuda económica a víctimas de violencias sexuales prevista en el artículo 41 de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, y desarrollada por el Real Decreto 664/2024, de 9 de julio.</p>
<p>La ausencia de una regulación autonómica específica impide actualmente la plena efectividad de este derecho en el ámbito territorial de Extremadura, dificultando el acceso de las potenciales beneficiarias a una prestación económica destinada a favorecer su recuperación integral y su autonomía personal y económica.</p>
<p>En consecuencia, resulta necesario agilizar la tramitación del procedimiento de elaboración normativa para permitir que las víctimas de violencias sexuales puedan acceder a estas ayudas en el menor plazo posible, evitando demoras innecesarias en la aplicación de una medida de protección social dirigida a un colectivo especialmente vulnerable.</p>
<p>Asimismo, la tramitación urgente se justifica por la necesidad de garantizar la eficacia de una prestación financiada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado y asegurar la correcta ejecución de los fondos destinados a esta finalidad, permitiendo a la Comunidad Autónoma disponer cuanto antes del instrumento jurídico necesario para su gestión.</p>
<p>Por todo ello, concurren razones de interés público vinculadas a la protección y atención integral de las víctimas de violencias sexuales que justifican la reducción de los plazos ordinarios del trámite de información pública mediante su tramitación por la vía de urgencia.</p>
<p><span class="negrita">Segundo. </span><span class="normal">El horario y lugar de exposición del proyecto de decreto al que se refiere esta resolución será, durante los días señalados, de 10:00 horas a 14:00 horas en las dependencias de la Secretaría General de Igualdad y Conciliación, Paseo de Roma s/n, Modulo E, planta tercera, de Mérida (Badajoz). </span></p>
<p>Asimismo, el proyecto de decreto estará a disposición de los interesados en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura, a través de la siguiente dirección de internet: </p>
<p class = "tab">	https://www.juntaex.es/transparencia</p>
<lugarfirma>Mérida, 28 de septiembre de 2026. El Secretario General de la Vicepresidencia y Consejería de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno, Interior y Emergencias, DAVID GONZÁLEZ GIL. </lugarfirma>
</texto>
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