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<identificador>2026081619</identificador>
<titulo>ANUNCIO de 25 de septiembre de 2026 sobre aprobación definitiva del proyecto de reparcelación voluntaria de la UA 18.1 y convenio urbanístico de las Normas Subsidiarias Municipales.</titulo>
<numeroDoe>191</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20261002</fecha_publicacion>
<apartado>IV ANUNCIOS</apartado>
<organismo>AYUNTAMIENTO DE JERTE</organismo>
<rango>ANUNCIO</rango>
<pagina_inicial>41748</pagina_inicial>
<pagina_final>41749</pagina_final>
<descriptor>Normas subsidiarias</descriptor> 
<url_pdf>2026/1910o/26081619.pdf</url_pdf>
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<texto>
 <p>Mediante Resolución de la Alcaldía n.º 109, de fecha 27/8/29, se aprobó definitivamente el proyecto de reparcelación voluntaria de la UA 18.1 y Convenio Urbanístico, de las Normas Subsidiarias de Jerte en vigor, presentado por D.ª Águeda Santamaría Blanco y redactado por D.ª Irene Calle Izquierdo. Col. COADE **40**. </p>
<p>Así mismo, con fecha 1/9/26, se procedió a la formalización del correspondiente convenio urbanístico junto con la proposición jurídico económica, mediante la firma de los citados documentos por las partes.</p>
<p>Posteriormente, y registrado con fecha 21/9/26 y n.º de inscripción E054/2026, se ha procedido a su depósito en el Registro Único de Urbanismo y Ordenación del Territorio a los efectos de lo previsto en los artículos 59,1,2 y 4 de la LOTUS y 71.5 de su Reglamento.</p>
<p>Lo que se publica para general conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 149 y siguientes del Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura.</p>
<p>El texto íntegro de los documentos definitivos citados puede consultarse en el Portal de Transparencia de este ayuntamiento cuyo enlace es el siguiente: </p>
<p class = "tab">	https://jerte.sedelectronica.es/transparency/eb9211cc-bf6e-4178-90fc-fbf77cf43853/</p>
<p>Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados pueden interponer con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, ante el órgano que dicta esta resolución de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Cáceres en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que pudieran estimar más conveniente a su derecho, incluido el extraordinario de revisión, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 125 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.</p>
<lugarfirma>Jerte, 25 de septiembre de 2026. La Alcaldesa, M.ª FELISA CEPEDA BRAVO.</lugarfirma>
</texto>
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