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<publicacion>
<metadatos>
<identificador>2026062477</identificador>
<titulo>RESOLUCIÓN de 29 de septiembre de 2026, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda de modificación y prórroga del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura y la Fundación de la Universidad Autónoma de Madrid, para el apoyo científico en la investigación y el análisis de los efectos prácticos de la aplicación de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, y en la formulación, en su caso, de propuestas para su modificación y la del Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, que aprueba el Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, suscrito con fecha 24 de septiembre de 2025. RCN202600269. </titulo>
<numeroDoe>193</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20261006</fecha_publicacion>
<apartado>III OTRAS RESOLUCIONES</apartado>
<organismo>VICEPRESIDENCIA Y CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, COORDINACIÓN DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO, INTERIOR Y EMERGENCIAS</organismo>
<rango>RESOLUCIÓN</rango>
<pagina_inicial>42016</pagina_inicial>
<pagina_final>42020</pagina_final>
<descriptor>Convenios</descriptor> 
<url_pdf>2026/1930o/26062477.pdf</url_pdf>
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<texto>
 <p>Habiéndose firmado el día 23 de septiembre de 2026, la Adenda de modificación y prórroga del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura y la Fundación de la Universidad Autónoma de Madrid, para el apoyo científico en la investigación y el análisis de los efectos prácticos de la aplicación de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, y en la formulación, en su caso, de propuestas para su modificación y la del Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, que aprueba el Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, suscrito con fecha 24 de septiembre de 2025. RCN202600269, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 del Decreto 154/2025, de 18 de noviembre, por el que se regula la actividad convencional y el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,</p>
<p class = "centro">RESUELVO:</p>
<p>La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la Adenda que figura como anexo de la presente resolución.</p>
<lugarfirma>Mérida, 29 de septiembre de 2026.</lugarfirma>
<firma>
<cargo></cargo>
<norma></norma>
<cargofirmante>El Secretario General,</cargofirmante>
<firmante>DAVID GONZÁLEZ GIL</firmante>
 </firma>
<p>ADENDA DE MODIFICACIÓN Y PRÓRROGA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y LA FUNDACIÓN DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID, PARA EL APOYO CIENTÍFICO EN LA INVESTIGACIÓN Y EL ANÁLISIS DE LOS EFECTOS PRÁCTICOS DE LA APLICACIÓN DE LA LEY 11/2018, DE 21 DE DICIEMBRE, DE ORDENACIÓN TERRITORIAL Y URBANÍSTICA SOSTENIBLE DE EXTREMADURA, Y EN LA FORMULACIÓN, EN SU CASO, DE PROPUESTAS PARA SU MODIFICACION Y LA DEL DECRETO 143/2021, DE 21 DE DICIEMBRE, QUE APRUEBA EL REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY DE ORDENACIÓN TERRITORIAL Y URBANÍSTICA SOSTENIBLE DE EXTREMADURA, SUSCRITO CON FECHA 24 DE SEPTIEMBRE DE 2025.</p>
<lugarfirma>Mérida, 23 de septiembre de 2026.</lugarfirma>
<p class = "centro">REUNIDOS </p>
<p>De una parte, D. Francisco José Ramírez González, quien interviene en nombre y representación de la Junta de Extremadura, en calidad de Consejero de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, cargo ostentado en virtud del nombramiento realizado mediante Decreto de la Presidenta 21/2026, de 29 de abril (D.O.E. n.º 82, de 30 de abril de 2026), y en el ejercicio de las competencias en materia de ordenación del territorio y urbanismo que, entre otras, tiene atribuidas en virtud del Decreto de la Presidenta 11/2026 de 29 de abril (D.O.E. n.º 82 de 30 de abril de 2026), por el que se modifican la denominación, número y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se crean las Vicepresidencias, en relación con los artículos 36.a) y 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.</p>
<p>Y de la otra parte, D.ª Rocío Schettini del Moral, en su calidad de Directora General de la Fundación de la Universidad Autónoma de Madrid (en adelante FUAM), con domicilio en la Ciudad Universitaria de Cantoblanco, calle Einstein 13, Pabellón C, 2ª planta, 28049   Madrid, y con CIF G-80065279, en virtud del poder otorgado con fecha 1 de abril de 2025, ante el Notario de Madrid, Don Juan Álvarez-Sala Walther, con el número de protocolo 606.</p>
<p>Las partes ponen de manifiesto la plena vigencia de las facultades con las que actúan y se reconocen capacidad legal suficiente para suscribir esta adenda, a cuyo efecto,</p>
<p class = "centro">EXPONEN</p>
<p><span class="negrita">Primero. </span><span class="normal">Que, con fecha 24 de septiembre de 2025, las partes firmaron el Convenio de colaboración para el apoyo científico en la investigación y el análisis de los efectos prácticos de la aplicación de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, y en la formulación, en su caso, de propuestas para su modificación y la del Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, que aprueba el reglamento general de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura </span></p>
<p>Dicho Convenio tiene por objeto regular la colaboración entre la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda y la Fundación de la Universidad Autónoma de Madrid (FUAM), a través del equipo de trabajo del Área de Derecho Administrativo del Departamento de Derecho Público y Filosofía Jurídica, de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM), que sean parte del grupo de Investigación consolidado de la misma denominado  Retos europeos y justicia climática: sostenibilidad, vivienda y servicios de interés general , para el estudio conjunto, el análisis y la investigación de los efectos prácticos de la aplicación de la legislación urbanística vigente en Extremadura: la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, y su reglamento general de aplicación, y su adaptación a la realidad urbanística extremeña y a las recientes innovaciones en el campo del urbanismo, que puedan aconsejar revisar o modificar este marco legislativo, así como, en su caso, proponer el contenido de dicha modificación. </p>
<p><span class="negrita">Segundo. </span><span class="normal">Que, en la sesión de la Comisión de Seguimiento del citado Convenio, celebrada con fecha de 3 de septiembre de 2026, y al amparo de lo dispuesto en la Cláusula Novena del mismo, se acordó la adenda y prórroga del Convenio, antes de su finalización, por un periodo de un año adicional, y previa modificación, en su caso, de las cláusulas que resultasen precisas, en particular en materia de financiación. </span></p>
<p>La conveniencia de prorrogar la vigencia del Convenio se justifica en la circunstancia de que  la colaboración con el equipo de la FUAM y las numerosas reuniones de trabajo mantenidas durante el desarrollo de los trabajos han permitido realizar una valoración más precisa del alcance, la complejidad y las necesidades de ejecución de las actuaciones previstas. En este proceso se ha podido constatar la magnitud y complejidad del trabajo que aún resta por realizar, así como la necesidad de disponer de un plazo suficiente que permita culminarlo con las debidas garantías y asegurando las necesarias condiciones de calidad . </p>
<p><span class="negrita">Tercero. </span><span class="normal">Que las obligaciones asumidas entre las partes firmantes de este Convenio se entienden vigentes desde la fecha de su firma hasta la fecha la extinción del mismo, incluido el periodo de tiempo en que sea prorrogado, procediendo únicamente la modificación de la Cláusula Quinta, referida a las obligaciones económicas pendientes, pasando la anualidad pactada para el presupuesto de 2026 a la anualidad presupuestaria del 2027, por el mismo importe recogido en dicha cláusula. </span></p>
<p>En virtud de cuanto antecede, las partes intervinientes en el Convenio proceden a formalizar la presente adenda al mismo, de conformidad con las siguientes</p>
<p class = "centro">CLÁUSULAS</p>
<p class="negrita">Primera. Objeto. </p>
<p>El objeto de la presente adenda es la modificación y prórroga del Convenio de colaboración para el apoyo científico en la investigación y el análisis de los efectos prácticos de la aplicación de la ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, y en la formulación, en su caso, de propuestas para su modificación y la del Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, que aprueba el reglamento general de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura. </p>
<p class="negrita">Segunda. Prórroga del Convenio.</p>
<p>En virtud de la Cláusula Novena del Convenio, y conforme al artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las partes firmantes acuerdan la prórroga del mismo, por un periodo de un año adicional, contado desde la fecha de finalización de su vigencia inicial, esto es, hasta el día 24 de septiembre de 2027.</p>
<p class="negrita">Tercera. Modificación de la Cláusula Quinta del Convenio.</p>
<p>El pago de la cuantía pactada que queda pendiente de abonar, es decir, veintiséis mil sesenta y siete euros con cincuenta y dos céntimos (26.067,52 €), debe traspasarse de la anualidad presupuestaria de 2026 al presupuesto correspondiente al año 2027, por lo que se modifica la Cláusula Quinta del Convenio, que queda redactada de la siguiente forma:</p>
<p class = "tab">	  Para contribuir a financiar los costes que asume la FUAM por la ejecución del presente convenio, la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda aportará a la FUAM la cantidad de treinta y seis mil sesenta y siete euros con cincuenta y dos céntimos (36.067,52 euros), con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma y de la siguiente partida presupuestaria de las anualidades 2025 y 2027:</p>
<table>
<tr>
<td class="negrita">
Anualidad 
</td>
<td class="negrita">
Centro gestor
</td>
<td class="negrita">
Posición
Presupuestaria 
</td>
<td class="negrita">
Fondo/
Actuación
</td>
<td class="negrita">
Prog. Financ./
Elemento PEP 
</td>
<td class="negrita">
Importe
(euros) 
</td>
</tr>
<tr>
<td>
2025 
</td>
<td>
160060000
</td>
<td>
G/262A/64100 
</td>
<td>
CAG0000001
</td>
<td>
20050154 
</td>
<td>
10.000,00 € 
</td>
</tr>
<tr>
<td>
2027 
</td>
<td>
160060000
</td>
<td>
G/262A/64100 
</td>
<td>
CAG0000001
</td>
<td>
20050154 
</td>
<td>
26.067,52 € 
</td>
</tr>
</table>
<p class = "tab">	Este importe, que se justifica en la Memoria justificativa, tiene el siguiente desglose:</p>
<p class = "tab">	Coste dedicación equipo investigador	30.513,12 €</p>
<p class = "tab">	Gastos institucionales *	5.554,40 €</p>
<p class = "tab">	Total presupuesto	36.067,52 €</p>
<p class = "tab">	*  Gastos Generales universidad y departamentos (artículo 60 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, de Sistema Universitario y artículo 112 de los Estatutos de la U. A.M) más gastos de gestión encomienda FUAM.</p>
<p class = "tab">	La aportación a la FUAM se efectuará conforme a los siguientes hitos:</p>
<p class = "tab">		—  La cantidad de diez mil euros ( 10.000 euros) se abonarán con anterioridad al 15 de diciembre de 2025, una vez acreditada la entrega de los trabajos y estudios correspondiente a este periodo, conformada por la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana, que consistirán en una Memoria en la que se pongan de manifiesto las conclusiones obtenidas del análisis de la información manejada y, en caso de considerar necesaria una modificación del marco normativo, se haga una primera propuesta de modificación de parte del articulado de la LOTUS y el RGLOTUS basada en dicho análisis y que, además, incluirá la documentación justificativa de las actuaciones ejecutadas hasta esa fecha y de las facturas o documentos contables de valor probatorio equivalente correspondientes a los trabajos realizados.</p>
<p class = "tab">		—  El resto, es decir, es decir,  veintiséis mil sesenta y siete euros con cincuenta y dos céntimos (26.067,52 euros), se abonarán con anterioridad a la fecha de expiración del convenio, una vez acreditada la entrega de los trabajos definidos en la cláusula segunda, conformados por la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana que consistirán en las conclusiones definitivas de los estudios realizados y, en su caso, en la propuesta de borrador de las modificaciones de la LOTUS y del RGLOTUS, acompañado de las correspondientes facturas, nóminas y demás justificantes de gastos realizados, debiendo aportar los justificantes bancarios de los pagos efectuados de los referidos gastos, que deberán presentarse ante la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda con anterioridad al pago del importe correspondiente .</p>
<p class="negrita">Cuarta. Mantenimiento del resto de cláusulas.</p>
<p>En todo lo no modificado expresamente por la presente adenda, el Convenio suscrito el 24 de septiembre de 2025 permanecerá vigente en todos sus términos. </p>
<p class="negrita">Quinta. Entrada en vigor.</p>
<p>La presente adenda entrará en vigor y producirá efectos desde el mismo día de su suscripción, tomándose como fecha de formalización del presente documento la de la última firma, y será objeto de inscripción en el registro de Convenios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 del Decreto 154/2025, de 18 de noviembre, por el que se regula la actividad convencional y el registro general de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. </p>
<p>Y en prueba de conformidad de cuanto antecedente, y para la debida constancia de todo lo convenido, las partes firman la presente adenda, de forma digital con la fecha recogida en la misma. </p>
<firma class="colizq">
<cargo>Por la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda,</cargo>
<norma></norma>
<cargofirmante></cargofirmante>
<firmante>D. Francisco José Ramírez González</firmante>
 </firma>
<firma class="colder">
<cargo>Por la Fundación de la UniversidadAutónoma de Madrid,</cargo>
<norma></norma>
<cargofirmante></cargofirmante>
<firmante>D.ª Rocío Schettini del Moral</firmante>
 </firma>
</texto>
</publicacion>