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<identificador>2026081733</identificador>
<titulo>ANUNCIO de 13 de octubre de 2026 por el que se notifica el trámite de audiencia relativo a la ayuda para los ganaderos de ovino y caprino, campaña de la solicitud única de 2026. </titulo>
<numeroDoe>203</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20261021</fecha_publicacion>
<apartado>IV ANUNCIOS</apartado>
<organismo>CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO NATURAL</organismo>
<rango>ANUNCIO</rango>
<pagina_inicial>44003</pagina_inicial>
<pagina_final>44003</pagina_final>
<descriptor>Política Agraria Comunitaria</descriptor> 
<descriptor>Notificaciones</descriptor>
<url_pdf>2026/2030o/26081733.pdf</url_pdf>
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<texto>
 <p>En relación con su solicitud de ayuda para los ganaderos de ovino y caprino, campaña 2026, regulada en el Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control, se le comunica, sin perjuicio de los posibles cambios que puedan ocurrir como consecuencia de los controles administrativos, los animales potencialmente subvencionables (APS) de ovino y caprino presentes en la explotación del beneficiario a fecha 1 de enero de 2026, tanto admisibles como no admisibles, así como la descripción de los códigos de admisibilidad correspondientes.</p>
<p>En caso de haberse realizado un control de campo, se le informa que no figura en esta comunicación el resultado del mismo.</p>
<p>Asimismo, para tener derecho a cualquiera de las ayudas para los ganaderos de ovino y caprino, deberá cumplir los requisitos que determinan la figura de agricultor activo, conforme se establece en el capítulo I del título II del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, y en virtud, del artículo 81.8 del citado real decreto debe haber mantenido la titularidad de la explotación ganadera en la que se encuentran los animales susceptibles de percibir la ayuda, a fecha fin del plazo de modificación de solicitud única. </p>
<p>De conformidad con el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas, se concede a los solicitantes un plazo de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio, para realizar alegaciones y presentar los documentos requeridos y justificaciones que estimen pertinentes. </p>
<p>Se ha habilitado en la plataforma SGA portal del ciudadano, en la dirección https://sga.juntaex.es/SgaGpi/inicio/inicioAplicacion.action, dentro de la opción  Expediente Electrónico Solicitud Única , a través del cual podrá presentar las alegaciones que estime oportunas, con el siguiente código de motivo: 115 Alegaciones Ayudas Sector Ovino- Caprino. Esta plataforma opera como el único cauce legal de presentación para los sujetos obligados por el artículo 14.2 y, la aplicación del artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas. Todo ello, observando lo dispuesto en el artículo 12.2 del citado texto legal en lo relativo al deber de asistencia a los interesados en el uso de medios electrónicos.</p>
<lugarfirma>Mérida, 13 de octubre de 2026. El Jefe de Servicio de Ayudas Sectoriales, PS, La Directora de Programas de Primas Ganaderas (Instrucción 5/2025, de la Secretaria General, de 16 de septiembre de 2025), MARÍA JOSÉ REDONDO PÉREZ.</lugarfirma>
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