<?xml version="1.0" encoding="ISO-8859-15"?>
<publicacion>
<metadatos>
<identificador>2026040012</identificador>
<titulo>EXTRACTO de la convocatoria incorporada al Decreto 184/2025, de 16 de diciembre, por el que se aprueba la primera convocatoria, correspondiente al ejercicio 2026, de subvenciones destinadas a la realización de programas de formación dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. </titulo>
<numeroDoe>20</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20260130</fecha_publicacion>
<apartado>I DISPOSICIONES GENERALES</apartado>
<organismo>CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL</organismo>
<rango>EXTRACTO</rango>
<pagina_inicial>5842</pagina_inicial>
<pagina_final>5844</pagina_final>
<descriptor>Formación Profesional Continua</descriptor> 
<descriptor>Subvenciones</descriptor>
<url_pdf>2026/200o/26040012.pdf</url_pdf>
</metadatos>
<texto>
 <p>BDNS(Identif.): 881626</p>
<p>BDNS(Identif.): 881627</p>
<p>De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto del decreto arriba referenciado, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y (http://www.infosubvenciones.gob.es ) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.</p>
<p class="negrita">Primero. Objeto.</p>
<p>Primera convocatoria, para el ejercicio 2026, de subvenciones en materia de formación de oferta destinadas a la realización de programas de formación sectoriales y transversales dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas.</p>
<p class="negrita">Segundo. Beneficiarios.</p>
<p>1.  Podrán ser beneficiarias de subvenciones destinadas a financiar los programas de formación los centros y entidades de formación mencionados en el artículo 12.1.c) del Decreto, que se encuentren acreditados y/o inscritos en el correspondiente registro de centros y entidades de formación, para las especialidades formativas objeto de la formación, a fecha de publicación de la convocatoria de subvenciones.</p>
<p>2.  Podrán tener asimismo la condición de beneficiarias las agrupaciones constituidas por centros o entidades de formación, de las previstas en el punto 1 de este apartado, que se encuentren acreditadas y/o inscritas para impartir la formación objeto del correspondiente programa de formación.</p>
<p class="negrita">Tercero. Bases reguladoras.</p>
<p>Las bases reguladoras de la convocatoria son las contenidas en el Decreto por el que se regula la programación, gestión y control de la oferta de formación profesional en el ámbito laboral dirigida a personas trabajadoras ocupadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.</p>
<p class="negrita">Cuarto. Cuantía total convocatoria.</p>
<p>1.  La cuantía total máxima de las subvenciones convocadas asciende a 7.000.000,00 euros y se financiará con cargo a los créditos autorizados en los proyectos de gasto 20210293  Certificados de profesionalidad. Cualificaciones y formación profesional. Iniciativas de formación trabajadores ocupados  y 20040411  Iniciativas de formación profesional dirigidas a trabajadores ocupados , con fuente de financiación Transferencia del Estado, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2026 y 2027, en función del presupuesto asignado seguidamente a cada tipo de programa, así como el asignado a cada sector el caso de los programas sectoriales, según la siguiente distribución:</p>
<p class = "tab">	a)  Programas de formación sectoriales, con un presupuesto total asignado de 4.500.000 euros, distribuido entre los siguientes sectores:</p>
<p class = "tab">		a.1. Sector de transporte, por cuantía de 650.000 euros.</p>
<p class = "tab">		a.2.  Sector de nuevas tecnologías de la información y la comunicación, por cuantía de 600.000 euros.</p>
<p class = "tab">		a.3. Sector de hostelería y turismo, por cuantía de 550.000 euros.</p>
<p class = "tab">		a.4. Sector de comercio y logística, por cuantía de 500.000 euros.</p>
<p class = "tab">		a.5. Sector de construcción, por cuantía de 450.000 euros.</p>
<p class = "tab">		a.6. Sector de medio ambiente, por cuantía de 425.000 euros.</p>
<p class = "tab">		a.7. Sector de industria siderometalúrgica, por cuantía de 400.000 euros.</p>
<p class = "tab">		a.8. Sector de sanidad y dependencia, por cuantía de 350.000 euros.</p>
<p class = "tab">		a.9. Sector de imagen personal, por cuantía de 300.000 euros.</p>
<p class = "tab">		a.10. Sector de agricultura, con un presupuesto de 275.000 euros.</p>
<p class = "tab">	b)  Programas de formación transversales con un presupuesto total asignado de 2.500.000 euros.</p>
<p>2. Cada solicitud presentada deberá contener un único programa de formación.</p>
<p>     Una entidad no podrá presentar más de una solicitud por cada tipo de programa de los contemplados en el punto 1 de este apartado. </p>
<p>Se exceptúa de lo dispuesto anteriormente a los programas previstos en el punto 1, la letra a), de este apartado, respecto de los que la entidad de formación no podrá presentar más de una solicitud por cada sector. Este límite se aplicará a los miembros de las agrupaciones previstas en punto 2 del apartado segundo.</p>
<p class="negrita">Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.</p>
<p>Las entidades interesadas deberán solicitar las subvenciones dentro del plazo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria y el extracto en el DOE.</p>
<p class="negrita">Sexto. Otros datos.</p>
<p>Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el Diario Oficial de Extremadura junto con la convocatoria, estarán disponibles en el punto de acceso general electrónico (https://www.juntaex.es ) dentro del correspondiente trámite (https://www.juntaex.es/w/0626822 ), así como en la web del Servicio Extremeño Público de Empleo (https://sexpeemplea.juntaex.es/), pudiéndose acceder a ellos a través de Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.</p>
<lugarfirma>Mérida, 23 de diciembre de 2025.</lugarfirma>
<firma>
<cargo>El Secretario General del SEXPE, </cargo>
<norma>PD, Resolución de 14 de septiembre de 2023(DOE n.º 180, de 19 de septiembre),</norma>
<cargofirmante></cargofirmante>
<firmante>NICOLÁS MACÍAS MANZANEDO</firmante>
 </firma>
</texto>
</publicacion>