<?xml version="1.0" encoding="ISO-8859-15"?>
<publicacion>
<metadatos>
<identificador>2026062614</identificador>
<titulo>MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad al incremento del crédito de la segunda convocatoria de las ayudas directas a la entrada en vivienda protegida nueva, correspondiente a las anualidades 2025-2026 (Resolución de 15 de octubre de 2025, de la Secretaría General, por la que se convocan las subvenciones del Programa de ayuda directa a la entrada, correspondiente a las anualidades 2025-2026). </titulo>
<numeroDoe>203</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20261021</fecha_publicacion>
<apartado>III OTRAS RESOLUCIONES</apartado>
<organismo>CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA</organismo>
<rango>MODIFICACIÓN</rango>
<pagina_inicial>43981</pagina_inicial>
<pagina_final>43983</pagina_final>
<descriptor>Vivienda</descriptor> 
<descriptor>Subvenciones</descriptor>
<url_pdf>2026/2030o/26062614.pdf</url_pdf>
</metadatos>
<texto>
 <p>BDNS(Identif.): 865164</p>
<p>De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número 212, de fecha 4 de noviembre de 2025, Extracto de la convocatoria de las subvenciones del Programa de ayuda directa a la entrada, correspondiente a las anualidades 2025-2026. (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index ).</p>
<p>Con fecha 2 de octubre de 2024, se publicó en el DOE número 192 el Decreto 111/2024, de 3 de septiembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones del Programa de vivienda protegida autopromovida, del Programa de ayuda directa a la entrada y del Programa de ayudas al promotor de vivienda protegida de nueva construcción y se aprueba la primera convocatoria de dichos programas de subvención.</p>
<p>Mediante Resolución de 15 de octubre de 2025, de la Secretaría General, por la que se convocan las subvenciones del Programa de ayuda directa a la entrada, correspondiente a las anualidades 2025-2026, publicado en el DOE n.º 212, de fecha 4 de noviembre de 2025, que en que en su resuelvo noveno establece:</p>
<p class = "tab">	 1.  A esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de 1.372.000,00 €, de los que 300.000,00 € se imputarán a la anualidad 2025 y 1.072.000,00 € a la anualidad 2026 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con cargo a la aplicación presupuestaria 160020000 G/261A/78000, código de proyecto de gasto 20240536 y fuente de financiación CAG0000001.</p>
<p class = "tab">	2.  La concesión de subvenciones tendrá, como límite, la cuantía global del crédito presupuestario, sin perjuicio de su incremento conforme a la Ley 6/2011, de 23 de marzo, en función de las disponibilidades presupuestarias.</p>
<p class = "tab">	     Asimismo, de producirse el agotamiento del crédito presupuestario, y no procederse a efectuar las modificaciones correspondientes, se procederá a declarar terminado el plazo de vigencia de la convocatoria mediante anuncio de la persona titular de la Secretaría General de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, que será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es ) y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index ), con la consiguiente inadmisión de las solicitudes presentadas con posterioridad .</p>
<p>El crédito existente es insuficiente para atender a todas las solicitudes que se han presentado hasta la fecha.</p>
<p>Conforme a lo dispuesto en el artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el aumento de los créditos en la convocatoria exige la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de un anuncio del órgano al que corresponde la aprobación de la convocatoria, en el que recoja cómo quedarían los créditos totales de la convocatoria, distribuidos por proyectos y aplicaciones presupuestarias.</p>
<p>En virtud de cuanto antecede, se procede a publicar un anuncio de ampliación de los créditos previstos en el resuelvo 9 de la segunda convocatoria de las ayudas directas a la entrada en vivienda protegida nueva, correspondiente a las anualidades 2025-2026, a la que se destina la cantidad máxima de 1.372.000,00 €, de los que 300.000,00 € se imputan al ejercicio 2025 y 1.072.000,00 € al ejercicio 2026, con cargo a la aplicación presupuestaria 160020000 G/261A/78000, fondo CAG0000001 y proyecto de gasto 20240536.</p>
<p>De manera que las aplicaciones, proyectos y cuantías correspondientes a las ayudas serán los siguientes, quedando el resuelvo 9, de la convocatoria redactado de la siguiente forma:</p>
<p class = "tab">	  A esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de 2.232.000,00 €, de los que 1.632.000,00 € al ejercicio 2026, y 600.000,00 € al ejercicio 2027, con cargo a la aplicación presupuestaria 160020000 G/261A/78000, fondo CAG0000001 y proyecto de gasto 20240536 .</p>
<p class = "tab">	 Y el párrafo primero del punto cuarto del extracto de la convocatoria de las subvenciones del Programa de Ayudas directas a la entrada en vivienda protegida nueva, correspondiente a las anualidades 2025-2026, quedaría redactado de la siguiente forma:</p>
<p class = "tab">		  1. A esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de 2.232.000,00 €, de los que 1.632.000,00 € se imputarán a la anualidad 2026 y 600.000,00 € se imputarán a la anualidad 2027 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con cargo a la aplicación presupuestaria 160020000 G/261A/78000, código de proyecto de gasto 20240536 y fuente de financiación CAG0000001.</p>
<p>La subvención se ajustará a las siguientes cuantías:</p>
<p>Línea general.</p>
<p class = "tab">	—  Para actuaciones señaladas en el artículo 23.a) del Decreto 111/2024, de 3 de septiembre: 3.000 €.</p>
<p class = "tab">	—  Para actuaciones referidas en el artículo 23.b) del Decreto 111/2024, de 3 de septiembre: 6.000 € (para IFP &gt; 2,5 IPREM) y 9.000 € (para IFP = 2,5 IPREM).</p>
<p>Líneas específicas de protección preferente (artículo 25 del Decreto 111/2024, de 3 de septiembre): 1.000 € adicionales .</p>
<p>La presente ampliación de crédito se encuentra destinada a atender a las solicitudes presentadas hasta la fecha, pero no impide que las solicitudes que las viviendas que se adquieran o adjudiquen con posterioridad puedan acceder a las ayudas del programa que sean objeto de la siguiente convocatoria.</p>
<lugarfirma>Mérida, 14 de octubre de 2026.</lugarfirma>
<firma>
<cargo></cargo>
<norma></norma>
<cargofirmante>La Secretaria General,</cargofirmante>
<firmante>LAURA CASTELL VIVAS</firmante>
 </firma>
</texto>
</publicacion>